La Inspección General de Justicia derogó “en su totalidad” una norma del gobierno de Mauricio Macri que neutralizaba los controles a las sociedades offshore. A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el organismo indicó que durante ese período "numerosas sociedades offshore se habrían inscripto” para operar en el sistema legal y advirtió que, si ello se corrobora, se habilitará la adopción de las medidas pertinentes. Según los considerandos contenidos en la medida firmada por el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ), Ricardo Nissen, la normativa dictada en 2018 por la administración anterior suprimió "todo tratamiento por la IGJ (Inspección General de Justicia) de actos negociables de sociedades constituidas en el extranjero”.
La IGJ señala que las sociedades offshore operan con frecuencia en circuitos de circulación de capitales y flujos financieros de origen ilícito y exhiben una inquietante y polivalente funcionalidad para el fraude (familiar, concursal, laboral), la evasión fiscal y el lavado de activos, entre otras ilicitudes. “En nuestro medio, hechos recientes como las triangulaciones negociables que se habrían producido con sociedades offshore en la operatoria del Grupo Vicentín, según los acontecimientos parecerían ir indicándolo, o la revelación de que el tristemente notorio boliche Le Brique (donde se asesinó a Fernando Báez Sosa) resulta ser también de una sociedad offshore cuyos integrantes son desconocidos, no se deben banalizar sino ser recordatorio de la frecuente peligrosidad de estas figuras legales”, ejemplifica.
En la extensa resolución, el organismo alerta sobre la relajación de los controles que estaba implícita en los cambios que definió el gobierno de Macri en 2018. Según detalla, tenía la virtualidad de neutralizar un régimen reglamentario dirigido a la efectiva vigencia y aplicación de controles que aseguren la observancia de las normas de orden público de la Ley General de Sociedades. Las modificaciones introducidas durante la anterior gestión pretendieron “suplantar ese régimen por otro primordialmente asentado sobre la mera formalidad registral, sin control de legalidad sustancial”. Además, agrega la resolución oficial, torna inoperante al régimen de extranjería y afecta inadmisiblemente la soberanía legislativa argentina”.
El nuevo marco en vigencia, a partir de la derogación de todos los textos que sustituyó la resolución del macrismo, reestablece pautas sobre registración, recaudos de inscripción registral, actos registrables de empresas locales participadas por sociedades del exterior, actuación del representante legal a cargo de la sucursal permanente, régimen informativo, parámetros para apreciar la actividad de la sociedad en el exterior y cancelación de la inscripción originaria.
En el escrito se destaca una denuncia que adelanta al pasar la entidad que conduce Nissen: “Desde el levantamiento de la señalada prohibición establecida en el artículo 218 ya citado, numerosas sociedades offshore se habrían inscripto en el Registro Público a cargo de esta IGJ”.