El intendente del norteño pueblo de Aguaray, en el departamento San Martín, tuvo ayer un día agitado. Primero fue imputado formalmente por el delito de fraude a la administración pública. Al atardecer, el Concejo Deliberante se reunió para comenzar a analizar su particular situación, en la cuerda floja a poco de asumir, por haber autorizado a una empresa, sin tener atribuciones para ello, la extracción de caños de la obra del Gasoducto del NEA.
Además de la acusación penal, el jefe comunal corre el riesgo de perder el cargo, si es que prospera el proceso de juicio politico que el Concejo Deliberante empezó a transitar, o si se avanza con la intervención en la Legislatura provincial.
En una audiencia celebrada por video conferencia, el fiscal general Eduardo Villalba formalizó la imputación penal contra el intendente Jorge Enrique Prado; el secretario de Hacienda de Aguaray, Freddy Marcelo Céspedes, y el empresario Diego Andrés Alos, titular de la firma OSYP SA, la que fue autorizada por el jefe comunal a sacar los caños que pertenecen al Estado nacional.
A todos se les imputó el delito de "fraude en perjuicio de la administración pública", que tiene penas de 2 a 6 años de prisión. “El Ministerio Público Fiscal imputa a los acusados el haber permitido la desafectación de bienes que no le son propios, pues entendemos que se autorizó la sustracción de los caños del Gasoducto NEA que pasan por el territorio del municipio de Aguaray”, sostuvo el fiscal cuando el juez federal de Garantías de Orán, Gustavo Montoya, le cedió la palabra.
El 23 de diciembre de 2019, Prado y su secretario de Hacienda firmaron la resolución 1215, por la que "resolvieron disponer en favor de la empresa OSYPSA SA, cuyo titular es Alos, los caños que eran parte del gasoducto que atraviesa ese municipio”, unos 35 kilómetros de caños. Villalba sostuvo que esta conducta "constituye un delito", el previsto "en el artículo 174 del Código Penal, que establece el fraude a la administración pública por realizar actos en claro detrimento y perjuicio del Estado Nacional”.
“El intendente y su secretario de Hacienda habrían procedido a enajenar caños que no les pertenecen, accionar en el cual también está comprendido Alos, quien aparece como el adquirente de los bienes que son propiedad del Estado Nacional y, por lo tanto, no se encontraban susceptibles de ser comercializados”, enfatizó el fiscal.
El robo comenzó a descubrirse el 7 de febrero. Sergio Fernando Figueroa, inspector de Empresa Integración Energética Argentina SA, denunció en la Sección Aguaray de Gendarmería Nacional que dos camiones transportaban caños de acero de 24 pulgadas pertenecientes al Gasoducto.
Cuando fueron detenidos estos vehículos, que llevaban "al menos" 30 caños, uno de los conductores mostró el documento que autorizaba el traslado, la resolución de Prado, y dijo que eran caños en deshuso y abandonados.
Pedido de captura para dos
El 14 de abril pasado, por otra denuncia, se dio con dos camionetas, cada una de la cuales llevaba once caños. En este caso el hecho se calificó como "robo agravado por ser cometido en despoblado y en banda" y fueron acusados dos hombres, "uno de ellos con numerosos antecedentes por el delito de estafa".
Ayer, a pedido del fiscal, en la audiencia se ordenó la captura de estos dos hombres. Y, dado que para trasladar los caños utilizaron remitos a nombre de una empresa minera y de otra firma comercial, como las destinatarias, Villalba pidió también una orden de presentación en ambas firmas para secuestrar esa documentación.
Asimismo, en la audiencia se aceptó la competencia federal de una causa remitida por el fiscal provincial de Salvador Mazza, por un hecho ocurrido en el paraje Alto La Sierra, en el departamento Rivadavia. En esta causa se ordenó la detención de dos personas, Miguel Angel Cuéllar y Oscar Dante Rodríguez, quienes habrían participado de la adquisición de 77 caños, en este caso pertenecientes a la empresa ENARSA. Aquí la acusación es por robo calificado. Villalba sostuvo que “este caso guarda una íntima conexidad objetiva con el primero de los hechos”, del 7 de febrero.
Una resolución detonante
El fiscal Villalba sostuvo que la resolución de Prado y Céspedes fue un detonante para que se cometieran estos actos. “El delito surge de este acto administrativo, en el cual se concreta la disposición de bienes ajenos, pues nadie puede disponer de algo que no le pertenece y más, cuando en realidad es propiedad del Estado Nacional”, aseguró.
También insistió en que "esta maniobra se despliega apenas se produce la asunción del nuevo intendente”. “El mismo día que asume Prado ya aparece en escena Alos. Y lo hace con una nota con fecha del 10 de diciembre de 2019. Así, y cuando aún no se habían acabado de acallar los aplausos por la asunción del intendente, la nota que tenía como virtud facilitar la entrega de los caños es presentada formalmente”, destacó.
En este contexto, para el fiscal, el 23 de diciembre Prado concretó su parte y emitió la resolución 1215/19, en la cual “se aducen razones ambientales (para extraer los caños, que estaban enterrados, como parte de la obra) que, aún en el caso de estar acreditadas o no, ello tampoco autorizaría a la disponibilidad de esos bienes”.
El fiscal recordó que no todos los funcionarios municipales de Aguaray concordaban con esta decisión, y sostuvo que incluso hubo un funcionario municipal que tuvo que renunciar por esta razón.
Como contraprestración de la desafectación de los caños de la obra del Gasoducto, el empresario mendocino se comprometió a arreglar una plaza, a instalar juegos para niños y proveer iluminación de un espacio de recreación. Una contraprestación que para el fiscal, “así planteada en estos términos, se presenta como inadmisible, como un insulto a la inteligencia, pues entregar bienes del Estado nacional a cambio de juegos para niños, es muy loco, es totalmente inexplicable”.