Desde que entró en vigencia a principios del mes el Régimen Sancionatorio creado por el Ejecutivo Provincial mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia 255/20, cuya aplicación en la provincia es para sancionar a quienes rompen la cuarentena, y desde el lunes también a quienes no lleven barbijo, generó cuestionamientos desde distintos sectores que coinciden en solicitar al gobernador su derogación.

En la semana se conoció el reclamo de la diputada nacional del Frente de Todos, Verónica Caliva, que pide se lo deje sin efecto al Régimen, debido a que tomó conocimiento de una serie de hechos en los que la policía reprimió y ejerció violencia, según interpreta la legisladora amparados en esta normativa que ubica a dicha fuerza como acusadora y jueza al mismo tiempo.

El decreto y su reglamentación establece que la Policía es autoridad de constatación y el jefe de la Policía el juez. De esta manera un agente detecta una supuesta violación al aislamiento, y será el encargado de llevar adelante el procedimiento de labrar un acta de infracción con los cargos, solo necesita un testigo, pero que puede ser otro policía.

Una vez concluido lo que se denomina “proceso de constatación”, se remite el acta a la jefa de Policía, Norma Morales, que será la que imponga la penalidad. Cuando se lo notifica al infractor de la pena que deberá abonar, puede apelar, y Morales en ese caso recién ahí tiene la obligación de hacer cursar ese recurso y todo lo actuado a la Justicia ordinaria mediante un juez de Garantías.

Caliva denunció que un día después de la puesta en vigencia del decreto, un procedimiento de la policía en General Güemes terminó con una niña de 6 años herida por balas de goma en su ojo. Este hecho la llevó a repudiar el DNU y el accionar de la Policía.

“Llamo a la profunda reflexión a las autoridades provinciales y del municipio, pues nada justifica el violento accionar policial, ya que, a quince días de vigencia de la mencionada medida (por el DNU nacional 297/2020 que dicta la cuarentena) , se conocieron varios hechos represivos en la provincia por parte de las fuerzas policiales”, expresó.

Por eso se manifestó preocupada por “el accionar desmedido y violento sobre todo contra los grupos de las barriadas populares y más vulnerables, que vienen siendo desconocidos en el marco de esta emergencia”.
Exhortamos a que se cumpla con el protocolo por parte del Ministerio de Seguridad de la Nación para evitar la violencia policial, que la justicia investigue y sancione a los culpables y que se inste a todos los miembros de las fuerzas policiales a no avanzar sobre los derechos y garantías de los ciudadanos y las ciudadanas para evitar el maltrato, abuso de autoridad, violencia institucional y el hostigamiento”, señaló Caliva y cerró su manifestación indicando que “debe derogarse el DNU 255/2020 que sólo refuerza la violencia policial y pone en riesgo una Cuarentena en Paz y con Derechos”.

“Graves violaciones a normas constitucionales”

El Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta (FOCIS) mediante una carta dirigida al gobernador Gustavo Sáenz plantea “la preocupación que nos genera el reciente Decreto de Necesidad y Urgencia 255 de 31 de marzo del corriente año, como la Resolución reglamentaria 162 y el anexo de la misma”.

Para el FOCIS “en todos estos textos apreciamos graves violaciones a normas constitucionales y principios republicanos, además de preocupantes deficiencias técnicas impropias de un Estado Democrático de Derecho".

Prnicipalmente se detienen en que “el Poder Ejecutivo Provincial no está habilitado para dictar Decretos de Necesidad y Urgencia en materia penal ni correccional”.

Y después objetan la habilitación al Jefe de Policía como juez: “importa un claro retroceso institucional, más allá de la invocación a una situación creada por la negligencia del Estado provincial que lleva casi 20 años sin crear los Juzgados Contravencionales”.

“Sostenemos que el DNU y su Reglamento hurtan a los Jueces de la Constitución la facultad de investigar, comprobar y castigar a quienes cometan el delito del artículo 205 del Código Penal de la Nación”, advierten.

También indican que “otorgar al Comité Operativo de Emergencia competencia para tipificar nuevas contravenciones, es de una manifiesta ilegalidad”, este reclamo es porque la semana pasada se agregó la posibilidad de sancionar a quienes no lleven barbijos, algo que no figuraba en el DNU 255 original que se agregó la semana que pasó.

Finalmente el Focis apoya las medidas sanitaria y de prevención que se están tomando, pero señala que “con la misma certeza y buena intención queremos manifestarle que las medidas han de tomarse sin quebrar el ordenamiento jurídico constitucional” , y finalmente exhortan a Sáenz a que derogue la norma y dialogue con los otros Poderes del Estado acerca de la aplicación del Código Penal y de la puesta en marcha de la Justicia Contravencional, que si bien está creada no funciona.

Tanto este reclamo como el de Caliva, se suman a objeciones realizadas por organizaciones de Derechos Humanos y por el bloque de diputados provinciales del Partido de la Victoria.

Todos coinciden en que se debe hacer cumplir la cuarentena, pero que ya existen herramientas y normativa vigente, nada menos que el código penal, para hacerlo sin necesidad de crear una nueva.