La Cámara Empresaria de Fuegos Artificiales (CAEFA) rechazó la prohibición de la pirotecnia en más de 100 municipios del país y adelantó que presentará un amparo en Mar del Plata, donde el Concejo Deliberante del partido de General Pueyrredón prohibió la venta y el uso de fuegos artificiales. La Cámara se apoyará en un fallo de la Corte Suprema provincial de 2018. En tanto, la Asociación de Padres de Niños Autistas (APAdeA) reclamó una ley que regule la actividad a nivel nacional.
Tras considerar que “es una necesidad impostergable bregar por la salud y seguridad de toda la comunidad”, con especial atención en “las personas que padecen Trastornos del Espectro Autista (T.E.A)”, el Concejo Deliberante marplatense prohibió, mediante el decreto 386, “la utilización, tenencia, acopio, depósito, exhibición, fabricación, detonación, comercialización y/o expendio de todo tipo de pirotecnia y cohetería con efecto sonoro”. El decreto se convirtió así en uno de los más prohibitivos en todo el país.
A falta de una ley nacional que regule la venta y el uso de pirotecnia, son los municipios los que deben hacerse cargo de legislar mediante ordenanzas o decretos. En todo el país son más de 100 los partidos que tienen regulada la actividad; en la provincia de Buenos Aires, son 25 los municipios que lo hacen; mientras que la ciudad de Buenos Aires no tiene ninguna regulación al respecto.
En este sentido, Horacio Joffre Galibert, presidente de APAdeA explicó que "la pirotecnia tiene un triple impacto, en las personas con discapacidad, los animales y el medioambiente". A pesar de ello, "no hay una norma específica que la regule a nivel nacional", agregó en diálogo con Página/12. "El Estado no debería autorizar objetos sociales de empresas que explotan algo que puede llegar a dañar", aseveró.
La prohibición total de pirotecnia en la ciudad de Mar del Plata despertó las quejas de los empresarios de fuegos artificiales. Consultado por este diario, Ezequiel Asquinasi, vocero de CAEFA, confirmó que la entidad presentará un amparo junto a comerciantes marplatenses. "El Estado municipal realiza un ejercicio abusivo e inconstitucional del poder de policía, una ordenanza municipal no puede prohibir algo que es de venta libre a nivel nacional", indicó el representante de la entidad. Por otro lado, añadió, "es casi imposible controlar la venta ante la proliferación de formas ilegales que surgen ante las prohibiciones. La actividad ilegal es la peligrosa, mientras que la legal es segura".
En septiembre de 2018, la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires falló a favor de CAEFA tras la presentación de un recurso similar. En aquel momento, había sido el municipio de General Alvarado (Miramar) el que había decretado la prohibición, tras lo cual la Corte ordenó derogar la ordenanza porque "la prohibición total quebranta el principio de libre circulación territorial de mercancías, como así también el derecho a la propiedad privada y al ejercicio de industrias lícitas".
La Cámara se ampara en la Ley 20.429 de "armas y explosivos", promulgada en 1973, y asegura que en ella ya se encuentra regulado todo lo que tiene que ver con la actividad. Joffre Galibert aseguró que se trata de una "ley ómnibus" y ratificó su pedido de una ley nacional específica.