La justicia federal ordenó al Servicio Penitenciario Federal instalar equipos para hacer videollamadas en un penal de Río Negro, para que queden a disposición de las personas privadas de su libertad allí, tras una acción de habeas corpus colectivo presentada por la Defensoría General de la Nación luego de que quedara suspendido el régimen de visitas por la pandemia. La decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca revocó, así, la medida del Juzgado Federal local, que había rechazado el pedido en base a que el penal tiene tres líneas telefónicas fijas en cada pabellón.
El tribunal ordenó que “en el menor tiempo posible que la circunstancia exige -que no podrá ser superior a los cinco días- disponga lo necesario para que la Unidad 5 de la Colonia Penal de General Roca cuente con al menos 5 equipos para videollamadas a disposición y en condiciones de ser utilizados por los internos allí alojados”.
Los camaristas Mariano Lozano y Richard Gallego evaluaron los informes del Servicio Penitenciario, que detallaron que en la Unidad Nro 5-Colonia Penal de General Roca hay “un solo equipo de videollamadas” y “un teléfono fijo cada 12 detenidos aproximadamente”. Además, los informes señalaron que, desde que comenzó a regir el aislamiento obligatorio, a cada interno se le entregó una tarjeta telefónica “con crédito para comunicarse por un tiempo menor a una hora”.
Los camaristas también rechazaron la afirmación del Servicio Penitenciario según la cual “las familias (de los internos) no cuentan con la tecnología suficiente para una videollamada”. Actualmente, “la mayoría de las aplicaciones disponibles para esa forma de comunicación sólo precisan de un celular o teléfono móvil de los que, en nuestro país, dispone la mayoría de la población sin importar su condición social”, señalaron los jueces. Por ello, “el requisito de una casilla de correo (necesario para acceder a los servicios de videollamadas) importa una pauta sencilla de explicar a quienes quieran y anhelen comunicarse con sus familiares, amigos, parejas o defensores”.
Inicialmente, el titular del Juzgado Federal de General Roca, Hugo Greca, había rechazado el habeas corpus presentado por la Defensoría, basado en que en cada pabellón del penal tiene tres líneas telefónicas y que las autoridades del Servicio Penitenciario habían distribuido tarjetas telefónicas entre los internos. Por ello, había asegurado Greca, en “la Unidad se instrumentaron diversas medidas para posibilitar el contacto con los familiares y garantizar el derecho a la comunicación”, de modo que no se advertía “un agravamiento ilegítimo en las condiciones de detención”.
En la apelación, la Defensoría advirtió que, a pesar de la orden del Director Nacional del Servicio Penitenciario para que se implementen videollamadas en los penales, en la Unidad solamente se distribuyeron tarjetas telefónicas que cubren una cantidad de pulsos equivalente a menos de 60 minutos. Los internos, señaló el organismo, precisan “cierta privacidad” para comunicarse con familiares y abogados, por lo que había solicitado que se adecuaran 4 computadoras para realizar videollamadas o usar la aplicación web de whatsapp, para garantizar el derecho a la comunicación.
Por su parte, la fiscal María Claudia Frezzini coincidió y advirtió que “la entrega de tarjetas telefónicas resultaba insuficiente y que el empleo del sistema de videollamadas y de otros medios tecnológicos se presentaba como un modo razonable de paliar la afectación provocada en derechos fundamentales, y contribuían a su morigeración”. Frezzini subrayó que, además, el juez Greca, además de rechazar el pedido, no había propuesto ningún mecanismo de comunicación alternativo a los ya existentes en el penal.