El juez federal Francisco Miño procesó al ex jefe de la Policía Federal en Santa Fe Mariano Valdés y al ex subjefe Higinio Bellaggio por supuesta “confabulación para el transporte de estupefacientes” agravado, “incumplimiento de deberes”, “sustracción de pruebas”, uso de bienes del Estado en “provecho propio” y “falso testimonio”; ratificó la prisión preventiva de ambos y les impuso un embargo de 500.000 pesos a cada uno. Los hechos son los mismos que les imputó el fiscal que los investiga, Walter Rodríguez, en las indagatorias del 20 de diciembre, cuando Valdés los consideró una presunta “fantasía” del Ministerio Público. “Ha quedado demostrado” –reveló el juez- que Valdés y Bellaggio operaron “la concertación de un plan” y “actos preparatorios del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de transporte”.
La prueba clave es el bolso de Valdés. Lo transportaba a bordo de un Ford Focus, cuando fue herido en el tiroteo del 9 de setiembre, y once días después apareció en el allanamiento del 20 de setiembre, en Santa Fe, en su camioneta Mitsubishi. Los análisis de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) detectaron “partículas de material estupefaciente”, por lo que el juez valoró el hallazgo en línea con el fiscal Rodríguez y la Cámara Federal de Rosario. “Como sostiene el fiscal, la experiencia común conduce a sostener que (…) no puede descartarse que las partículas de droga sintética hayan constituido parte representativa de un lote de cantidad superior”, alertó el tribunal.
Según el juez, “el transporte del bolso fue ejecutado en dos etapas”. “La primera adjudicada a Valdés” el 9 de setiembre, cuando protagonizó “un enfrentamiento armado en el que resultó herido”. Su compañera de viaje era la oficial Roxana González. Y la segunda, “adjudicada” a Bellaggio, quien lo transportó ese mismo día “a bordo del móvil 6047 de la Policía Federal”, desde Arroyo Seco hasta Santa Fe. González dijo que Valdés le ordenó sacar el bolso del “asiento de atrás” del Focus baleado. “Era pesado, grande”, lo describió. Y después, ella se lo entregó a Bellaggio.
El juez considera a los comisarios supuestos “instigadores” de la primera declaración de Roxana González, cuando “afirmó hechos falsos y calló otros verdaderos”
Otra clave es el giro en la declaración de González, el 19 de setiembre, –el día anterior al allanamiento en Santa Fe-, cuando relató el encuentro en la autopista. “En un momento” –contó-, Valdés frena el Focus que manejaba y se estaciona en la banquina. “Aparece una camioneta, se bajan tres tipos a hablar con el jefe. Eran cuatro, uno quedó arriba y se bajaron tres. Él se bajó y no me dijo nada. No sé qué pasó. Escuche griterío y una discusión entre ellos. Los disparos se produjeron en ese momento. Yo no conocía las personas que vinieron, estaban vestidos de civil. Escuche disparos”, algunos “impactaron” atrás y adelante del auto. Después, Valdés “me dijo lo que yo tenía que decir”, que si le preguntaban por lo que sucedió "no se lo podía decir a nadie. No me daba explicaciones”.
El doctor Miño concluyó que la segunda declaración de González, la del 19 de septiembre, “luce más ajustada a la realidad de los hechos acaecidos e investigados” en la causa. El “panorama” que reflejan las pruebas “permite sostener, con el grado de probabilidad propio de esta etapa procesal", la supuesta "responsabilidad” de Valdés y Bellaggio en las imputaciones que se les reprochan. En su resolución de 47 páginas, el juez encuadró los hechos:
*Confabulación. Tiene una pena de hasta seis años de cárcel. “Por confabular se entiende ponerse de acuerdo dos o más personas para emprender algún plan ilícito…”, explicó el juez Miño. “Ha quedado demostrado”, que Valdés y Bellaggio operaron la “concertación de un plan” y “la realización de actos preparatorios del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de transporte”. Las pruebas “permiten distinguir” un “pacto con designio criminal, que se identifica con el comienzo de la ejecución del delito”. La figura es “agravada” por la condición de funcionarios de los policías.
*Incumplimiento de deberes. “Ellos (Valdés y Bellaggio) decidieron no ejecutar la ley, no aplicarla”, prescindieron de la norma “como si no existiera”, señaló el juez. “La omisión, se consuma en el momento en que debe ejecutarse la ley” y “no se observa la conducta esperada”. Los comisarios se valieron del “abuso de autoridad” para “satisfacer un beneficio propio y ajeno a la función policía, a través de la sustracción de un bolso que de acuerdo a los hechos es un elemento de prueba” y se sirvieron para eso de un vehículo oficial: el móvil 6047 de la PFA.
*Sustracción de pruebas. “Queda configurada (…) con la sustracción del bolso que luego fue secuestrado en poder de Valdés” en el “allanamiento” del 20 de setiembre en Santa Fe, “en cuyo interior, y conforme los análisis efectuados, se determinó la existencia de partículas microscópicas compatibles con algún componente de la metanfetamina, y en uno de los jean, macropartículas compatibles con anfetamina”, reveló el juez.
*Bienes del Estado. Valdés y Bellaggio dispusieron y emplearon” el móvil 6047 de la Federal y “el servicio de dos choferes” de la fuerza en “beneficio propio” y para “lograr la sustracción y aseguramiento del bolso”. El vehículo fue “instrumento para consumar el suceso previamente acordado”.
*Falso testimonio. El juez considera a los comisarios supuestos “instigadores” de la primera declaración de González, al día siguiente del tiroteo del 9 de setiembre, cuando “afirmó hechos falsos y calló otros verdaderos”. Los dos “se valieron de su condición de funcionarios y superiores jerárquicos” de González para que ella brindara “una versión de los hechos alejada de la realidad, con el fin de desviar el curso de la investigación y de esa manera resguardar el verdadero sentido de los acontecimientos”, concluyó el magistrado.