El destino del cuarto juicio por delitos de lesa humanidad en la ESMA quedó en manos de los imputados. La insólita situación es producto de la decisión del Tribunal Oral Federal 5 de suspender las audiencias hasta marzo del año próximo por los problemas de salud del abogado particular de un grupo de represores, que se niegan a aceptar otra defensa. El fiscal Félix Crous, que presentó su alegato hace más de seis meses y a quien el presidente Alberto Fernández designará al frente de la Oficina Anticorrupción, le pidió a los jueces Daniel Obligado, Adriana Palliotti y María Gabriela López Iñiguez que intime a los acusados a designar un defensor de confianza bajo apercibimiento de designarles un defensor público. El abogado querellante Rodolfo Yanzón, al adherir al pedido, afirmó que la decisión de los jueces “lesiona el derecho de justicia de las víctimas” y alertó sobre “un horizonte nebuloso” si no se revierte.
Las demoras históricas de los juicios por delitos de lesa humanidad se agravaron durante la gestión Cambiemos por las presiones oficiales para que los tribunales subordinaran su agenda a una estrategia electoral centrada en la criminalización de ex funcionarios kirchneristas. En el caso de “ESMA IV”, que arrancó en agosto de 2018 y ya sufrió la baja por muerte de uno de los diez acusados, el procesó atravesó a paso lento la etapa de testimoniales, alegatos y defensas, por lo que su final debería ser inminente.
La maniobra para impedir llegar a la sentencia tiene como protagonista a Guillermo Fanego, histórico abogado de represores, experto en dilaciones, que se distingue por su empeño en revictimizar a sobrevivientes y atacar a querellas y por no ocultar su desprecio a los jueces. A principios de diciembre, por problemas de salud que le impedían participar de las audiencias, el tribunal dispuso que el imputado Horacio Luis Ferrari designara un codefensor para asistirlo en la indagatoria, que el propio marino había solicitado. El contralmirante retirado Ferrari, quien llegó a ser director de Inteligencia Naval al inicio de la presidencia de Néstor Kirchner, goza de libertad y vive en la avenida Libertador, se negó a nombrar a otro abogado, por lo que el tribunal suspendió la indagatoria.
La misma estrategia implementaron los otros clientes de Fanego, todos con repentino interés en declarar: el oficial Carlos Mario Castellví y los suboficiales Ramón Roque Zanabria y Carlos Néstor Carrillo, los cuatro con amplias chances de ser condenados a prisión perpetua por su responsabilidad en centenares de secuestros, torturas, homicidios y agresiones sexuales. “Ninguno de mis asistidos desea ser representado por la defensa oficial ni por ningún otro letrado”, hizo saber el abogado desde su lugar de internación. A instancias de la fiscalía, los jueces le pidieron a la Defensoría General de la Nación la designación de un defensor público sustituto pero su titular Stella Maris Martínez respondió que no era posible. La decisión de los magistrados, fechada el 13 de diciembre, fue entonces suspender el proceso “por 30 días hábiles”, hasta el 3 de marzo, aclarando además que el tiempo de recuperación de Fanego es “indeterminado”, según certificó el Sanatorio Anchorena.
“La dilatada suspensión de la audiencia implica una enorme e innecesaria demora que afecta desde ya los intereses de las víctimas pero también el de los acusados a obtener una sentencia en un plazo razonable, aunque esto último, claro está, debe matizarse con las expectativas de cada parte sobre el resultado del juicio que está concluyendo”, escribió Crous. El fiscal pidió que el juicio se reinicie apenas concluya la feria de enero, que se deje sin efecto la designación de Fanego y se intime a sus clientes a nombrar otro abogado de confianza, bajo apercibimiento de designarles un defensor público.
“La Defensoría General de la Nación cuenta con profesionales que conocen la causa, incluso durante este debate están trabajando defensores que pueden hacerse cargo de las defensas que hasta hoy estuvieron a cargo de Fanego, dado que no existen intereses contrapuestos”, destacó Yanzón. Recordó la obligación estatal de garantizar una defensa eficaz y el derecho de los acusados a elegir un abogado particular, pero también que “cuando ese defensor, por la razón que fuera, no se halla en condiciones de continuar con su labor, la única alternativa posible es hacer saber al imputado que debe designar a otro profesional y que, de no hacerlo, la obligación estatal es designarle uno de oficio”. Suspender el juicio implica “desconocer esa obligación estatal a la vez que lesiona el derecho a la justicia de las víctimas” y “sólo permite avizorar un horizonte nebuloso en el cual todo dependerá de las condiciones de salud que el letrado tenga en marzo”.