Ricardo Ruíz, de 43 años de edad, fue imputado por el femicidio de la expareja y madre de 5 hijos e hijas en común. Tenía una condena del 2015 por violencia de género y había sido denunciado en 2019 por ingresar al domicilio de la víctima incumpliendo las medidas de restricción impuestas.
Claudia Roxana Padilla que tenía 37 años, venía advirtiendo a la justicia sobre el riesgo que corría, pero no consiguió el resguardo ni la asistencia que necesitaba.
Según información del Ministerio Público Fiscal la pareja mantuvo una relación de 18 años, pero se encontraban separados desde hace ya más de cuatro. Había antecedentes de Ruíz por violencia hacía su pareja, por lo que fue condenado en 2015 y se le impusieron medidas de restricción.
En mayo de 2019, Ruíz fue denunciado de nuevo por Padilla debido a que incumplía con la prohibición de acercamiento impuesta. La víctima denunció en una comisaría que el hombre entraba a la vivienda familiar en estado de ebriedad para insultarla. La Policía trasladó la denuncia al Juzgado de Violencia Familiar y de Género 1 del Distrito Centro que no accionó para proteger la vida de la víctima.
El incumplimiento de las restricciones impuestas a Ruíz en la condena de 2015 implicaba que la pena condicional que había obtenido de tres años podía revertirse y volverse de prisión efectiva. El 10 de octubre de 2019 vencían las medidas impuestas por el fallo de 2015, la víctima lo denunció en mayo de 2019. El juzgado interviniente no corrió traslado a alguna de las fiscalías de violencia de género que podrían haber solicitado la revocación de las medidas de conducta y que el agresor fuera preso.
“No hay asistencia integral ni acompañamiento posterior”, consideró la directora del Observatorio de Violencia Contra las Mujeres, Ana Pérez Declercq. Manifestó que es importante el control del cumplimiento de las medidas de prohibición de acercamiento que imponen los juzgados. Para ello es necesario que se "controle al agresor".
La directora del OVCM sostuvo que también es importante el abordaje después de la denuncia porque las víctimas requieren “acompañamiento en los años que siguen”. “Lo que hay es una falta de abordaje integral y de acompañamiento posterior”, evaluó Declercq.
El miércoles el OVCM se reunió con el procurador Abel Cornejo “estuvimos trabajando sobre los datos estadísticos y nos pareció fundamental en caso de los femicidios poder registrar si había denuncias previas. Esto hace a la política pública y (hay que evaluar) en qué casos se podría haber impedido el femicidio habiendo denuncias previas y cómo se trabaja el abordaje”, sostuvo la directora
“Las desobediencias judiciales son el umbral para los femicidios”, analizó por otro lado, la abogada especializada en género, Patricia Aguirre. “Lo que pasa en la mayoría de los casos es que los agresores no cumplen con las medidas cautelares, entre éstas las prohibiciones de acercamiento", sostuvo la letrada.
La abogada precisó que en Salta Capital hay dos juzgados de violencia familiar y de género y solo imponen medidas cautelares de prohibición de acercamiento o de ejercer actos de violencia. “No tienen facultades punitivas, de perseguir el delito. El juzgado de violencia tiene que correr traslado a la fiscalía competente para que inicie una acción por desobediencia judicial, nunca lo hacen, lo hacemos las abogadas”, sostuvo Aguirre.
Sin embargo, la letrada planteó que cuando denuncian en las fiscalías de violencia familiar y de género “que supuestamente fueron creadas en el marco de la emergencia social (por violencia de género) que vive la Provincia, para los fiscales la desobediencia judicial es un delito administrativo menor”. Por ello, manifestó que hay una inacción generalizada de las fiscalías ante el incumplimiento de medidas por parte de los violentos.
La presidenta de la Fundación Volviendo a Casa, Isabel Soria, consideró que en este femicidio, debieron unificarse los antecedentes del agresor, trasladar la causa a la parte penal y haberlo detenido. Opinó que hay fallas en las leyes vigentes. "Los juzgados de violencia de género solo ordenan medidas cautelares: prohibición de acercamiento, botón antipánico, custodia, nada más. Es importante que las denuncias se continúen en la parte penal por amenazas y la violación de la perimetral", pronunció.
El Estado es responsable
“Los femicidios que ocurren en la provincia son consecuencia de la negligencia de los juzgados de violencia de género, de los fiscales y jueces de garantías que no se animan a dictar prisión preventiva para este tipo de agresores. No les dan importancia a las desobediencias judiciales. Tenemos que empezar a hacerlos cargo de cada una de estas muertes. El único responsable no es solo el femicida que va y mata a la mujer. Tiene que hacerse cargo el Estado por la irresponsabilidad de nombramientos de quienes tienen el poder de decisión", expresó Aguirre.
Aguirre insiste con que en los juzgados y fiscalías "no arbitran las medidas suficientes para proteger a las mujeres". Dijo que en los juzgados 1 y 2 de violencia familiar y de género copian y pegan las cautelares, confundiendo a veces los nombres y sin indagar en los riesgos específicos de cada una de las denunciantes. "Aunque la OVIF (Oficina de Violencia Intrafamiliar) haga informes de riesgo, las medidas cautelares son repetitivas e insuficientes porque (en los juzgados) no prestan atención ni evaluan el caso particular de violencia que sufre cada una de las mujeres. El problema es que los juzgados generalizan las situaciones y no estudian el caso concreto", puntualizó la letrada.
La abogada explicó que en la mayoría de los casos "el agresor sigue agrediendo a la víctima, utilizando como excusa a los hijos y a las hijas que quedan como rehenes y que en la mayoría de los casos sufren violencia indirecta". Por ello, sostuvo que "los juzgados de violencia familiar y de género tienen la obligación según la ley 26.485 y 7.888, de tomar medidas que no dictan como la suspensión de régimen de comunicación para proteger a la víctima y establecer las cuotas alimentarias provisorias, que impidan que la mujer tenga relación con el violento".
Aguirre también mencionó que en la Provincia, el 911 no está haciendo entrega de los botones antipánico que se necesitan y que la policía no cumple de manera adecuada con las consignas. En base a testimonios de las víctimas, sostuvo que le han manifestado situaciones en que los policías que hacen la custodia tienen denuncias por violencia de género y son enviados como forma de "castigo" a realizar las consignas. También la letrada relató que las víctimas le manifestaron en algunos casos que sufren acoso por parte de los policías. En un caso en que el juzgado interviniente ordenó a la consigna policial ir vestido de civil a cumplir la custodia en el lugar de trabajo de la víctima, la abogada contó que un policía le pidió a la víctima que le pague los viáticos porque sin uniforme no puede viajar gratis en el transporte público urbano de pasajeros.