Mediante la Orden Regulatoria 6/20 que fue emitida ayer, la Autoridad Metropolitana de Transporte ordenó a las remiseras que no les cobren a los choferes el servicio de agencia que realizan, lo que en la jerga del sector se conoce como "la diaria".
El documento lleva la firma del presidente de la AMT, Marcelo Ferraris y tiene como destinatarios a los prestadores del Servicio de Transporte Pasajeros Impropio, es decir, taxis y remises.
Por ella se les ordena a los prestadores del Servicio Impropio prestar el servicio en los términos de las resoluciones que dicte el Comité Operativo de Emergencia (creado por DNU 250/2020) y en el marco de las medidas preventivas frente a los efectos del COVID-19.
En tanto se dispone que "los licenciatarios, permisionarios y agencias de remis de los servicios de transporte de pasajeros automotor impropio deberán suspender a partir del día de la fecha (lunes 23 de marzo) el cobro de cualquier suma de dinero y por cualquier concepto, a los choferes de sus respectivas agencias sean estas sumas diarias, semanales, mensuales o anuales, sea que las Agencias presten el servicio o no.
Se estima que en la ciudad de Salta están vigentes unas 1600 licencias de remis, distribuidas en 45 agencias y un número similar aproximado de licencias de taxis. Las agencias de remis suscriben un contrato con el titular del vehículo, en el que el propietario acepta el pago de una suma diaria, cuyo monto de contrato difiere bastante del real.
Así es que cada vehículo paga aproximadamente $500 por día, por los cuales el vehículo accede a una base e ingresa en la distribución de viajes de la agencia.
De acuerdo a esta decisión, la agencias tampoco podrán dar de baja unidades habilitadas y/o choferes registrados del servicio.
Los licenciatarios, permisionarios y agencias de remis, tampoco podrán rescindir los contratos celebrados en el marco de la prestación del servicio impropio y que abarque a agencias, choferes y titulares de vehículos.
Se dispuso además que las agencias de remis que opten por cerrar sus puertas podrán hacerlo en el marco de la emergencia y deberán comunicar esa situación a la AMT mediante mail enviado a mailto:[email protected]">[email protected].
La AMT podrá, en caso de considerarlo en el marco de la emergencia, exigir en cualquier momento la reapertura de las Agencias que opten por cerrar sus puertas. Esa notificación también será cursada vía mail.
Las agencias que decidan cerrar sus puertas en ningún caso podrán disponer la retención de los vehículos y/o cuadernos afectados a las distintas licencias que tuvieren, salvo el caso de aquellos vehículos que se encuentren inscriptos registralmente a nombre de la agencia.
Los conductores de taxis y remises a los cuales se les venció la licencia de conducir, podrán seguir conduciendo con el carnet en esa condición hasta tanto se reestablezca la atención al público de los organismos encargados de renovarlas.
También los vehículos que tengan la Revisión Técnica Obligatoria vencida podrán continuar prestando el servicio hasta tanto se reinicie la actividad en los talleres de Inspección técnica vehicular.
Las medidas tendrán validez durante todo el término que dure la emergencia dispuesta por el Gobierno Nacional y Provincial con motivo de la pandemia COVID-19 o hasta que la AMT las revoque o modifique.
El incumplimiento de las disposiciones vinculadas al cobro de sumas diarias, baja de unidades, contratos, cierres de agencias y retención de vehículos será considerado falta grave y dará lugar a sanciones que pueden ir desde multas, hasta la pérdida de licencias.
Las multas están establecidas en Unidades de Sanción (US) que equivale al precio de 250 boletos del transporte urbano de pasajeros, cuyo valor actual es de $25. En este caso se podrán aplicar multas de 1 hasta 20 US.