Casualidad o no, la citación al ex juez federal Ricardo Lona se hizo para el 11 de marzo venidero, día en que se cumplirán 44 años del secuestro y desaparición del ex gobernador Miguel Ragone.
En una ciudad pequeña como Salta, Lona y Ragone se conocían. Sus familias se conocían. Y pocos minutos después de que el ex mandatario fuera secuestrado, a eso de las 8 de la mañana del 11 de marzo de 1976, a la vuelta de su casa, el propio juez habló con su mujer, Clotilde Suárez, para prometerle que pondría todo su esfuerzo en encontrarlo. Una promesa que nunca tuvo la intención de cumplir y que en septiembre de 2019 le valió una condena de 15 años de prisión, precisamente porque se comprobó que en realidad actuó más bien para encubrir a los autores del atentado a Ragone, en el que además mataron al almacenero Santiago Arredes, que quiso ayudarlo, e hirieron gravemente a una empleada de comercio que salió a mirar cuando escuchó el alboroto.
Ahora Lona está acusado por hechos más graves que el encubrimiento y prevaricato por los que fue condenado el año pasado. En esta causa, cuyo expediente se inició en 2005 con el número 627, se le atribuye participación en delitos de “homicidio agravado, tormentos agravados, privación abusiva de la libertad agravada, allanamiento ilegal, lesiones, violación agravada, prevaricato, omisión de promover la persecución y represión de los presuntos autores de tales ilícitos, omitir, retardar y/o rehusar hacer cesar una detención ilegal o dar cuenta de la misma”, ilícitos perpetrados en contra de 73 personas, entre ellas el propio Ragone.
La causa 627, una vieja lucha de fiscales y querellas de organismos de derechos humanos, reúne los casos en que víctimas y familiares de víctimas del terrorismo estatal recurrían al juez para pedir protección. En el Juicio por la Verdad que se hizo en Salta y en los juicios orales ya realizados varios testigos han dado cuenta de las prácticas del ahora ex magistrado: mandaba a archivo las causas o simplemente hacía un bollo con los recursos de amparo y los tiraba al cesto de basura.
Durante muchos años el ex juez se valió de sus amistades en la Justicia Federal y de su conocimiento de los vericuetos del procedimiento penal para evitar las indagatorias. Tras una sucesión de recusaciones y apartamientos, finalmente esta causa quedó a cargo del juez Esteban Eduardo Hansen, del Juzgado Federal Nº 1 de Jujuy, quien decidió ahora la indagatoria.
Hansen reseñó aspectos que a su criterio habilitan esta medida: hay “casos en que los damnificados (…) pusieron en conocimiento del magistrado a disposición de quienes se encontraban detenidos, los vejámenes y torturas a los que habrían sido sometidos por los encargados de su custodia” y a pesar de ello, sabiendo de “esos graves hechos delictivos cometidos por personal de la Policía Federal”, el juez “Ricardo Lona no habría denunciado tales hechos, no existen constancias en autos de haber dado intervención a la fiscalía, así como tampoco de haber ordenado una investigación al respecto”.
Además, en casos en que ordenaba la libertad de detenidos y las fuerzas de seguridad le respondían que estaban a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), “Lona no requirió los correspondientes decretos, por los cuales los detenidos se encontraban a disposición del PEN, de modo tal que las víctimas habrían permanecido privadas ilegalmente de su libertad” y “el magistrado no ejerció ningún tipo de control jurisdiccional, ni motivó medidas en resguardo de los derechos de las víctimas”.
En otros casos “Lona habría dado por cierto las hipótesis de investigación policial, al reservar las actuaciones sin haberle dado el trámite correspondiente, omitiendo de esa manera adoptar medidas de investigación judicial y/o administrativas conducentes a corroborar o descartar las hipótesis sostenida en cada caso por las fuerzas policiales, convalidando de esta forma el accionar policial”.
Ampliación de la acusación
En esta causa Lona volverá a ser indagado por delitos en relación a Ragone. El nombre del ex gobernador desaparecido se le sumó anteayer, en una ampliación de la imputación que hizo la Fiscalía.
Con esta ampliación el número de víctimas llegó a 73. La Fiscalía sumó la no investigación del secuestro de Raquel Herrera de Martinelli. El 9 de enero de 1975 al atardecer un grupo de hombres la metió en un automóvil diciéndole que tenía que ir a declarar. La mujer se desmayó en el trayecto y despertó en un rancho con techo de lona, en un lugar desconocido. Sus captores la ataron de pies y manos y la torturaron provocándole quemaduras con un hierro candente mientras la interrogaban sobre Juan Martinelli, creyéndola su esposa. Cuando se convencieron de que era su cuñada la liberaron.
Herrera de Martinelli denunció este hecho al día siguiente en la justicia provincial, la que tras unos días se declaró incompetente y remitió el expediente al juzgado federal. El 31 de marzo Lona se abocó a la causa pero enseguida, sin llevar a cabo ninguna medida probatoria, sobreseyó provisoriamente la causa “hasta tanto sean habidos él o los autores del hecho”.
A su vez, esta causa está vinculada a otra iniciada luego de la explosión de una bomba panfletaria en la Legislatura provincial, el 16 de octubre de 1974. Los panfletos contenían un comunicado de la Triple AAA. Era una amenaza de muerte dirigida a personalidades destacadas de la vida pública salteña, entre ellos el juez Farat Sire Salim; el decano de la Universidad Nacional de Salta, Holver Martínez Borelli; el diputado provincial Luis Rizzo Patrón, la diputada Hortencia Rodríguez de Porcel, el ex ministro de Gobierno de Ragone Enrique Pfister Frías y Juan Martinelli. También exigía la renuncia a sus cargos, en 72 horas, del propio Ragone, la jueza Martha Sofía Poma y el juez Mario Salvadores, entre otros. Lona también sobreseyó esta causa “hasta tanto fueran habidos los autores de los hechos”, una fórmula que iba a usar casi como una rutina en esos años de terrorismo. Fue lo que hizo en otra causa, de 1975, referida a un explosivo que pusieron en la casa de la familia Martinelli, de reconocida militancia política.
Los fiscales Carlos Amad y Juan Manuel Sivila subrayaron que ante estos hechos Lona “no adoptó ninguna medida de investigación” en la causa de Herrera de Martinelli; no indagó la hipótesis de la intervención de fuerzas de seguridad, a pesar de que estaba claro que era un secuestro vinculado a la persecución política contra la familia Martinelli. “Con todo ello, Lona concretó su aporte para la impunidad de los autores y demás partícipes de los hechos”. Lo mismo hizo en la causa por la bomba en la Legislatura. Por eso lo acusaron por amenazas, coacción agravadas, prevaricato y omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes.
Además de la condena, que cumple en prisión domiciliaria, y de esta causa, Lona está acusado por homicidio en la causa Palomitas, por la matanza de once detenidos políticos.