Los comercios de la ciudad deberán entregar a sus clientes los alimentos pagados y no consumidos, según una ley aprobada en la Legislatura Porteña. La iniciativa tiene como finalidad reducir el desperdicio de alimentos y, con ese objetivo, promueve la entrega de los mismos a los consumidores. La norma establece que además de la exhibición de un cartel en los comercios con la leyenda "Sr. Consumidor: Usted tiene derecho a recibir, sin costo alguno, el producto que haya abonado y no consumido". El Poder Ejecutivo deberá lanzar una campaña de difusión para concientizar que "el alimento no se debe desperdiciar y que este es un compromiso que debemos asumir todos".
En los fundamentos de la norma se señala que el desperdicio de alimentos es una problemática global por la cual se tiran, por año, 1300 millones de toneladas de alimentos comestibles, de acuerdo a cifras de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO). Además, advierten que la generación excesiva de residuos de alimentos provoca la emisión de gases de efecto invernadero, que producen un impacto negativo en el ambiente y aceleran los efectos del cambio climático.
Los redactores de la norma también indicaron que "según datos de principios de 2017, de la Dirección de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos de la Secretaría de Alimentos y Bebidas del Ministerio de Agroindustria, en la Argentina se desechan 16 millones de toneladas de alimentos por año, es decir, un 12.5 por ciento de todos los alimentos que se producen en el país. Con estos datos se estima que una persona tira 38 kilos de alimento por año".
La normativa sancionada faculta al Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación de la Ley, que será la Dirección General de Defensa y Protección al Consumido, a realizar una amplia campaña de difusión de la misma. En ese sentido, se sostiene que "el principal obstáculo a esta iniciativa es cultural, ya que son los clientes los que no se atreven a pedir lo que sobra de su comida, y lo que sucede es que una vez servido un alimento a un cliente, el restaurante no puede reutilizarlo y las sobras se tiran a la basura".
Como ejemplo, los impulsores del proyecto recordaron que en el país ya existe un ejemplo. "La ciudad de Rosario es la primera ciudad argentina en donde pedir lo que sobra en el restaurante es un derecho. El municipio se reunió con la Asociación Empresaria Hotelero Gastronómica de Rosario con el objetivo de promover la adhesión de todos los locales a esta movida, en el marco de una campaña titulada Los alimentos no se tiran".
Con relación a la alimentación, los legisladores también aprobaron una ley para garantizar "dos menús aptos para celíacos" (libres de gluten sin TACC) en eventos masivos que se desarrollen en la Ciudad de Buenos Aires.
Los organizadores que incumplan con la obligación serán sancionados con multas que van desde las de 500 a 5.000 unidades fijas, lo que a términos actuales se traduce en sanciones que van desde 10.700 a 107.000 pesos.
La ley prevé que la producción de esos alimentos debe realizarse "en un sector de cocina dedicado exclusivamente para tal fin" y así evitar la contaminación con aquellos que contienen TACC y que afectan la salud de los celíacos. En caso de no poder realizar estas operaciones en forma segura, se podrá optar por ofrecer un menú listo para el consumo en envase cerrado o un producto semielaborado cerrado, conservados en heladera o en freezer hasta el momento de calentar.