Dos trabajadores cíclicos sin registrar en el Documento Universal de Transporte (DUT) de un colectivo que transitó desde Río Negro a Salta quedaron imputados en una causa por los delitos de previstos en los artículos 202 y 205 del Código Penal de la Nación. El primero de los artículos indica que “será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”. El segundo, que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
El juez federal N° 1, Julio Leonardo Bavio, resolvió en una audiencia de clausura de flagrancia que, al menos respecto de los dos trabajadores, la causa se eleve a juicio sólo por el delito más leve, enmarcado en el artículo 205. Sin embargo, desde la Fiscalía se impugnó la decisión y aún se espera la resolución judicial final para luego llevar la causa a juicio.
“De alguna manera creo que la voz de ellos (los trabajadores migrantes) debe ser oída en algo, porque sonaron muchas campanas del otro lado y se generó injusticia sobre sus personas”, dijo a Salta/12 la defensora pública Ximena Colombres.
La abogada es defensora pública coadyuvante de la Defensoría General de la Nación y de la Unidad de Defensa Acusatorio de Salta.
Tras conocerse que uno de estos dos trabajadores portaba el virus SARS-CoV-2, el gobernador Gustavo Sáenz los trató de “delincuentes”. La valoración se extendió a los otros tres imputados en la causa (dos choferes y el dueño de la empresa transportista que trasladaba a los trabajadores).
La mención del mandatario salteño provocó repudios y adhesiones desde distintos sectores.
“Se acompañó evidencia a favor de mis asistidos”, dijo Colombres al sostener que existen pruebas de que ninguno de ellos actuó “con el dolo que esas figuras legales (del 202 y el 205 del Código Penal), requieren”.
La acusación enmarcada en el artículo 202 indica que son responsables de propagar una enfermedad peligrosa. Pero “nadie se contagió a raíz de tomar contacto”, con el trabajador infectado, razonó la defensora.
Añadió que “de ninguna manera”, los trabajadores cíclicos “conocían que eran contactos estrechos de un infectado”. Sucede que ni siquiera el trabajador que vivía con ellos y fue internado en Río Negro sabía que tenía la Covid-19 (la enfermedad provocada por el SARS-CoV-2) cuando los trabajadores viajaron. Y es que los síntomas que presentaba, dijo la defensora, no eran compatibles con la enfermedad.
“Hay evidencia de que de ninguna manera ellos viajaron en calidad de polizones”, agregó la defensora. Señaló que sus defendidos presentaron la documentación requerida por la Comisión Nacional Reguladora de Transporte (CNRT) para poder trasladarse. Por el momento lo que se desconoce es la razón por la cual, efectivamente, no fueron incorporados en el registro del DUT. Pero la inclusión de sus nombres en ese documento “no dependía de ellos”, aclaró Colombres.
“Son solo dos trabajadores golondrina del área de la fruta que fueron a ganarse el mango para traer algo a sus familias. Y quisieron volver cuando el Gobierno nacional abrió la posibilidad de gestionar la vuelta”, concluyó.
Nuevo protocolo
Este lunes en la cartera de Salud había posiciones distintas respecto del criterio de alta para el trabajador cíclico. Nunca tuvo síntomas y ya pasó una prueba negativa para Covid-19.
Originalmente el protocolo indicaba que se debía disponer una segunda prueba negativa para contar con criterio de alta. Esto fue sostenido por el gerente del Hospital Papa Francisco, Daniel Mamaní, según lo informado por otros medios.
Sin embargo, el jefe de Vigilancia por Laboratorio del Ministerio de Salud de la provincia, Daniel Romero, dijo a Salta/12 que cambió el protocolo. Afirmó que los infectados que cuentan con una sola prueba negativa y siete días sin síntomas tienen “criterio de alta”. Entendió que quizás en este caso en particular, como era alta la carga viral en la primera muestra que dio positivo, quizás se quieran reasegurar con una segunda prueba negativa.
Como sucedió con los otros tres pacientes infectados, una vez de alta deberá guardar 14 días más de aislamiento estricto. Si bien su calidad es de imputado en una causa federal, Colombres afirmó que la detención original de diez días ya caducó.