El Ministerio Público Fiscal solicitó perpetua para cinco imputados y para la acusada menor de edad pidió que se determine su responsabilidad penal. Los querellantes adhirieron al pedido y de igual manera argumentaron que se trató de un femicidio en el contexto de la criminalidad organizada. Las defensas sostuvieron que las pruebas son insuficientes, que están basadas en "dichos" y pidieron la absolución por el beneficio de la duda.
El juicio está a cargo de la Sala VII del Tribunal de Juicio, con la presidencia de la jueza Paola Marocco y las vocalías de María Livia Carabajal y Francisco Mascarello. Está previsto que la audiencia concluya este jueves 27 con las réplicas de los alegatos entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa, y en la misma jornada se leerá el veredicto.
La fiscala Verónica Simesen de Bielke solicitó prisión perpetua para Julio César "El Gordo" Monasterio, Norberto "Chiqui" Silvestre, Carlos Alfredo Agüero (conocido también como "Chuli", "Churi" o "Feo") y Juan Reynaldo "El Viejo" Álvarez, por los delitos de homicidio agravado, por mediar violencia de género, por ensañamiento y por la participación premeditada de dos o más personas; abuso sexual con acceso carnal agravado por el número y calificado por la muerte de la víctima; tortura agravada por la muerte. Todo agravado por la participación de una menor de edad.
La fiscala también pidió perpetua para Marisel Griselda Urzagaste, más conocida como "Marisol", por homicidio agravado y tortura agravada. También en su caso se le sumó el agravante de la participación de una menor de edad.
Finalmente, solicitó al Tribunal que se declare penalmente responsable a M. L. M. (que era menor al momento del hecho), como coautora del homicidio y la tortura agravados. En su caso, solicitó que se giren las actuaciones al juez o jueza de menores que corresponda.
La fiscala argumentó que se trató de un femicidio en el marco de la criminalidad organizada y que la víctima fue sometida a abusos sexuales y torturas para dejar un claro mensaje: "a aquella persona que roba, le deben ser cortadas las manos".
Simesen de Bielke planteó una similitud entre el femicidio de Daniela Guantay con el conocido "caso Campo Algodonero" de Ciudad Juárez, que llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos por una demanda de familiares al Estado mexicano. La fiscala señaló que al igual que las madres de las víctimas de Ciudad Juárez, también la mamá de Daniela, Verónica Guantay, tuvo que peregrinar días desde la desaparición de su hija buscando ayuda. Planteó que la Policía emitía juicios de valor mientras no implementaba acciones concretas para la búsqueda de la joven.
Inusitada crueldad
Sobre el final de su alegato, la representante del Ministerio Público mencionó los informes de las profesionales de psicología y psiquiatría que realizaron las pericias de las seis personas imputadas por los actos "de inusitada crueldad perpetrados contra Daniela Guantay y por su falta de arrepentimiento a lo largo de todo el proceso".
"Alvarez reviste una personalidad psicopática, conducta manipuladora, reacciona ante otro de manera agresiva, sin empatía ni arrepentimiento y tiene baja tolerancia a la frustración", sostuvo la fiscala.
Sobre Agüero recordó que los informes señalan que tiene "impulsividad latente, tiende a posicionarse en un lugar de víctima, con tendencia a fabular y mentir, es extremadamente agresivo. No hay control absoluto de sus actos, no reconoce al otro como ser independiente y distinto".
Siguiendo esa línea afirmó que Monasterio "tiene impulsividad manifiesta, no puede tolerar que las cosas no salgan como él desea. (...) Puede llevar a cabo una acción que otra persona no realizaría. Reviste una personalidad con rasgos psicopáticos y transgresores, reconoce las normas pero las sortea porque tiene sus propios códigos".
De Silvestre dijo que los informes sostienen que tiene "conducta transgresora e inmadura, reviste peligrosidad para sí y para terceros bajo el consumo de sustancias. No tiene capacidad para poner frenos inhibitorios (...). No tiene tolerancia a la frustración ni manejo de la ansiedad".
