La Ley provincial que dio vía libre al Consenso Fiscal firmado entre el gobierno de Mauricio Macri y los referentes de cada provincia, entre ellos Juan Manuel Urtubey, modificó en su artículo 15 el Estatuto del empleado público provincial (ley 5546) permitiendo al ejecutivo intimar a quienes están en edad jubilatoria a acogerse a dicho regimen.
El secretario general de la Asociación de Trabajadores de la Administración Pública Provincial (ATAP), Miguel Rojo, denunció que él mismo está atravesando esta situación desde 2018, cuando fue intimado por primera vez por la Dirección General de Rentas (donde desempeña sus funciones).
Rojo advirtió que esta es una maniobra que utiliza el estado provincial para recortar gastos, ya que desde 1996 el sistema previsional pertenece a la Nación, quien es la encargada de pagar las jubilaciones.
“El artículo 15 de la ley 8064 (de Consenso Fiscal) es nulo de nulidad absoluta e inconstitucional”, dijo el secretario general de ATAP a Salta/12.
Para Rojo, no sólo están vulnerando los derechos de todo trabajador sino también su carácter de representante gremial. “Pero no soy el único, sólo en Rentas somos decenas, muchos ya se fueron, otros fueron intimados en el último tiempo, y a algunos incluso llegaron a cortarles el sueldo, obligándolos a pedir su jubilación”, aseguró el trabajador de Rentas.
El Estatuto del empleado público provincial (ley 5546/80) contemplaba en su artículo 8, inciso f, que "la relación y el carácter de empleado público se extinguía cuando el agente hubiere alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias y se acogiere a dicho beneficio".
El artículo 15, de la Ley de Consenso Fiscal, de 2017 (8064), modifica el inciso f, agregando que “la autoridad competente podrá intimar al trabajador a que inicie los trámites pertinentes (…)”.
Miguel Rojo agregó que esa modificación también desconoce lo previsto en la Ley de Emergencia del sistema previsional de la provincia de Salta (6818, de 1996), que transfería el sistema previsional al Estado Nacional.
“Con esa ley el Estado provincial no sólo delegó la facultad de legislar en la materia, sino que asumió el compromiso irrestricto de abstenerse de dictar normativa previsional”, subrayó.
Por último, se amparó en el artículo 34 y 111 de la Ley Nacional del sistema integrado de jubilaciones y pensiones (24.241) que permite seguir realizando sus tareas a cualquier trabajador, independientemente de su edad, postergando el inicio de la percepción de su jubilación.
“El gobierno de Urtubey comenzó con esta modalidad, pero Sáenz la mantiene”, señaló Rojo al referirse a la resolución número 8 del Ministerio de Economía del 10 de enero, que solicita a la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos el listado de la totalidad de empleados estatales con edad jubilatoria, y que se informe si fueron o no intimados a iniciar ante la autoridad previsional los trámites para el otorgamiento de la jubilación.
Precarización laboral
El secretario general de ATAP también se quejó por la manera en que la provincia liquida los sueldos para no abonar todos los aportes y contribuciones previsionales.
“Solicité por nota al director general de Rentas, la certificación de servicios y remuneraciones que me corresponde por todos los años aportados, pero en donde figuren todos los ingresos que percibí, como viáticos y el concepto no remunerativo, pero no contestaron”, dijo Rojo.
El trabajador de la DGR, que se desempeña en el área de erradicación del comercio ilegal, sostuvo que es lo justo, ya que “si no mi jubilación cae un montón, cuando siempre mi sueldo fue mayor por el tipo de trabajo que realizo en donde tengo que viajar al interior provincial y permanecer varios días”.
Nuevamente, se amparó en la ley nacional 24.241, que en su artículo 6 indica que se considera remuneración a “todo ingreso que percibiere el afiliado o en especia susceptible de apreciación pecuniaria, en retribución o compensación con motivo de su actividad personal (…), y toda otra retribución, cualquiera fuere la denominación que se le asigne”.
Un asesor flojo de papeles
Otra de las irregularidades se presentó cuando desde el gremio de Trabajadores de la Administración Pública, solicitaron al Colegio de Abogados y Procuradores información sobre quien figura como asesor legal en relaciones laborales de la Dirección General de Rentas, Enrique López.
Para el Colegio de Abogados salteño, López no está inscripto en la matrícula provincial, por lo que no podría ejercer dicho cargo. Sin embargo, es quien firma y sella las notas de intimación a los trabajadores.
Miguel Rojo dijo a este medio que peleará por sus derechos laborales y la de todos los trabajadores, así como para que se respete su tutela sindical.
“Presenté notas de impugnación a todas las intimaciones que me realizó el gobierno de Urtubey, así como ya envié nota al director de Rentas de la gestión Sáenz. Espero tener respuesta en un plazo de unos 20 días y, en caso de que no sea satisfactoria, comenzaré yo, y otros trabajadores en mi situación, una huelga de hambre”, culminó Rojo.