El tribunal oral federal (TOF) 4 rechazó conceder el beneficio de la prisión domiciliaria Lázaro Báez, quien lo había solicitado tras alegar que integra la población carcelaria de “riesgo” frente al avance de la pandemia de coronavirus. El empresario se encuentra detenido con prisión preventiva desde hace cuatro años. La ley establece que el plazo máximo de esta medida cautelar es de dos años, con posibilidad a extenderlo un año más.
A pesar de la resolución de este lunes en la que la Cámara de Casación recomendó a los tribunales inferiores otorgar domiciliarias para disminuir el hacinamiento en los penales por la emergencia sanitaria, hasta el momento no tuvo impacto en casos concretos que tramitan en la justicia federal. En este caso, los jueces señalaron que tras recibir un nuevo informe médico sobre la salud del imputado quedó ratificado que “no se aprecia motivo alguno para modificar la postura adoptada el pasado 20 de marzo al denegarse el arresto domiciliario de Báez”.
La decisión fue adoptada por los jueces Néstor Costabel, Daniel Obligado (quien recientemente otorgó la domiciliaria a Amado Bodou
) y Jorge Gorini, en el marco un expediente que fue recientemente elevado a juicio oral por el cual el empresario se encuentra en prisión preventiva.
El martes, el fiscal Abel Córdoba había manifestados su oposición al planteo del dueño de la firma Austral Construcciones tras sostener que “la pertenencia a un grupo poblacional caracterizado de riesgo es un elemento valorativo que en sí mismo, por conjetural, no es determinante ni hace a la procedencia automática de la morigeración pretendida”.
Báez se encuentra con prisión preventiva en el marco del caso conocido como M&P, en la que se lo investiga por lavado de dinero, mientras que en la principal causa en su contra ya no está alcanzado por ese instituto y en otra causa por lavado que está en etapa de instrucción le fue concedido el arresto domiciliario.