El gobernador Gustavo Sáenz firmó ayer el decreto que adhiere al decreto nacional 311/20, por el cual se suspenden por 180 días los cortes en los servicios de agua y luz por falta de pago o mora. El Ente Regulador de los Servicios Públicos de Salta (Enresp) será la autoridad de aplicación y dictará las normas reglamentarias y complementarias necesarias para garantizar el cumplimiento.
La medida sólo alcanza a los servicios públicos que se encuentra bajo el control del Ente Regulador, por lo que el decreto únicamente será para las empresas Aguas del Norte, prestadora del servicio de agua y, Edesa, prestadora del servicio de luz eléctrica.
Si bien el decreto nacional 311/20 también contempla la prestación de gas por redes, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, estos no se encuentran regulados por la provincia.
“La medida se origina a raíz del aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige en todo el territorio argentino y que inevitablemente provoca una desaceleración en la economía”, señaló el comunicado de prensa emitido por el Gobierno. Por ello, considera que ante el contexto, los usuarios pueden verse “imposibilitados de cumplir en tiempo y forma el pago de los mismos”.
El decreto nacional, firmado el 24 de marzo, establece que, los cortes no se producirán hasta tres facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020. En el plazo también están comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso.
Además, se aclaró que “en ningún caso la prohibición alcanzará a aquellos cortes o suspensiones dispuestos por las prestadoras por razones de seguridad, conforme sus respectivas habilitaciones y normas que regulan la actividad”.
En el artículo 5 del decreto nacional, se establece que las empresas prestadoras deberán otorgar a los usuarios “planes de facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas”, que se adecuarán a las pautas de órgano de aplicación, en el caso de Salta, el Enresp.
El decreto 311/20 también señaló que el precio del gas envasado y distribuido en garrafas, cilindros o granel, “continuará con los valores vigentes a la fecha de publicación de la presente medida, durante 180 días”.
El gobierno provincial sostuvo que durante el aislamiento obligatorio tiene que existir una “garantía” en la “correcta prestación de los servicios públicos, ya que los mismos resultan vitales para asegurar condiciones de salud, educación y alimentación”.