El viernes la Cámara de Senadores convirtió en Ley la moratoria impositiva que empezará a regir desde el 1 de abril y por la que el gobierno provincial espera recaudar unos 300 millones de pesos.

En general durante el debate en la Legislatura no se objetó en si al régimen de regularización de deudas, inclusive se destacó que sirve para que aquellas Pymes que hayan contraido deuda con el fisco salteño puedan ponerse al día con la posibilidad de hacerlo en cuotas, con bajos intereses y sin multas.

Sobre todo consideraron que los impuestos provinciales son los primeros costos que dejan de pagar los contribuyentes en una situación de crisis, por encima de los tributos nacionales o las facturas de servicios, debido a las consecuencias inmediatas que traen aparejado un retraso en esos ítems, como cortes del servicio o suspensión del Cuit.

Pero los reparos, especialmente en Diputados, se dieron por la amplitud de requisitos que tiene la moratoria para ingresar, que tal como está redactada la Ley, permite que se adhieran al beneficio empresarios con actividades ilegales, grandes evasores fiscales o quienes hayan infringido la ley laboral.

El artículo primero de la flamante Ley expresa: “Establécese un régimen especial y transitorio de regularización de deudas provinciales por tributos, regalías mineras, cánones de riego, como así también las que tengan origen laboral, por servicios, por cuotas de préstamos o cualquier otro título o causa por las que el Estado Provincial, entidades autárquicas, sociedades del Estado y entes residuales resulten ser acreedoras, incluidas las que se encuentren en curso de discusión administrativa o sean objeto de un procedimiento administrativo o judicial”.

Prácticamente ese apartado de la normativa ya deja incluidos a la mayoría de los eventuales deudores, sea cual fuere su naturaleza u origen, pero igualmente la Ley contiene un segundo artículo, el 11, que explicita aún más la amplitud de la convocatoria a regularizar deudas.

"Respecto de los casos comprendidos en el artículo 1° que no hayan sido objeto de regulación en los capítulos I y II, las deudas de capital, intereses, recargos y multas, podrán ser canceladas con pago de contado o mediante planes de pagos hasta doce (12) cuotas sin interés de financiación y gozarán de los beneficios establecidos en los incisos a), b) y c) del artículo 5°”, reza dicho apartado.

El diputado Carlos Zapata calificó a la Ley de “jubileo de todas las deudas”, y por eso propuso excluir de la moratoria a aquellos contribuyentes que hayan incurrido en conductas encuadradas en el artículo 39 del Código Fiscal salteño, que regula sobre las defraudaciones fiscales de carácter doloso, o sea que hayan sido adrede y no por una situación de fuerza mayor o crisis económica.

Como ejemplo apuntó directamente a la “usina de facturas apócrifas” emitidas en la municipalidad de Salta durante la gestión como intendente de Gustavo Sáenz, que involucró al entonces secretario de Hacienda Pablo Gauffin y por la que estuvo detenido y continúa investigado el empresario Matías Huergo Cornejo.

“Les estamos posibilitando no solo legitimar que se llevaron el dinero de los contribuyentes sin dar ninguna contraprestación, sino que le damos beneficios para que paguen poco, mal y tarde los impuestos de esas facturas mal emitidas”, expresó Zapata.

También cuestionó que aquellos que hayan recibido créditos fiscales para un emprendimiento y que no lo hayan llevado adelante, podrán devolverlo sin ningún tipo de multa o costo.

El diputado Javier Diez Villa desechó la propuesta de Zapata de incluir el artículo 39 del Código como un límite, porque habló con el ministro de Economía, Roberto Dib Ashur, y este le indicó que modificar el proyecto de Ley “hacía peligrar los alcances de la moratoria, porque el artículo 39 genera dudas que pueden excluir algunas situaciones que no por defraudación han podido cumplir sus obligaciones con el fisco”.

En tanto Claudio Del Plá se refirió a otros tres aspectos cuestionables de la Ley, el primero la posibilidad de regularizar las deudas por el canon de explotación de tierras fiscales. Allí puso de ejemplo que Alfredo Paulino Olmedo, quien supo ser uno de los productores de soja más grande del mundo, podrá ponerse al día sin ningún tipo de multa ni intereses de la millonaria deuda por el incumplimiento del pago por la explotación de la mitad de la finca estatal Salta Forestal, que administró hasta hace un par de años.

También se refirió a que aquellos empleadores que hayan sido sancionados por el Estado por el incumplimiento de la normativa vigente, podrán regularizar sus multas sin costo extra. Del Plá lo consideró como un fomento al trabajo en negro, justo en una provincia en la que la mitad de los empleados se encuentran en esa situación.

Finalmente se refirió a la potestad que tendrá el gobernador de exceptuar hasta por un plazo de tres años del cobro de impuestos a los sujetos que realicen su actividad en zonas de vulnerabilidad social.

“Tenemos a los grandes productores agropecuarios principalmente en San Martín, Orán y Rivadavia, los tres departamentos declarados en emergencia, por lo que con esta ley pueden tranquilamente ser incluido en esta suspensión de pagos por varios años”, señaló el diputado del Partido Obrero

Grandes evasores excluidos 

Al momento de votar, todas estas advertencias fueron desestimadas por número mayoritario de los bloques saencistas que responden al gobernador y el proyecto de Ley fue aprobado tal como se remitió desde el Ejecutivo provincial, junto con el monotributo provincial y la ampliación de la Corte

Cabe destacar que los tres textos llegaron acompañados solo con una breves líneas como mensaje y sin ningún tipo de fundamentación que sostenga el pedido de aprobación, algo inusual, ya que generalmente toda iniciativa contiene dicha argumentación.

Consultado por la prensa cuando concurrió este jueves al Senado para explicar la moratoria, Dib Ashur dijo que cuando se traten de evasores que infringan la Ley penal tributaria, serán excluidos y denunciados, así como también los grandes evasores que tienen un monto muy elevado de deuda. Aunque aclaró que en este último aspecto no existe nadie en esa situación en la provincia.

La moratoria establece facilidades que van desde el pago en contado que condona todas las penalidades a planes de pagos de hasta 48 cuotas con bajo interés, especialmente para las Pymes, y descuentos en multas e intereses. 

También establece una serie de descuentos para los contribuyentes al día y destina un porcentaje de lo recaudado para créditos a la producción y fomento de empleo.