La Corte Suprema ya está en condiciones de resolver la acción declarativa de certeza que presentó la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner para que el tribunal se pronuncie sobre la legalidad de que el Senado sesione por videoconferencia. Es porque el procurador Eduardo Casal envió el dictamen que los supremos le habían solicitado, donde planteó rechazar el pedido de la presidenta del Senado. En un texto de 17 páginas, desplegó un abanico de argumentos: sostuvo que el máximo tribunal no debería fallar sobre el tema porque eso afectaría la división de poderes ya que no se trata de una “cuestión judiciable”; sostuvo que tampoco advierte que exista un “caso” o “causa judicial” que resolver sino un pedido de “declaraciones generales” de carácter “consultivo”; y concluyó que tampoco es “competencia originaria” de la Corte.

Apenas llegó a la Corte, el escrito fue repartido entre todos sus integrantes. La opinión del Procurador no es vinculante, pero a veces puede influir en el resultado de una resolución. Contra la idea original, todo indica que no habrá un acuerdo remoto entre los integrantes del tribunal donde deliberen sobre el asunto, sino que --como estilan cuando van al Palacio de Tribunales-- conversarán entre ellos y cada uno elaborará su voto. Es posible que haya un pronunciamiento dentro de esta semana. Todas las apuestas indican que rechazará el planteo de CFK, aunque no se sabe si será con los mismos argumentos de Casal, que sorprendieron a algunos jueces por su dureza. Tampoco se descarta que hagan alguna referencia a las sesiones virtuales o las facultades del Congreso de reformular sus reglamentos.

En ese contexto, el PJ y el bloque oficialista en el Senado le solicitaron al máximo tribunal que haga lugar al pedido de CFK . La vicepresidenta pidió una acción declarativa para que el Senado pueda sesionar de manera remota ante las normas de aislamiento preventivo obligatorio que le impiden al Congreso funcionar en forma presencial, sumadas a las medidas específicas para grupos de riesgo y la dificultad para los legisladores que se encuentran en sus provincias --el mismo pedido fue realizado por el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa--. El objetivo es que el Congreso pueda tratar aquellas cuestiones que no se pueden dictar por DNU, entre las cuales están las tributarias, encabezadas por el proyecto de impuesto a las grandes fortunas. La presentación intenta anticiparse a objeciones futuras.

Casal opinó que debe ser rechazada la presentación, aunque del texto se desprende que bien las cámaras del Congreso podrían implementar sus reformas para sesionar acorde a estos tiempos. Usó varios argumentos:

* Para que la Corte opine, dice el procurador interino, debe haber “un caso o causa”, lo que “excluye la posibilidad de dar trámite a acciones que procuren declaraciones generales”. Cristina Fernández de Kirchner, cuestiona, “se limita a requerir, sin que exista una causa judicial (…) que se despeje el estado de incertidumbre con respecto a la validez de sesionar por medios virtuales o remotos con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30 del reglamento de la Cámara de Senadores, teniendo en cuenta la situación de gravedad institucional generada por la covid-19 hipótesis que excede el marco de actuación del Poder Judicial”. Lo que la vicepresidenta plantea, dice Casal, es “una consulta” al pedir que interprete “una norma general regulatoria de la actividad de los miembros del Senado”. El Poder Judicial sólo podría interpretar, aplicar la ley o invalidarla si hay un pleito entre partes.

* “La petición de carácter consultivo que pretende introducir la actora bajo el ropaje de una acción declarativa de certeza no resulta ser una cuestión judiciable”, agrega y explica que intervenir sería, a su entender, una extralimitación del Poder Judicial.

* Tampoco puede opinar la Corte, dice Casal, sobre maniobras denunciadas por CFK tendientes a “impedir la aplicación de las leyes que afecten intereses de grupos económicos”. Incluso dice que sería grave para “la armonía constitucional”.

* Casal no admite la preponderancia de la “gravedad institucional” señalada por la vicepresidenta. Cuestiona la “judicialización de lo que deben decidir otros poderes”.

* Por último, señala que más allá de todas esas consideraciones el asunto no es de competencia originaria de la Corte, “porque no concierne a embajadores, ministros y cónsules extranjeros ni es parte una provincia”, ya que “la presidenta del Senado” demanda al Estado Nacional.

Casal se podía haber limitado sólo a este último punto y plantear que la causa tramite por un juzgado de primera instancia del fuero contencioso administrativo. Pero eligió decir todo lo demás también para dejar en claro una postura crítica respecto de la iniciativa de la vicepresidenta. Ahora es el turno de los supremos.