El fiscal federal de Santa Fe Walter Rodríguez, rechazó un planteo de libertad realizado por la defensa del ex jefe de la Policía Federal Argentina en la Delegación de la capital provincial, Higinio Bellagio, a cargo de los abogados Víctor Corbalán y Evelyn Quain. Los letrados creen que su patrocinado, preso desde el 20 de septiembre pasado, debe recuperar la libertad el próximo 20 de mayo, por aplicación de un artículo del Código que permite tramitar ese beneficio a aquellos imputados que enfrenten causas que tengan una expectativa de pena baja. “Es un grosero error de cálculo y desprecio a las pautas de mensura”, señalo el funcionario. En el mismo sentido opinó a un planteo hecho en tándem por la defensa de Mariano Valdéz, superior jerárquico del anterior y también detenido.
Rodríguez señaló que la acusación que pesa sobre Bellagio es de una "gravedad especial", por su rol de funcionario público. Y que estima una condena posible que va desde los dos hasta los 28 años de pena. Ello, además, teniendo en cuenta que el procesamiento contra Bellagio y su jefe de entonces, el comisario Mariano Valdéz, fue refrendado por la Cámara de Apelaciones de Rosario. Ambos, fueron protagonistas del suceso criminal ocurrido en la autovía que une a Rosario con Buenos Aires el 9 de septiembre último en donde hubo un tiroteo.
La defensa ensayó un fundamento en el que intentó justificar el pedido diciendo que Bellagio no tenía condenas previas ni podía ser declarado reincidente, a lo que el fiscal responde que es “lo mínimo que se requiere en esa fuerza para esos rangos”. Y agrega: “de haber ocurrido lo dicho por la defensa en punto a que Bellagio fue ‘especialmente recomendado por sus superiores para ocupar ese cargo en la Delegación’, estimo que, de corroborarse la imputación, aquellos gestores tendrán legítimas razones para sentirse decepcionados”.
Finalmente Rodríguez señala que hay riesgos de caer en la utilización masiva de planteos procesales, reconocidos por la doctrina como recursos “ad infinitum”, y solicita que el juez aplique costas ante repeticiones de este tipo, “con ausencias de razones plausibles para litigar”.