“¡Cristina (Vázquez) está feliz!”, llegaban los mensajes desde Misiones después de que Corte Suprema ordenara su libertad inmediata tras 11 años presa acusada del homicidio de una vecina de 79 años, sin una sola prueba. Faltaba poco ya para que quedara en libertad también Cecilia Rojas, 14 años detenida en iguales condiciones irregulares por el mismo hecho. Sus familiares estaban ansiosos pero con cautela, porque un supuesto error en un papel –otro más en esta historia-- demoraba el trámite. La sentencia que los cinco integrantes del máximo tribunal firmaron en su último plenario del año devuelve a la vida a dos mujeres a quienes, explicaron en el texto, les fue violado algo tan elemental como el principio de inocencia. La Corte acusó a jueces y juezas de Misiones, donde ocurrió y se juzgó el asesinato, de haber tomado decisiones sesgadas, parciales, cargadas de prejuicios, basadas en chismes, sin análisis de la prueba y teniendo ante sus ojos testimonios manipulados (incluso retocados en los papeles) y contradictorios entre sí. Vale la pena detenerse en el fallo porque deja al desnudo como pocas veces la ingeniería de una causa armada, esa práctica que hoy contamina expedientes judiciales de todo tipo. Es una mecánica que en ocasiones se basa en razones políticas disfrazadas de intereses u objetivos judiciales, y que otras tantas pretende contentar a la tribuna o dar respuesta rápida ante cierta conmoción social, mientras activa modos de protección corporativa dentro de la verticalidad del Poder Judicial, cuyos miembros se protegen entre sí mientras dan y reciben favores. No sorprende que todo esto se logre en ciertos casos con la precisión selectiva que cae sobre personas pobres, vulnerables y con pocas posibilidades de defenderse, fáciles de etiquetar. Así funciona a menudo la lógica del sistema de justicia-injusticia.
La propia Cristina describió su calvario con simpleza en una entrevista con Página/12 el viernes en cuanto recuperó la libertad: “Nunca se pusieron a investigar el crimen. Necesitaban a alguien en la cárcel, que alguien pague. Y me condenaron por la vida que tenía, porque fumaba porro, andaba de joda, no tenía una vida tranquila… Ahora miro para atrás y en realidad, me doy cuenta de que esa es una vida normal cuando tenés 18 o 19 años. Es un sistema judicial machista. Y yo no tenía recursos para pagar un abogado. Eso te deja más vulnerable. Los jueces hicieron lo que quisieron”.
En términos protocolares y técnicos, la Corte Suprema concluyó algo muy similar. En su fallo recuerda, como si tuviera que dar un curso de derecho básico a jueces y juezas, que el “artículo 18 de la Constitución Nacional dispone categóricamente que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo, establece el principio de que toda persona debe ser considerada y tratada como inocente de los delitos que se le reprochan, hasta que en un juicio respetuoso del debido proceso se demuestre lo contrario mediante una sentencia firme”. Y agrega que el caso de Vázquez y Rojas “es un claro ejemplo de un proceso indebido en el que se negó la vigencia del principio de inocencia y la aplicabilidad al caso del in dubio pro reo” (que alude al beneficio de la duda) “como consecuencia de una sesgada y parcial revisión del fallo”.
La puesta en jaque de ese principio, es denunciada con frecuencia. La Corte lo dejó al descubierto también en 2016 con el caso de Fernando Carrera, liberado tras siete años, donde también se filtraba la complicidad y corrupción policial, otro clásico. Su derrotero había sido llevado al cine con The Rati Horror Show. Sobre Cristina Vázquez se hizo un documental llamado “Fragmentos de una amiga desconocida”) que ayudó a dar visibilidad a su situación y la de Cecilia Rojas, a lo que se sumó la actividad intensa de organizaciones (Asociación Pensamiento Penal, Proyecto Inocencia, Centro de Estudios Legales y Sociales, la Asociación de Mujeres Penalistas y el Instituto Nacional de las Mujeres). Pero las cárceles están llenas de otros “Nadies”, que nunca dejan de serlo. Y existe otro universo con gran vigencia donde los casos armados tienen connotación política, pero los métodos se repiten: peritajes truchos o forzados, arrepentidos que declaran bajo presión, acusaciones sin pruebas y basadas en supuestos, agentes de inteligencia orgánicos e inorgánicos que coaccionan, jueces y juezas y fiscales que siguen instrucciones, entre otras variantes que han sido denunciadas en expedientes hoy en curso (Gas Natural Licuado, Cuadernos, Vialidad, accidente de Once, Memorándum, entre otros). La gran pregunta es si la Corte y otros tribunales los analizarán también a la luz de los principios constitucionales básicos.
