Los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado del monotributo tienen tiempo hasta el 20 de enero para realizar su recategorización si es que han tenido modificaciones en sus montos de facturación en los últimos doce meses. 

Para ello deben tener en cuenta las nuevas escalas dispuestas por la Adminstración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El monto del aporte mensual del régimen simplificado se actualizó 51 por ciento interanual. 


La recategorización, que se realiza en el sitio web de la AFIP corresponde "sólo si en los últimos 12 meses se registraron cambios en el desarrollo de la actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de los ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, se deberá recategorizar". Por el contrario, "si no se registraron cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de la actividad, no se deberá hacer ningún trámite y se da por entendido que corresponde seguir en la misma categoría".

Las categorías del monotributo

A partir de enero, la Afip dispuso aumentos en los montos de acuerdo con el siguiente detalle de facturación anual para cada categoría:


-Categoría A: hasta 208.739,25 pesos

-CategoríaB: hasta 313.108,87 pesos

-CategoríaC: hasta 417.478,51 pesos

-Categoría D: hasta 626.217,78 pesos

-Categoría E: hasta 834.957,00 pesos

-Categoría F: hasta 1.043.696,27 pesos

-Categoría G: hasta 1.252.435,53 pesos

-Categoría H: hasta 1.739.493,79 pesos

-Categoría I: hasta 2.043.905,21 pesos

-Categoría J: hasta 2.348.316,62 pesos

-Categoría K: hasta 2.609.240,69 pesos