El 23 de marzo de 2006 un preso que cumplía una condena por robo en la unidad carcelaria Nº 2 de Metán, ahorcó a la madre de sus dos hijos, en aquel momento de 4 y 9 años, dentro de una celda. Once años después, el mismo preso, aunque ahora en la cárcel de la ciudad de Salta, mató a puñaladas a otra chica madre también de uno de sus hijos, en ese momento de dos meses. En ambos casos hubo responsabilidad estatal. A 13 años del primer hecho, la Justicia condenó al gobierno provincial a pagar $790 mil de resarcimiento a los huérfanos del primer femicidio. En el segundo caso la demanda civil está en curso, y aun se espera la aplicación de la Ley Brisa.
Aunque la Asesoría de Menores de Salta no quiso mencionarlo, la indemnización es por el primer femicidio que ejecutó Gabriel Roberto “Chirete” Herrera dentro de la cárcel de Metán. Así lo confirmaron fuentes cercanas a la causa. En este caso la víctima fue Verónica Castro, quien tenía 26 años cuando fue asesinada en 2006.
Salta “es el único lugar del mundo donde un preso asesinó a dos mujeres en la cárcel", había dicho el fiscal Pablo Rivero durante el juicio por el femicidio de Andrea Neri, la segunda víctima de Herrera. La chica de 19 años fue asesinada en 2017. Como en el primer caso, el femicidio fue durante una visita íntima.
Por el caso de Neri hay un agente penitenciario que debe cumplir prisión efectiva por cinco años. Está con domiciliaria. Otros cuatro debieron pagar multas de $12 mil. Aún resta la resolución de la demanda civil contra el Estado, ya presentada. Por ahora se espera la aplicación de la Ley Brisa para el bebé que quedó huérfano. La ley establece una reparación económica para los hijos de progenitores víctimas de violencia familiar o de género, y reconoce el derecho a cobrar una suma mensual y a tener cobertura de salud.
La negligencia del Estado
Al apelar el fallo indemnizatorio por considerar exiguo el monto de indemnización por el primer femicidio, cometido en 2006, el asesor de Incapaces Nº 1, Marcelo Fernández Esteban, planteó la negligencia del Servicio Penitenciario provincial. Las autoridades habían dejado a Castro sola con Herrera sin custodia alguna. En 2004 él ya tenía a causa por tentativa de homicidio en perjuicio de ella.
El 21 de noviembre de 2019, el juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 2 condenó a la Provincia a pagar un total de $790 mil a los hijos de la víctima por daño moral, psicológico y patrimonial. Este monto debe dividirse en partes iguales entre los dos hijos. Por otra parte, también se ordenó una compensación de $120 mil para los padres de la mujer asesinada.
Fernández Esteban planteó en la apelación que hubo negligencia del Estado por la demora en la asistencia médica para la mujer luego de que el interno la atacó. El día del crimen, el único enfermero de la unidad carcelaria estaba de franco. Si bien había un médico a disposición del Servicio Penitenciario, estaba de guardia en el Hospital del Carmen y llegó a la cárcel unos 45 minutos después de que el celador se enterara de que un interno había atacado a la mujer.
Según la ley 24.660, de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, las visitas que reciba el interno se deben ajustar a las condiciones de oportunidad y supervisión que determinen los reglamentos, de manera que no pongan en riesgo a las personas alojadas en los penales ni a terceros.
En este caso había antecedentes de intento de homicidio contra la mujer yde una pelea con familiares de ella, y estos antecedentes estaban en manos del Estado. Entonces, para el asesor, el “Estado estaba al tanto de la violencia que el hombre ejercía y no tomó medidas de prevención para proteger a la mujer y a los niños que integraban el grupo familiar”. También se especificó que “el Estado provincial incurrió en una serie de omisiones convergentes provocando finalmente la indefensión de la joven madre y sus niños, a los que colocó en la situación de marginados sociales, seres sobrantes sin asistencia estatal alguna”.
La causa de Neri no es muy diferente. Pese a haber existido el antecedente de un femicidio puertas adentro del Penal, y denuncias de violencia, se permitió la visita íntima. En este último caso, Herrera asesinó a la chica mientras el bebé estaba en el mismo lugar.