El Gobierno prorrogará por otros 60 días la prohibición que rige para las empresas de efectuar despidos sin justa causa, o bajo el pretexto de fuerza mayor, en el marco de la pandemia de coronavirus.
"En el contexto de la emergencia pública en materia económica, social y sanitaria, y con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener el ingreso y el empleo de la población, el gobierno nacional resolvió prorrogar la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días", informó la Casa Rosada en un comunicado.
La medida incluye la "prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, las pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación".
La medida original fue adoptada a través de un decreto a fines de marzo y vence el 31 de mayo, pero a pedido de la CGT y con la idea de mantener a toda costa la relación laboral, el gobierno nacional la extenderá hasta fines de julio.
La prohibición implica que en caso de despido se debe ir a juicio y el resultado será la reinstalación y el pago de salarios durante el tiempo que no se cobró. En el caso de los no registrados, la situación judicial es más difícil porque tendrán que demostrar el vínculo laboral.
Esto extiende a todos los trabajadores la situación de protección contra despidos que tienen delegados sindicales o la imposibilidad de despedir por razones de discriminación.
El gobierno insiste en que la prioridad en el contexto de crisis económica es mantener la relación laboral, es decir, evitar despidos. Para cumplir ese objetivo, se pusieron en marcha un paquete de medidas.
Por un lado, el Estado nacional a través del programa ATP se ocupa de pagar alrededor del 50 por ciento de los salarios de los trabajadores del sector privado, al tiempo que redujeron las contribuciones patronales y pospuso el cobro de impuestos a los empresarios, junto a los créditos a tasa subsidiada.
Al mismo tiempo, el Ejecutivo aprobó el acuerdo entre la UIA y la CGT para pagar hasta el 75 por ciento del salario de los trabajadores que están suspendidos por las restricciones sanitarias. Con el levantamiento gradual de la cuarentena, se espera que aumenten las tensiones laborales.
El primer decreto de prohibición temporal de los despidos había sido firmado por el presidente Alberto Fernández el pasado 1 de abril, durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
En él se explicaba que "en esta instancia corresponde tutelar en forma directa a los trabajadores y a las trabajadoras como correlato necesario a las medidas de apoyo y sostén para el funcionamiento de las empresas" y que "esta crisis excepcional conlleva la necesidad de adoptar medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta situación de emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo, ya que el desempleo conlleva a la marginalidad de la población"
También encuadraba la decisión en los pactos internacionales firmados por la Argentina y en el artículo 14 bis de la Constitución que "impone una protección específica al trabajo en sus diversas formas y en la coyuntura, deviene indispensable la preservación de los puestos de trabajo".
El punto central en que basa tanto el decreto original como la prórroga está en la necesidad de "garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social".