El Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina recomendó a todos los defensores públicos del país agilizar los pedidos de libertad o moderación de la situación de encierro a las personas que se encuentren en grupos de riesgo, prestar especial atención a la salud de las personas privadas de la libertad y que se inicien o continúen trámites de hábeas corpus en situaciones de hacinamiento u otras restricciones que agraven las condiciones de detención. 

Los defensores y las defensoras que integran el Consejo manifestaron su preocupación por el impacto que el coronavirus podría generar en las personas privadas de su libertad, por las condiciones de detención en penales de todo el país. Además, indicaron, "resulta imprescindible que los Ministerios de Justicia u otras autoridades competentes del país adopten, en aquellos casos donde aún no lo hayan implementado, instrumentos y medidas eficaces destinados a la prevención y protección del COVID-19 en contexto de encierro, en resguardo del derecho a la salud de las personas privadas de la libertad, en especial aquellas consideradas dentro de algún grupo de riesgo".


Estrategias para preservar la salud de los privados de libertad

El Consejo recomendó que las y los defensores públicos de todo el país "presten especial atención a la situación de salud de las personas privadas de libertad, frente a la pandemia que justificó la declaración de emergencia sanitaria por parte del Gobierno Nacional, y que verifiquen y reclamen cuando sea necesario que se asigne un tratamiento adecuado". Para ello, indicó que "agilicen pedidos de libertad o morigeración de la situación de encierro de las personas que se encuentren dentro de un grupo de riesgo". 

Además, advirtió que "inicien o continúen el trámite de acciones de hábeas corpus ante los/as magistrados/as competentes cuando se advierta hacinamiento u otras restricciones de derechos de las personas privadas de libertad que puedan implicar un agravamiento en las condiciones de detención".


Antecedentes nacionales e internacionales 

En un comunicado, el Consejo señaló que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sostuvo que “si existe un peligro de daño a la vida o la integridad personal y el encierro no permite aquel ejercicio mínimo de derechos básicos, según las circunstancias del caso, los jueces deben revisar qué otras medidas alternativas o sustitutivas a la prisión regular existen, sin que eso implique la extinción de la pena impuesta ni dejar de cumplir con la obligación de asegurar su ejecución".

En Argentina, la Corte Suprema de Justicia de la Nación "destacó que un 'principio constitucional impone que las cárceles tengan como propósito fundamental la seguridad y no el castigo de los reos detenidos en ellas, proscribiendo toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija'", recordó el comunicado del Consejo. Así, ese principio reviste "el carácter de una cláusula operativa que 'impone al Estado, por intermedio de los servicios penitenciarios respectivos, la obligación y responsabilidad de dar a quienes están cumpliendo una condena o una detención preventiva la adecuada custodia que se manifiesta también en el respeto de sus vidas, salud e integridad física y moral'".

En los últimos días, el temor por el posible impacto del coronavirus en la población penitenciaria generó situaciones de violencia en distintos penales del país.