Urzagaste, "reconoce las pautas de lo que está bien y de lo que está mal pero no le sirven porque ella tiene su propia realidad y acomoda su pensamiento en función de cómo le resulte más beneficioso. Carece de empatía. Presenta marcado nivel de agresividad. Tiene personalidad psicopática con rasgos narcisistas y no asume la responsabilidad de sus actos".
De M. L. M. destacó que, "si bien pudo tener un cerebro inmaduro esto no implicaba que no pudiera comprender actos socialmente reprochables. Carece de capacidad empática, no tiene remordimiento en caso de daño a otro".
La fiscala dijo que "solo personas que revisten este tipo de personalidades podrían haber llevado adelante actos de esta inusitada crueldad, respecto de una persona a la que decían llamar amiga, que sabían que no se podía defender. Daniela fue la presa más fácil", sostuvo Simesen de Bielke.
Por otro lado, la Fiscalía solicitó que se envíen actuaciones al Ministerio Público para investigar por falso testimonio a Orlando Cala (con quien trabajaba Agüero), Mariela Zabala (esposa de Silvestre), Macarena Chocobar y Vanina Guantay (hermana de la víctima).
Criminalidad organizada
La querella ejercida por los abogados Gabriela Rodríguez y Pablo Del Pino, ambos de la Fundación Cintia Fernández, adhirió a los pedidos de la Fiscalía. La letrada sostuvo que se trató de un femicidio en el contexto de la criminalidad organizada. "Esta querella pretende exponer desde una perspectiva de derechos humanos y de género porque traemos el rostro de Daniela Guantay a esta audiencia y representamos los derechos de las víctimas", sostuvo.
"Daniela Guantay era una joven madre, de apenas 22 años. Fueron coincidentes los testimonios de los testigos, ella era una persona buenita, callada, no le gustaba pelear, buena madre, se ocupaba del cuidado de sus hijos, buena hija, hermana y amiga. Lamentablemente en su corta vida fue presa de las adicciones pero le esperaba todo un futuro por delante para poder rehabilitarse como ella en más de una oportunidad quiso (hacerlo) según manifestó la madre", expresó la abogada.
Rodríguez citó a dos testigos que habrían presenciado el femicidio y afirmó que "Daniela sufrió injustamente dolores, tormentos físicos y psicológicos, padecimientos innecesarios. Fue víctima del más despiadado y aberrante hecho sin precedentes en la provincia de Salta y que vienen a engrosar las estadísticas de femicidio, máxima expresión de la violencia de género".
Aseguró que se trató de un crimen de género. Dijo que hubo ataques sexuales con aprovechamiento del estado de indefensión de la víctima y su inferioridad física, "Daniela estaba atada en una silla en el momento en que le produjeron este hecho aberrante".
Rodríguez explicó que además fue un femicidio sexual en un contexto de criminalidad organizada "en donde la idea de posesión o propiedad (de un femicida) se traslada a todo el grupo". También se refirió a que si bien no existen pruebas científicas del abuso sexual (por el estado del cuerpo), habría indicios en la forma en que se encontró la ropa de la víctima.
"El móvil del crimen fue el supuesto robo de drogas por parte de Daniela Guantay. En la jerga 'alguien le robó droga a un transa' y ese transa fue 'Churi, Chuli o Feo' que son los alias que pertenecen a Agüero", detalló Rodríguez. Dijo que Agüero quería aleccionar, ajusticiar a quien le había robado la droga.
Tanto los hombres como las mujeres "captaron, golpearon, torturaron, se ensañaron con Daniela" Sobre los cuatro varones dijo que "no solo se ensañaron sino que abusaron sexualmente, le cortaron las manos y depositaron el cuerpo en una bolsa de residuos para luego trasladarla y arrojarla a la orilla del río Vaqueros".
Para la abogada, si la persona a la que acusaban de haber robado la droga hubiese sido un varón y no una mujer "no hubieran cometido el mismo hecho aberrante", por eso consideró este femicidio como una "magnificación de la desigualdad existente en una sociedad patriarcal".
