¿Qué pasará en la Justicia con la atención de víctimas de violencia de género durante la virtual feria decretada por la Corte Suprema? El encierro obligado puede, incluso, agravar agresiones. Mientras desde la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) en la Ciudad de Buenos Aires se informó a Página|12 que continuará atendiendo las 24 horas, de lunes a lunes, aunque con menor dotación de personal, desde la Defensoría General de la Nación reclaman, entre otras medidas, que jueces y juezas disponga una prórroga de oficio por un mes de las medidas de protección para hacer cesar o evitar una situación de riesgo --como perimetrales que restringen el acercamiento del agresor – de forma de garantizar su vigencia y evitar que las mujeres tengan que tramitar su renovación y generar así, aglomeraciones en juzgados. En diálogo con este diario, la titular de la Comisión de Temáticas de Género del Ministerio Público de la Defensa, Raquel Asensio, pidió además que las notificaciones se hagan desde Tribunales –y no tenga que ir la propia víctima—y se implemente la gestión digital de esos expedientes.
Mientras tanto, el Ministerio de las Mujeres, Política de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires dispuso un abanico de acciones frente a la cuarentena por el coronavirus al evaluar que “la convivencia ininterrumpida en un contexto de violencia de género puede transformarse en un factor de riesgo”. Entre las medidas anunciadas figuran campañas de difusión en redes orientadas especialmente a la situación de aislamiento temporario con el lema “Si te quedas en casa, sigamos conectadas”; recomendaciones a todas las áreas de género de los municipios, y otros sectores del propio gobierno con posibilidad de detección de casos; fortalecimiento de la línea gratuita 144 de atención las 24 horas; reasignación de tareas para reforzar los equipos de seguimiento y asistencia de casos críticos y de alto riesgo; un fondo especial para las emergencias en las comunas, y la creación de una mesa de trabajo para la prevención de femicidios.
Este lunes la Corte Suprema declaró días inhábiles desde el 16 al 31 de marzo en todo el sistema judicial nacional como medida frente a la expansión del coronavirus. Habrá mínima actividad en Tribunales: el personal quedará eximido de concurrir a trabajar aunque gozará de sus haberes, pero entre jueces/zas y funcionarios/as garantizarán “una prestación mínima del servicio de justicia” en todas las dependencias. Eso es lo que sucederá en la OVD, informó a este diario su titular, Analía Monferrer. “La oficina continúa abierta pero quedarán atendiendo funcionarios y funcionarias. Por esa razón acordamos reducir el tiempo de atención de cada persona. Siempre hacemos un interrogatorio de los hechos bien detallado para que no tenga que volver a declarar cuando el expediente va al fuero penal también. Pero resolvimos que vamos a priorizar que se dicten las medidas de protección en el fuero civil. Porque habrá menor cantidad de personal atendiendo”, señaló Monferrer a este diario. Y como la sala de espera de la OVD siempre está desbordada por la gran afluencia de mujeres que necesitan denunciar, dispuso que se use como tal la planta baja del edificio de la Cámara Civil, que está al lado, para poder respetar la distancia de dos metros entre personas, explicó Monferrer. Ella misma está en cuarentena desde la semana pasada, indicada por su médica, porque se encuentra dentro de los grupos de riesgo para el coronavirus.
A partir de la decisión de la Corte Suprema de dar asueto al personal judicial, en la Comisión de Género de la DGN empezaron a delinear qué medidas son necesarias para asistir a víctimas de violencia machista, en este contexto, de modo de evitar que tengan que ir a juzgados, circular por distintas oficinas de la Ciudad de Buenos Aires y al mismo tiempo asegurar la protección judicial.
En diálogo con este diario, Asensio detalló las recomendaciones que deberían tomar jueces y juezas que entienden en procesos de violencia de género en los que se requieren medidas de protección:
- Los juzgados deberían disponer de oficio, por un plazo no menor de 30 días, la prórroga excepcional de las órdenes de protección que tengan vencimiento mientras dure la aplicación de las medidas dispuestas de forma extraordinaria por el Gobierno Nacional. “Esta medida puede ser adoptada por los/as magistrados/as en virtud de la obligación de debida diligencia para prevenir la violencia de género, asumida en tratados internacionales de derechos humanos, y en el marco de lo establecido en el artículo 26, inciso “a” de la Ley Nº 26.485, en atención a las dificultades adicionales que pueden encontrar las beneficiarias para requerir la continuidad de las medidas de protección dispuestas”, fundamentó Asensio.
- Se deberían aceptar las presentaciones realizadas por los abogados/as patrocinantes con su sola firma, en los términos dispuestos en el artículo 24, inciso “c” de la Ley Nº 26.485. “Esa norma habilita a denunciar una situación de violencia a cualquier persona, cuando la afectada no pueda formularla por su condición física o psíquica. Teniendo en cuenta la recomendación de restringir la circulación de personas, en especial si se trata de población en riesgo, se considera que esta norma resulta aplicable no solo para realizar la denuncia, sino también para comunicar otras situaciones vinculadas a aquella, siempre y cuando el/la abogado/a pueda constatar la voluntad real de su asistida”, explicó Asensio.
- También se deberían aceptar las presentaciones realizadas vía informática a través del portal del Poder Judicial y tendría que habilitarse que la presentación del escrito en papel pueda realizarse una vez superada la situación sanitaria actual. “A fin de que los juzgados puedan tomar conocimiento de las peticiones realizadas, se sugiere que se dé aviso de las presentaciones que se hayan subido al portal del Poder Judicial vía mail. Del mismo modo, para aquellos casos en los que las/los abogadas/os no hayan sido vinculados al expediente, se habilite la presentación de escritos judiciales vía mail y se provea a su urgente vinculación al expediente, a fin de asegurar la continuidad del proceso”, agregó al experta de la DGN.
- Con el objeto de evitar la necesidad de responder las consultas en mesa de entradas de los Juzgados, se debería permitir que la totalidad de las presentaciones sean subidas en versión digital --esto incluye las peticiones de las partes, informes de organismos como el Cuerpo Médico Forense, dictámenes de defensorxs de Menores, todas las resoluciones judiciales y cualquier otra presentación que se agregue por escrito a los procesos en curso. “De este modo, se disminuiría notablemente la presencia de personas en las mesas de entrada de los juzgados, lo que redunda en una mayor protección de la salud pública, mientras se garantiza la adecuada gestión del proceso por vía digital”, consideró Asensio.
- También sugirió que se suba copia de las resoluciones judiciales originales a la web del Poder Judicial, a fin de facilitar la ejecución de las medidas por parte de las beneficiarias. “Esta medida debería ser complementada con una recomendación del Ministerio de Seguridad para que las medidas dictadas mientras duren estas circunstancias extraordinarias puedan ser ejecutadas por personal de seguridad con copia simple de la resolución judicial. Esta disposición permitiría disminuir el tránsito de beneficiarias hacia los juzgados a fin de obtener la copia certificada de las medidas”, recomendó.
- Además, pidió que las medidas de protección adoptadas sean notificadas al denunciado y comunicadas a la comisaría que corresponda desde el juzgado. Habitualmente la denunciante y víctima tiene que llevarla a la comisaría.