Los familiares de las víctimas del incendio del depósito de Iron Mountain, en el que murieron en febrero de 2014 ocho bomberos y dos agentes de Defensa Civil, pidieron ser reincorporados como querellantes en la causa penal en la que están procesados doce ex funcionarios del gobierno porteño y cinco directivos de la empresa

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional escuchó este lunes los argumentos de los abogados de los familiares para decidir si pueden participar como demandantes. Según la empresa multinacional estadounidense, dueña del depósito donde albergaban documentación sensible grandes empresas, los familiares no pueden ser querellantes porque renunciaron a ello al haber cobrado indemnizaciones.  

Sin embargo, uno de los abogados de los familiares, Miguel Ángel Arce Aggeo, afirmó que “por el nuevo Código la acción penal es irrenunciable”

La audiencia comenzó al mediodía, ante el tribunal integrado por Eugenio Sarrabayrouse, Daniel Morín y Horacio Días, y se prolongó durante poco más de dos horas con la presentación del abogado de la familia y de cinco letrados por la defensa de los imputados.

Por los familiares argumentó el abogado Javier Morales, quien sostuvo ante los jueces que “no hay motivo para restringir el derecho de la parte” a ser actor en la causa que se sigue contra los ex funcionarios y personal de la empresa por “incendio por estrago culposo seguido muerte", que tramita en el juzgado en lo Criminal y Correccional 18, a cargo de Pablo Ormaechea.

El abogado de la empresa, Martín García Santillán, recordó que los familiares firmaron un acuerdo con la empresa y la compañía de seguros en donde renuncian a tomar parte en el proceso.

La pretensión de los familiares es ser admitidos como querellantes para poder intervenir en el trámite judicial, tener acceso a las actuaciones, solicitar medidas, acusar y ser notificados de las resoluciones que se tomen, con el derecho a recurrirlas, además de tener acceso a todo el expediente.

“Para nosotros las víctimas no son números, ni leyes, sino personas que perdieron la vida, y por tanto pedimos que nos permitan seguir querellando en esta causa y eventualmente, si llegamos a un juicio oral y público, obtener memoria, verdad y justicia”, cerró su presentación Morales, luego de sostener que no existen impedimentos para que los familiares de las víctimas participen.

A su turno, García Santillán objetó los argumentos de Morales, y argumentó que “nada dijo mi colega que en el mes de diciembre del año 2014 hubo una presentación judicial en donde los querellantes, con patrocinio letrado, renunciaron al carácter de querellantes”. “Dicha renuncia expresa fue consolidada judicialmente con un auto que homologó la decisión”, afirmó el letrado, cuestionando el principio expuesto por Morales en el sentido que un acuerdo civil no implica de ningún modo la renuncia a ser parte de la investigación criminal.

Al respecto, Arce Aggeo dijo a este diario que “es una interpretación del viejo código de procedimientos, que dice que si una de las partes llega a un acuerdo, ya no puede ser querellante. Pero el derecho a la acción penal es irrenunciable. Este es un delito de acción pública y aunque el damnificado haya cobrado una indemnización civil, no están obligados a renunciar a la acción penal”.