La Justicia Federal sobreseyó a los policías acusados de reprimir a las Madres de Plaza de Mayo en las proximidades a la Casa Rosada durante las protestas que se desarrollaron en diciembre de 2001, bajo el gobierno de la Alianza. El fallo, que fue apelado por el fiscal federal Franco Picardi, fue dictado en los últimos días de 2019, antes de la feria judicial, y sostuvo que los delitos investigados habían prescripto.

Los acusados son cinco policías. Cuatro de ellos --los principales José Luis González y Fernando Héctor Villegas, el cabo Luis Oscar Rodríguez y el cabo primero Ramón Feliciano Vargas-- eran funcionarios del Departamento Policía Montada del Cuerpo de Operaciones Federales de la Policía Federal Argentina (PFA). Ernesto Weber era subcomisario y estaba a cargo de la Policía Montada, es decir, daba las órdenes.

Los efectivos fueron inmortalizados en numerosas filmaciones de medios televisivos y registros de reporteros gráficos. Poco antes del mediodía del 20 de diciembre, los efectivos de la Montada desalojaron con amenazas y golpes la Plaza de Mayo, que estaba colmada de manifestantes reunidos de manera pacífica. Entre ellos, las Madres de Plaza de Mayo.

En su recurso de apelación al sobreseimiento dictado por el juez Claudio Bonadio, el fiscal Picardi remarcó que no correspondía decretar la prescripción a los hechos investigados porque algunos de los policías continúan en sus funciones, lo cual conllevaría la suspensión de los plazos de prescripción.

"Insisto que las razones que fundamentan la extinción de la acción penal por prescripción de los delitos en los que el Estado no ha podido investigar y sancionar eficazmente a sus eventuales responsables en un tiempo prudencial, resultan incompatibles con aquellos casos --como el aquí analizado-- en que los hechos delictivos fueron cometidos por quienes justamente pertenecieron --y siguen perteneciendo-- a la función pública", señala el escrito presentado por el fiscal.

Fernando Héctor Villegas actualmente se desempeña como comisario inspector, ostentando un rol jerárquico de jefe en la fuerza, a cargo del Departamento de Control Operacional de la Policía Federal Argentina, y Luis Oscar Rodríguez se encuentra ejerciendo como numerario de la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El fiscal destacó la gravedad institucional del caso como otro elemento a considerar para continuar con la investigación.

"La represión perpetrada por agentes del Estado a las personas involucradas en esa manifestación es sin dudas un acto de violencia institucional –lo que se encuentra agravado por tratarse de manifestantes pacíficos–, razón por la cual se impone el deber de continuar con su investigación y juzgamiento", puntualizó el fiscal en su recurso.

En 2016, el Tribunal Oral Federal (TOF) había condenado a cuatro años y nueve meses de prisión al ex secretario de Seguridad Interior del gobierno de la Alianza Enrique Mathov y a cuatro años al ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos por dirigir la represión que generó cinco muertes y decenas de heridos en Plaza de Mayo.

Los policías ahora sobreseídos no llegaron a ser juzgados en ese juicio porque no habían podido ser identificados. Recién en marzo del año pasado fueron identificados como quienes agredieron a un grupo de Madres en las inmediaciones de Plaza de Mayo.

La identificación se logró a partir del análisis de diferentes declaraciones, transcripciones de comunicaciones policiales y un peritaje llevado a cabo por la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), de la Procuración General de la Nación.

Previamente a su identificación, los efectivos habían sido indagados en la primera etapa de la investigación, pero recibieron la falta de mérito debido a que no se les había podido endilgar ningún hecho en particular del violento ataque a las manifestaciones populares de diciembre de 2001.

Tras analizar las imágenes aportadas al expediente por distintos canales de televisión, la fiscalía había pedido el procesamiento de los acusados tras señalar que habían cometido "vejaciones" ante una "manifestación pacífica".