Testigos dudosos
El fallo de la Corte sobre Cristina Vázquez y Cecilia Rojas tiene un loable costado didáctico para entender cómo se monta una acusación con nada.
Ambas mujeres fueron acusadas del asesinato a martillazos de Ersélide Leila Dávalos, ocurrido el 28 de julio de 2001 en Posadas, entre las 21 y las 24, según las estimaciones. Está probado que Cristina ese día, a esa hora, estaba a 8 kilómetros de allí con dos amigos: Celeste García y Pedro Oyhanarte, con quienes se quedó todo el día siguiente en Garupá. Ellos lo declararon como testigos, pero no les creyeron, porque los jueces consideraron que la mujer era muy joven, y el hombre un mal padre. Nunca se encontraron rastros ni huellas en el lugar del asesinato que relacionaran a Cristina y Cecilia con la muerte de Dávalos. Los estudios de ADN dieron negativo. La alarma en la casa no sonó, ni estaba forzada la cerradura. El electricista, un amigo de la familia de Dávalos, Juan Carlos Trinidad, fue el último en estar en la vivienda y en verla con vida. Se fue alrededor de las 21 horas. Sin embargo, nunca fue investigado, tampoco los vínculos de la anciana ni su entorno.
La hija de la víctima, que trabaja en el Poder Judicial (en el Cuerpo Médico Forense), había presentado en la causa algunas fotos familiares donde se veía que su madre usaba joyas. De pronto se presentó a declarar una vecina, Inés Lima, y dijo que a los pocos días del asesinato un hombre llamado Ricardo Jara llamó a su puerta ofreciendo a la venta las joyas de la difunta. No parece tener mucho sentido que en forma casi inmediata al homicidio el asesino se pusiera a vender sus joyas en el barrio. Pero eso decía la testigo. El hombre era pareja de Cecilia Rojas, conocida de Cristina Vázquez. Esa mención, llevó a todos a prisión. Venía a calmar un reclamo extendido que crecía en organizaciones de familiares de víctimas de hechos de violencia y tenía en vilo a la ciudad. El caso de Jara no llegó a la Corte aún.
Aquella mujer que selló la suerte de Cristina y Cecilia no se presentó a declarar durante el juicio oral, que terminó en la condena a prisión perpetua de ambas en el año 2010. Tampoco la fueron a buscar con la fuerza pública. Al que llevaron a testificar detenido –sin cordones en sus zapatillas, como es habitual en procedimientos policiales-- fue un hombre llamado Eduardo Fernando Zdanowicz. Es uno de los tantos testimonios polémicos que repasa al detalle la Corte Suprema. Durante la etapa de instrucción una declaración suya, escrita, decía “una noche vino
Cristina, y se queda a dormir, y me dijo que ella le pegaba con un martillo a la vieja y que lo hizo varias veces para que la señora no se quedara con vida”. En el juicio oral el hombre aseguró que no había podido leer lo que quedó escrito en aquella declaración, a la que tampoco había sido citado. Señaló que “no recordaba que Cristina Vázquez le hubiese efectuado una confesión de semejante tenor y que, evidentemente, lo habían engañado”.
Los supremos y la suprema explican que para desechar esa versión ofrecida en el juicio, el tribunal oral y luego el superior tribunal local dieron un argumento asombroso: que el “tiempo transcurrido” le había generado al hombre una “afectación de la memoria”. Los medios habían aprovechado todo ese tiempo para rotular a Cristina como “la reina del martillo”. La Corte cuestiona severamente que el superior tribunal local o hubiera objetado esa prueba ni sopesado las declaraciones de Zdanowicz.
La gran familia judicial
Con el correr de los años, todos los tribunales de Misiones que intervinieron, avalaron y algunos reforzaron la acusación contra Cristina y Cecilia. Los jueces de primera instancia que actuaron fueron Eduardo D’Orsaneo, José Luis Rey y Horacio Gallardo. Estos dos últimos fueron destituidos por el famoso escándalo de escuchas en la Ciudad de Buenos Aires que involucró a Mauricio Macri y su ex jefe de policía, Jorge Fino Palacios. Los jueces fueron acusados de ordenar escuchas con aspecto de legalidad, dentro de cualquier expediente judicial, para luego entregar su contenido. Lo hacían a pedido. La ex Side escuchaba y el ex agente Ciro James las retiraba. Así, por ejemplo, fue escuchado Sergio Burstein, de la agrupación 18J de familiares de víctimas del atentado a la AMIA, así como el ex cuñado de Macri.
