La pandemia de coronavirus le sirvió de excusa a uno de los parteros de la Esma, Carlos Capdevila, para zafar de la cárcel. El juez Daniel Obligado rechazó la libertad condicional que había pedido el represor, pero lo habilitó a dejar la Unidad 31 de Ezeiza en donde estaba confinado. Ahora podrá cumplir encierro domiciliario. Según el magistrado, Capdevila integra el grupo de riesgo de contraer la covid-19 en el penal debido a su avanzada edad y dolencias varias.
La fiscalía se pronunció en contra de la libertad condicional y de la prisión domiciliaria de Capdevila. En una resolución emitida el lunes, Obligado, que tiene a cargo las condiciones de la ejecución de una de las condenas que Capdevila recibió por los delitos de lesa humanidad que cometió durante la última dictadura en la Esma, consideró que, al momento, “no se encuentran dadas hoy las condiciones para la reinserción social del condenado a través del instituto de la libertad condicional”. ¿Por qué? Pues porque, tal y como cada vez que tuvo posibilidades de hablar ante la Justicia, el partero no se arrepiente de los delitos que cometió. Sin embargo, el juez avanzó en “morigerar la modalidad de su detención, a través de la concesión del arresto en su domicilio”. Según el magistrado, “en relación a las circunstancias particulares y personales referidas, no es posible soslayar que se trata de una persona de 74 años de edad, con graves problemas de salud, y calificado por la División Sanidad del Servicio Penitenciario Federal como un paciente de riesgo frente a la covid-19”.
“En definitiva, considero que las circunstancias particulares que registra Capdevila, como ser su avanzada edad, su grave estado de salud, el tiempo que lleva en detención dentro de una unidad carcelaria, y la pandemia que azota a toda la sociedad, de conformidad con lo señalado por el señor Defensor, conllevan a señalar que la prisión en su domicilio hoy es la solución legal más adecuada para aplacar los peligros que en la actualidad afronta”, postuló.
Carlos Octavio Capdevila es médico y fue capitán de fragata de la Marina hasta que lo degradaron. Integró el departamento de sanidad de la Esma cuando allí funcionó uno de los mayores centros clandestinos que los genocidas montaron a lo largo y ancho del país durante la última dictadura y atendió a secuestradas embarazadas que tuvieron a sus hijos en ese pozo. Su alias, “Tommy”, fue uno de los más nombrados por los y las detenidos que recibieron torturas allí, así como quienes ayudaron a reconstruir esos nacimientos y las posteriores apropiaciones.
Tiene más de 70 años, según el informe del Cuerpo Médico Forense solicitado por el juez Obligado, hipertensión arterial, cáncer de próstata y problemas motrices entre otros problemas de salud. Cuando el Gobierno nacional decretó el aislamiento social, preventivo y obligatorio acorde a la necesidad de limitar lo más posible la circulación de coronavirus, él y casi la mayoría de los genocidas quedó incluido en la población de riesgo frente a la pandemia.
La avanzada edad como principal razón. Luego, las dolencias, en algunos casos, comprendidas como “comorbilidades”. Su defensor Gerardo Miño aprovechó la posibilidad y fue por todo: “No sólo existe un riesgo cierto para la integridad física de mi asistido, sino que existe riesgo de vida, por ende, el Tribunal debe disponer la libertad condicional, en tanto se erige como la solución más efectiva para aplacar el peligro que en la actualidad afronta” en el marco de la pandemia, sostuvo.
Luego, por si no tenía suerte, exigió el beneficio de la domiciliaria, amparado en las recomendaciones de los organismos internacionales defensores de derechos para evitar que la situación excepcional se convirtiera en una razón más violatoria de los derechos de las personas en situación de encierro. Obvio, claro, la excepción que los mismos organismos realizaron respecto de lo que responsables de delitos contra la humanidad, como Capdevila, para ser incorporados en estas medidas.
Extra cuarentena, un dato objetivo habilitó la solicitud: el partero de la Esma cuenta con tres condenas por su participación en delitos de lesa humanidad: la primera, y mayor, a 20 años, la recibió en 2011 en el segundo juicio que se llevó a cabo por lo sucedido en el edificio de Libertador al 8000; en 2015 fue sentenciado a 10 años de encierro por la apropiación del bebé de Orlando Ruiz y Silvia Dameri, nacida en ese centro clandestino que funcionó bajo la órbita de la Armada, y a fines de 2017, en el siguiente tramo de esa megacausa, recibió otros 15 años. Sin embargo, está detenido desde hace más de 16, cuando la megacausa Esma aún estaba en proceso. De hecho, hace algún tiempo, el Tribunal Oral Federal número 5, a cargo de la última condena del genocida, habilitó su excarcelación.
“Cumplió dos tercios de la pena, pero aún contaba con la condena firme a 20 años, con lo cual debía permanecer detenido”, explicaron fuentes judiciales. De las condiciones de cumplimiento de esa primera condena, la única de las tres que recibió Capdevila por su participación en el terrorismo de Estado que confirmó la Cámara de Casación, está a cargo Obligado. Y, de momento, Obligado optó por beneficiar a medias al represor y le negó la libertad condicional basado en el más reciente informe del equipo interdisciplinario de Ejecución Penal, en el que un psicólogo y una trabajadora social concluyeron que Capdevila “no reconoció los hechos por los cuales se encuentra condenado, negando su comisión y por ende, su responsabilidad”. Tampoco expresó “ideas reparatorias ni actitud empática con las víctimas de sus delitos”, ni tuvo “capacidad reflexiva ni de autocrítica”. De hecho, los profesionales consignaron que, tras tres condenas en su contra, Capdevila sigue “justificando y avalando su accionar” durante el terrorismo de Estado.