Tras el amparo colectivo que presentaron los habitantes de Tartagal contra la empresa COSAySA, Aguas del Norte, se realizó la audiencia donde se ordenó a la prestadora del servicio a brindar agua en cada uno de los domicilios afectados. La medida cautelar será presentada antes las nuevas autoridades que asumen hoy.
De la audiencia participaron la presidenta del Comité del Consumidor (Codelco), Liliana Musa, en representación de los habitantes de Tartagal y el presidente de Aguas del Norte, Lucio Paz Posse, quien dejará el cargo luego de un "consenso" con la nueva gestión de Gustavo Sáenz.
Musa, expresó que “les fue bien” porque la empresa tomó conocimiento del expediente. La abogada contó que la medida cautelar será presentada ante Aguas del Norte hoy cuando asuma el nuevo directorio. “Lo primero que van a tener en agenda será este tema”, manifestó.
Agregó que “se van sumando” los reclamos ante la entidad ya que existe otro amparo emitido desde la localidad de Mosconi. Para Musa es importante “que tomen conocimiento de que el agua es un derecho”.
Fue la jueza de la Sala V del Tribunal de Juicio, Gabriela Romero Nayar quien ordenó que la empresa prestadora “suministre agua potable en el domicilio de los usuarios del servicio de la localidad de Tartagal, sin discriminar condición de pago al día”, indicó el fallo dispuesto ayer en la ciudad de Salta.
Aguas del Norte deberá concretar tal orden por medio de “tanques cisternas u otros medios de los que disponga, para que en forma eficiente, constante y regular, en la cantidad necesaria y suficientes para satisfacer las necesidades básicas de consumo, higiene personal, y limpieza o lavado de manos, alimentos y cocción de estos, especialmente a hogares de los sectores más vulnerables, establecimientos de salud y educación; y dejando supeditado las restantes pretensiones deducidas como cautelas para una vez resuelta la cuestión de fondo traída a la jurisdicción”.
Cabe recordar, que desde Tartagal agotaron todas las vías administrativas para manifestar los reclamos ante Aguas del Norte. Lo hicieron ante la propia empresa, el Ente, el Gobierno de la Provincia de Salta y el Concejo Deliberante de la localidad. “No encontramos otra vía que la del amparo para el resguardo y protección de nuestros derechos como usuarios de los servicios públicos domiciliarios y de los derechos constitucionales”, se lee en el amparo presentado. Existen reclamos que datan desde 2017.
Uno de los argumentos esgrimidos por Nayar hace referencia a que en el amparo presentado por los tartagalenses “indudablemente está en juego el derecho humano de acceso al agua potable, la salud y la vida de una gran cantidad de personas como lo son los habitantes de la localidad de Tartagal”.
Asimismo, agregó que, “el agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud. Se trata de un derecho humano indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos”.
El reclamo mayoritario hacia la prestadora indica que el servicio “se ve afectado durante horas, días y semanas y desde hace años que no nos proveen del recurso necesario para nuestra vida”. Los vecinos afirmaron que las deficiencias en el servicio comprenden a la población de Tartagal en su conjunto, “siendo afectados la mayoría de los barrios y sectores de comunidades indígenas, incumpliendo con ello su principal obligación contractual”, subraya entre sus argumentos el amparo.
Los demás reclamos en espera
El amparo presentado también señaló que la empresa rinda cuentas sobre el Fondo de Inversión Operativas creado en 2017 por el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP) destinado a la mejora de la prestación del servicio de agua. Musa manifestó que, en el caso de Tartagal, “evidentemente no se realizaron inversiones”.
Y también solicitaron que Aguas del Norte realice “los descuentos o reembolsos por los días que se encontraron interrumpidos los servicios de agua y que todo ello lo sea de modo retroactivo" y que "se suspenda todo aumento de tarifas actuales y futuras”.
El Tribunal consideró que ambos reclamos “exceden la valoración provisoria, propia de la naturaleza cautelar”. Nayar decidió no hacer un pronunciamiento anticipado, “ya que no solo no se encuentran reunidos elementos suficiente, sino además, presumo que ello se identifica con la petición inicial”. Indicó que para elevar alguna decisión deberá escuchar a ambas partes.