El tribunal oral que dictó las condenas a perpetua contra Cristina, Cecilia y Jara estaba compuesto por jueces subrogantes (Marcela Leiva, Fernando Verón y Selva Zuetta), ya que sus miembros ya habían revisado fallos previos del caso. Marcela Leiva había actuado en el caso como secretaria de uno de los juzgados de instrucción. Es hermana de Cristina Leiva, una de las integrantes del Superior Tribunal de Misiones que luego revisaría la condena. Liliana Picazo fiscal del juicio oral, encargada de estructurar toda la acusación, hoy integra la corte local. Aunque se excusaran, forman parte de ese sistema endogámico, donde el control mutuo de las decisiones se ejerce entre parientes, amigos o conocidos. La Corte Suprema nacional, había revocado ya una primera sentencia del superior tribunal local que confirmaba en 2015 las condenas, porque no satisfacía “estándares” de revisión de una sentencia. Sin embargo, el superior tribunal de Misiones volvió a fallar exactamente igual incumpliendo con la revisión encomendada para “determinar la construcción de la validez de la sentencia del tribunal oral”. En el fallo de esta semana la Corte Suprema destroza aquella decisión.
· Dice que la versión de las acusadas “sobre su completa ajenidad” al homicidio no fue escuchada ni tenida en cuenta.
· El superior tribunal “apartó de las constancias de la causa” , “desatendió prueba producida al no ponderarla ni confrontarla desde la perspectiva del principio de culpabilidad y de la garantía de presunción de inocencia”
· Convalidó “un doble estándar” de “valoración” de las pruebas al hacer “un análisis parcial y sesgado”
· Se construyó “una circunstancia fáctica que en modo alguno sucedió”.
· No fueron considerados los peritajes planimétricos y los realizados sobre cabellos levantados durante la inspección ocular, o los peritajes papiloscópicos. Una decena de pruebas científicas dieron negativas respecto de las acusadas.
Creatividad judicial
La Corte misionera había dado crédito al relato del vecino José León Silva, que en instrucción declaró haber visto a Cristina con Cecilia Rojas merodeando la casa de la víctima, como quien la va a marcar, pero resulta que en el juicio oral dijo que Cristina estaba con Celeste García, con quien en efecto estaba. La Corte Suprema apunta que la Corte local lejos de superar ese “error” en su segunda sentencia lo reforzó al afirmar que el testigo Silva era clave para mostrar el nexo de Rojas con el homicidio, cuando era obvio que había mencionado a García. El fallo supremo se pregunta con asombro por qué se desechó que el propio Silva dijo que “no le resultaba extraño ver a Vázquez por la cuadra ya que se domiciliaba a escasos metros de distancia de la casa de la víctima”.
El superior tribunal de Misiones también decía que Dávalos era una persona “muy cautelosa” “y no le abría la puerta a extraños”, lo que debía explicar por qué le habría abierto a Cristina. Pero, contrapone la Corte: “no se ha demostrado que la imputada Vázquez tuviera relación alguna con la víctima, más allá de lo circunstancial de ser vecinas”. Ni se demostró que haya entrado a la vivienda. Es más, recuerda que un testigo que no fue ponderado de apellido Maximowicz dijo que hacía 20 años era vecino de Dávalos pero “jamás vio que hablara con la la imputada Vázquez”.
Y no podía faltar un chofer o remisero que ofreciera información. Se trata de Rubén Texeira, contratado por la hija de Dávalos como investigador privado, cuenta Corte, que charlaba con sus pasajeros y declaraba en función de lo que decía escuchar a bordo. Por ejemplo, contó en un día llevó a la hermana del testigo Zdanowicz y que le preguntó si era cierto que Rojas y Jara habían cometido el asesinato y que la respuesta fue afirmativa. “Yo nunca hablé eso con él. No lo dije tampoco”, declararía en el juicio la mujer. Lo que nadie puede explicar es por qué se dio crédito al testimonio del remisero.
Todo esto está detallado en el fallo de la Corte Suprema de la última semana, firmado por los cinco miembros (Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti). Así es como se puede armar una causa. Con rumores, chismes de barrio, relatos inconsistentes y contradictorios, suposiciones, gente que llega a la declaración diciendo “me manda la hija de la víctima”. Aún frente a la duda, recuerda la Corte, la salida nunca puede ser la condena, al contrario. La abogada Indiana Guereño, la gran impulsora de la revisión de la condenas desde el Observatorio de APP recuerda que en la sentencia condenatoria se le atribuyó a Cristina que tenía un estilo de vida “promiscuo y marginal”, de “adicta a la marihuana” y que era “mentirosa”. Era un juicio moral para un juicio penal. Queda claro que jueces y juezas arman argumentaciones, ponen y sacan testimonios, hacen un collage hasta obtener un resultado esperado, y lo hacen con impunidad, como si nunca nadie fuera a revisar su actuación. Se respaldan entre tribunales y siguen. Así se robaron buena parte de la vida de Cristina y de Cecilia. Habrá que ver si la Corte se atreve a ir a fondo en otros casos.