Era previsible: la jueza Silvia Saino, del fuero de la Seguridad Social, rechazó la acción colectiva que fue presentada por el decreto de Alberto Fernández que estableció aumentos de las jubilaciones en los meses de marzo, abril y mayo. Se supone que en junio ya habrá una nueva fórmula votada por el Congreso. De acuerdo con la fórmula del macrismo, correspondía en marzo un aumento del 11,56 por ciento, pero la Casa Rosada incrementó por encima de ese porcentaje las jubilaciones mínimas --más del 60 por ciento de todos lo beneficios que existen--, mientras que las jubilaciones que están un poco por encima de la mínima recibieron incrementos por debajo del 11,56 por ciento. Siete mil de estos últimos, acaudillados por el ombudsman de los adultos mayores, Eugenio Semino, presentaron el amparo que fue rechazado este martes básicamente porque la jueza dice que es muy diferente la situación de cada jubilado. Alguien que recibe 20.000 pesos pierde 300 pesos por mes, pero alguien que cobra 100.000 pierde 7.000.
El rechazo de la magistrada estaba cantado porque los jueces son poco afectos a estos reclamos colectivos. De todas maneras, Semino adelantó que no sólo va a apelar a la Cámara de la Seguridad Social, sino que pedirá un per saltum para que se expida la Corte Suprema. Da la impresión que es un camino con pocas chances. El máximo tribunal hace dos años que tiene que resolver el mayor robo que sufrieron los jubilados; en abril de 2018, el macrismo suprimió la fórmula que regía en tiempos de Cristina Fernández de Kirchner y de esa manera, en ese abril, en lugar de aumentar más del 15 por ciento a jubilaciones y pensiones, se otorgó un incremento levemente superior al 5 por ciento. O sea, le quitaron 10 puntos a todos los jubilados, porcentaje que siguieron perdiendo mes a mes desde entonces hasta ahora. Lo grave, es que el aumento correspondía a la inflación de fines de 2017, o sea que era un aumento ya devengado, que ya era un derecho.
En realidad, el argumento del reclamo colectivo es ahora, de fondo, el mismo. El 11,56 por ciento de la fórmula del macrismo se corresponde con inflación de fines de 2019, de manera que ya es un derecho. Por lo tanto --sostienen-- no se le puede aumentar menos a ningún jubilado, incluyendo a los que reciben 100.000 o 200.000 o más.
La jueza Saino, rechazando el criterio de las acciones colectivas, sólo aceptó el amparo pedido por la jubilada que encabeza la presentación: Silvia Inés Lizaún. De manera que la magistrada resolverá sobre ese único caso y le dijo al resto que presentara amparos individuales.
Más allá de este argumento, es muy posible que las acciones igual no prosperen porque el oficialismo dice estar amparado por la Ley de Emergencia, que votaron la mayoría de los bloques en Diputados y en Senadores.
Históricamente los magistrados admitieron la declaración de emergencia como una base para la suspensión de derechos, aunque hicieron excepciones cuando se trataba de ingresos alimentarios. En este caso, quienes reciben la mínima están por encima de la fórmula anterior y vienen además de recibir dos bonos de 5.000 pesos. Pero están los jubilados o pensionados que ganan 25.000 o 30.000 pesos que pueden alegar que están en situación de crisis alimentaria y que ese cuadro es muy distinto al que afrontan los que perciben 100.000 o 200.000 pesos.
Todo indica, igualmente, que se terminarán diluyendo las acciones cuando el Congreso vote una nueva fórmula, porque el decreto rige sólo por tres meses. La batalla de fondo se dará entonces a partir de junio y el diagnóstico es que las controversias continuarán.