El Gobierno analiza impulsar una regulación para las aplicaciones de reparto de mercaderías mediante un proyecto de ley que será presentado en las próximas semanas. La actividad abarca a 60 mil trabajadores de cuatro plataformas digitales y la idea en estudio es crear un estatuto por fuera de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) con mecanismos propios para definir la jornada laboral, cobertura de salud, seguros e indemnización.
La iniciativa buscará brindar protección a los repartidores de PedidosYa, Glovo, Rappi y UberEats, quienes trabajan bajo modalidades precarias de contratación vía Monotributo y no poseen vinculación con sus empleadores. A su vez, comprenderá a las compañías trasnacionales, que operan en un limbo jurídico como empleadores sujetos a obligaciones previsionales e impositivas de las que hoy están exentas.
Juan Manuel Ottaviano abogado laboralista, colaborador del CETyD (Unsam) y de Ueplas, miembro del equipo de profesionales que asesora al sindicato de trabajadores de aplicaciones APP, consideró que le parece "auspicioso que haya una orientación en clave de derecho para proteger a los trabajadores de plataformas. Es evidente que este gobierno tiene una perspectiva protectoria de los derechos de los trabajadores a diferencia del gobierno anterior que proponía institucionalizar el fraude laboral. Es un comienzo para discutir hoy los trabajos del futuro y eso necesita innovación en las regulaciones”.
En cuanto a los principales aspectos que debería tener un proyecto de estas características, Ottaviano sostuvo: “Debería garantizar ingresos para cuidar el nivel de vida de los trabajadores bajo el principio de igual remuneración para igual tarea. También disponer límites a la jornada laboral porque lo que sucede hoy en día es que como no hay límite de horas los trabajadores compiten entre sí para ver quien trabaja más, lo cual obviamente los perjudica. Además, tendría que contemplar la protección de la salud y aseguramiento contra los riesgos laborales, ya que están expuestos y arriesgan su vida permanentemente. Por último, debería garantizar el derecho a libre asociación, así como el poder pactar mejores condiciones en el caso de que las empresas estén dispuestas a negociar mejores derechos”.