Los efectos de la pandemia Covid-19 en las prisiones en Argentina serían devastadores. Esto se debe a sus altísimos volúmenes de superpoblación y hacinamiento consecuencia del importante crecimiento de la población encarcelada en los últimos años en nuestro país. Entre 2010 y 2018 la tasa de encarcelamiento a nivel nacional pasó de 143 a 213 presos cada 100.000 habitantes, un aumento del 49%, que se dio especialmente a partir de las políticas del gobierno de Mauricio Macri. En la provincia de Santa Fe, considerando también los detenidos en sede policial, entre 2010 y 2019 la población encarcelada creció un 60%, pasando de una tasa de 124 a una de 198 cada 100.000 habitantes. Casi todo este incremento se produjo desde la puesta en marcha de la reforma de la justicia penal en 2014.
Frente a niveles extremos de superpoblación y hacinamiento en los contextos de encierro se vuelve completamente imposible instrumentar medidas que prevengan efectivamente el contagio de Covid-19. Una parte significativa de la población penitenciaria se encuentra dentro de los grupos de riesgo frente a esta pandemia, tal como han sido definidos por los organismos de salud, internacionales y nacionales. En la provincia de Santa Fe, de acuerdo a la lista elaborada por el Servicio Penitenciario, se trataría del 7% de las personas privadas de su libertad en las unidades penitenciarias.
En nuestra provincia, los múltiples déficits en la adopción de medidas de prevención y protección frente a la pandemia en las cárceles, se sumaron a dos constantes de larga data: las pésimas condiciones de detención y la existencia de un cúmulo de personas que están en condiciones de acceder a la libertad anticipada o condicional (ya que cumplen con el requisito de tiempo transcurrido para ello) pero que ven demorada su efectivización por desidia administrativa y judicial. Esto generó tempranamente, los días 23 y 24 de marzo, protestas colectivas en las prisiones de varones de Coronda y Santa Fe. En este marco se produjo un volumen de muertes violentas que no se registraba en esta provincia desde hacía 15 años.
El Servicio Público de la Defensa así como un conjunto de organizaciones sociales y programas universitarios que trabajan en las prisiones santafesinas han venido reclamando desde aquel momento la necesidad de adoptar medidas estructurales para reducir los niveles de superpoblación y hacinamiento a los fines de incrementar las posibilidades de enfrentar efectivamente los riesgos que implica la pandemia Covid-19 en las prisiones santafesinas. Sin embargo, no se han tomado decisiones en esta dirección desde el Poder Ejecutivo ni desde el Poder Judicial. A esto se le ha sumado en los últimos días, la fuerte difusión de posiciones en el debate público a nivel nacional que se fundan en visiones intencionalmente distorsionadas acerca de las propuestas de distintos actores estatales y no estatales de adopción de diversos mecanismos de reducción de la población privada de su libertad frente a los riesgos que presenta la pandemia. Se trata de medidas que, es importante subrayarlo, vienen siendo tomadas en numerosos países tanto del Norte como del Sur global, promovidas por gobiernos tanto de centroderecha como de centroizquierda. Estas representaciones políticas y mediáticas definen incorrectamente a estas propuestas como si se tratara de una indiscriminada “liberación masiva de detenidos”. Y a partir de esa falsedad, han gestado cierto apoyo social en sectores de clases medias, a través del cacerolazo que se dio en diversas ciudades argentinas el jueves pasado.
En este escenario, las únicas acciones para reducir la población encarcelada en la provincia de Santa Fe se producen a través de un “método del goteo”. El Servicio Público de la Defensa, a partir de instrucciones específicas de la Defensora General de fines de marzo, produce reclamos específicos caso a caso. Hasta el 24 de abril, lo había hecho en 371 casos. Los jueces penales habían rechazado 96 y resuelto favorablemente 50. La población privada de su libertad en la provincia de Santa Fe a diciembre de 2019 era de 6.963 personas. Es decir, que las liberaciones o arrestos domiciliarios obtenidos por la defensa pública han alcanzado sólo al 0,7% de las personas privadas de su libertad.
Mientras tanto, desde el inicio de la pandemia de Covid-19, las personas privadas de su libertad en la provincia de Santa Fe tienen suspendidas las visitas de su familiares y allegados como medida preventiva. Esta suspensión genera un fuerte impacto negativo, no sólo en términos emocionales sino también materiales. Los paquetes que las visitas llevan semanalmente a los presos son indispensables para su subsistencia, en el marco de las pésimas condiciones de vida que se evidencian en las prisiones santafesinas. Por eso resultó significativo que, a partir de los reclamos colectivos de los presos, se haya logrado que las autoridades penitenciarias aceptaran el ingreso de estos paquetes, aun cuando siguen existiendo quejas sobre la forma en que esta medida se está cumpliendo efectivamente. Sin embargo, una vez suspendidas las visitas, las personas privadas de su libertad no tienen otra vía para comunicarse con sus familiares y allegados que los teléfonos públicos existentes en los pabellones, cuya cantidad resulta insuficiente. Por ejemplo, en el pabellón 1 de la prisión de varones de la ciudad de Santa Fe hay un teléfono público para 227 detenidos. De allí, el reclamo de que se autorice el ingreso y utilización de teléfonos celulares a los fines de morigerar el nivel de mortificación que genera la suspensión de las visitas. Esta autorización se ha dado en la provincia de Buenos Aires hace ya más de un mes, a través de un protocolo con reglas precisas acerca de su ingreso y utilización dictado por el gobierno provincial. Decisiones similares, tanto impulsadas por autoridades administrativas como judiciales se han tomado en las provincias de Neuquén, Río Negro, Mendoza, Tucumán, Chubut, Chaco y Entre Ríos. En nuestra provincia, las autoridades del Poder Ejecutivo no han considerado importante avanzar en esta dirección. Y no sólo eso, sino que han manifestado su oposición judicialmente. El 28 de abril, el juez Lazzarini de la ciudad de Santa Fe rechazó la solicitud contenida en un habeas corpus colectivo presentado por la defensa pública, para lograr que los presos puedan acceder y utilizar teléfonos celulares. Siguió los argumentos de los representantes del Poder Ejecutivo y del Ministerio Publico de la Acusación que alegaron pretendidos problemas de seguridad y sostuvieron que las condiciones de los presos no se habían visto agravadas desde el inicio de la pandemia Covid-19 (¿tal vez olvidaron el detalle de la suspensión de las visitas?). Ambiguamente, el juez penal sostuvo que sería bueno establecer algún mecanismo alternativo de comunicación como las videoconferencias, pero no tomó esta decisión sino que realizó una especie de “recomendación” al Poder Ejecutivo.
Por tanto, a diferencia de más de la mitad de los presos de las prisiones argentinas, en la provincia de Santa Fe deberán seguir soportando los dolores del encarcelamiento, exacerbados por la suspensión de visitas, sin siquiera estar autorizados a utilizar un teléfono celular para comunicarse con sus familiares y allegados. En su caso, estarán obligados a recurrir a los mecanismos clandestinos para hacerlo, que se asientan en un persistente esquema de corrupción, que no parece inquietar a las autoridades políticas y judiciales que, a su vez, acaso no perciben que esta autorización implicaría su inmediata y fatal clausura.
La indolencia política y judicial con respecto a los sufrimientos de las personas privadas de su libertad, recrudecidos en este marco general de angustias e incertezas, parece tener escasos límites en este contexto provincial.
*Profesor titular ordinario de Sociología y Criminología, Universidad Nacional del Litoral.