A partir de mañana la Concejalía Popular (www.concejaliapopular.com.ar) y el Frente Nacional de Inquilinos habilitarán una Red de Inquilino Virtual para asesorar e informar sobre los alcances del Decreto de Necesidad y Urgencia que se dio a conocer ayer y hoy se publicará en el Boletín Oficial. La Red de Inquilinos virtual permitirá "evitar malos entendidos, abusos y acciones que perjudique un alquiler justo y digno" en el marco de las disposiciones del DNU.
Ese DNU dispuso que hasta el 30 de septiembre próximo se suspenden los desalojos por falta de pago; se prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria; se congelan los precios de los alquileres al valor de marzo; la deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre; las deudas que se produzcan por falta de pago, se pagarán a partir de octubre en 3 cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades; se exceptuará a aquel locador que acredite que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente; se establece mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia, por controversias entre las partes.
Los alquileres alcanzados por la medida son de: inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares; inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias; inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión; inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por cooperativas de trabajo o empresas recuperadas.
Créditos hipotecarios
En otro DNU que también se publica hoy, el gobierno nacional dispuso hasta el 30 de septiembre congelar el valor de las cuotas de los créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda única, a valor del mes de marzo; congelar el valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA; suspender las ejecuciones hipotecarias sobre inmuebles destinados a vivienda única; suspender las ejecuciones prendarias respecto de créditos prendarios UVA; las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en 3 cuotas sin interés; las deudas que se produzcan por falta de pago, se abonarán, a partir de octubre, en 3 cuotas, sólo con intereses compensatorios, sin penalidades.