En medio de la controversia sobre la (falsa) liberación masiva de presos y presas, la Suprema Corte bonaerense anunció que revisará el habeas corpus colectivo con el que la Cámara de Casación provincial habilitó prisiones domiciliarias para algo más de 400 detenidos, en el contexto de la pandemia de covid-19. La decisión del alto tribunal, que responde a un recurso de queja presentado por el fiscal Carlos Altuve, deja en suspenso la resolución que había firmado el camarista Víctor Violini en consenso con sus pares, pero esto no implica que quienes ya obtuvieron beneficios vuelvan a prisión sino que no se decidirán más planteos del mismo tenor hasta que la Corte resuelva la cuestión de fondo. Esto podría ocurrir entre finales de esta semana y principios de la próxima. Todo indica que la decisión apuntaría a sostener criterios destinados a descomprimir la sobrepoblación carcelaria, un factor que favorece los contagios masivos en ámbitos de encierro, pero posiblemente cuestionen el uso de una acción colectiva y pidan que se resuelva caso por caso.
Lo que hizo la Corte bonaerense es admitir un recurso de queja presentado por el fiscal Altuve, donde plantea que hay una cuestión de “gravedad institucional”, que excede un interés individual y se proyecta a muchos casos, pero además por “las repercusiones públicas” generadas. Como es conocido ya, actores políticos e incluso judiciales generaron mensajes alarmantes en los últimos días acerca de una supuesta suelta de presos peligrosos, que las cifras desmienten. Lo que Altuve plantea es que Casación no tenía competencia originaria para definir arrestos domiciliarios y dice que lo hizo “en forma indiscriminada sin examen de las circunstancias concretas del caso”. Con este criterio, cada planteo debería resolverlo el juez a cargo, que señala como “juez natural”. Ahora los supremos bonaerenses establecieron un cronograma para dar una “respuesta rápida y eficaz”. Antes de resolver escucharán al procurador general, Julio Conte Grand, y al defensor ante Casación, Mario Coroliano. Ambos tendrán plazo de 24 horas.
El hábeas corpus colectivo resuelto el 8 de abril hacía lugar a arrestos domiciliarios de personas detenidas por delitos leves, no violentos, en riesgo de salud ante el coronavirus por la edad o por patologías previas (tuberculosis, VIH, diabetes, tratamientos oncológicos, Epoc, insuficiencia renal), así como mujeres embarazadas o madres con hijos alojados con ellas en unidades penales. “El hábeas corpus que resolví no permite arresto domiciliario de: delitos cometidos con armas, delitos de violencia de género, abuso sexual o delitos cometidos con violencia”, precisó Violini. Sobre presos con preventiva, se sugería evaluar los plazos cumplidos (no pueden durar más de dos años) y también considerar las situaciones de quienes estén próximos a obtener la libertad. Esto último quedaría a criterio de cada juez. El fallo de Violini criticaba la gestión de Conte Grand, a la que responsabiliza de haber impulsado miles de preventivas mientras que hizo cierto giro frente al hacinamiento actual. La sentencia seguía criterios y recomendaciones internacionales para descomprimir las cárceles frente a la pandemia y lo que viene sucediendo en muchos países, donde se conceden domiciliarias y libertades a mucha mayor escala que en Argentina.
Pero el fiscal Altuve cuestionó que se otorgue un carácter general a las domiciliarias y dijo que fue imprecisa la forma de definir los delitos leves o graves. Habló de arbitrariedad también porque Casación había rechazado su recurso extraordinario y dijo que, además, fue una sentencia que generó “conmoción social e institucional”.
La resolución de la Corte que admite el recurso y anuncia que tomará una decisión está firmada por Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Eduardo De Lázzari y Sergio Torres. Por ahora, queda suspendida la sentencia de Casación firmada por Violini sólo con el fin de analizar los planteos de la fiscalía.
Los organismos de derechos humanos que se ocupan de las cuestiones carcelarias advierten que todo va encaminado hacia una decisión regresiva, en medio de una situación que requiere medidas específicas, urgentes, y Casación ya ha tratado otros planteos colectivos.
La Corte puede darle la razón a Altuve y revocar el hábeas corpus, lo que no necesariamente significa que vuelva todo atrás. Lo más probable es que clarifiquen algunos parámetros e indiquen que cada juez o jueza se ocupe de resolver caso por caso de acuerdo a las características particulares.