Rodríguez planteó la necesidad de tener en cuenta un "enfoque interseccional". En este sentido explicó que la violencia sufrida por la víctima no solo tuvo relación con su condición de mujer, sino que también existieron otros factores que la tornaron más vulnerable, como su condición sociocultural, económica, por ser joven y madre, por su situación de adicción y el entorno en que se movía para conseguir drogas.
La abogada señaló que la víctima fue captada y trasladada engañosamente a la "casa del terror" de Alvarez. "La casa del horror y de la impunidad porque se ejercía la prostitución, la pedofilia, la compra y venta de estupefacientes".
Para la defensa es causa armada
Los defensores y las defensoras son: Thelma Niederle, de la UDP 1 (Álvarez y Monasterio) y Adolfo Sánchez Alegre (M. L. M.).
Las defensas afirmaron que hubo contradicciones entre las dos testigos principales en que basó su acusación el Ministerio Público Fiscal. Se trata de dos mujeres que declararon haber estado en la misma casa con los acusados cuando se produjo el crimen de Guantay, una de ellas ya falleció a causa de una enfermedad. Adujeron falta de pruebas y pidieron la absolución por el beneficio de la duda de los imputados e imputadas.
El abogado José Ortín Fernández pidió la absolución por el beneficio de la duda para Silvestre. Cuestionó que el Ministerio Público Fiscal realizó una valoración parcializada de los testimonios. También dijo que se empezó a investigar la causa con la hipótesis de homicidio y que no se investigaron otras posibles causales de la muerte ni se acreditó cómo fue producida. Sostuvo que se dio por cierto algo que no está probado, señalando que no se sabe con certeza cuándo, ni cómo o dónde fue la muerte de Guantay. Habló de "desidia" de la Fiscalía y de la Policía.
Ortín Fernández aseguró que los imputados no son quienes cometieron estos hechos. En cuanto a su defendido, hizo referencia a las pericias psicológicas realizadas: "Silvestre tenía actitud exculpatoria, no se observaron rasgos de mendacidad o fabulación en su declaración. En ese informe se manifestó que no posee estructura de personalidad de tipo patológica, que puede arrepentirse y se encuentra dentro de la estructura de personalidad neurótica y que presta colaboración en el proceso de la evaluación. También (se indicó que tiene) omnipotencia en el nivel del pensamiento que puede conducirlo a realizar inferencias erróneas y actuar en consecuencia".
El abogado sostuvo que Silvestre declaró siempre lo mismo. Planteó que dos testigos manifestaron haber estado con él los días de la desaparición y muerte de la víctima.
El defensor oficial Walter Clark, que representa a Urzagaste y Agüero, consideró la causa como armada y "una gran mentira". Planteó que la Policía presionó a testigos para declarar.
La defensora oficial Thelma Niederle dijo que "la plataforma fáctica de la acusación en el requerimiento fiscal no ha sido probada de ninguna manera". "No se pudo determinar qué le pasó a Daniela Guantay (...) Esta defensa sostiene que falleció en márgenes del río Vaqueros posiblemente por exceso de drogas, científicamente no está determinada la causa de muerte. No hay autopsia por el estado de los restos cadavéricos", aseveró. Para la letrada, la Fiscalía indujo a testigos a declarar para sostener una hipótesis.
El defensor oficial Adolfo Sánchez Alegre pidió que se declare la irresponsabilidad penal de la menor de edad. Para el letrado, no es aplicable a este caso la acusación de la tortura porque no es ejercida por funcionarios públicos. Sánchez Alegre indicó que existián "versiones múltiples de dónde se la vio por última vez a Daniela y qué hizo". En cuanto a las dos mujeres que "supuestamente son testigas presenciales del hecho, sin embargo, existen muchas contradicciones e inconsistencias", afirmó.
El 4 de marzo de 2017 la madre de Daniela Guantay radicó la denuncia por la desaparición de su hija. El cuerpo sin vida de la joven fue encontrado el 7 de marzo de 2017, en las márgenes del río Vaqueros.