En el marco de una serie de allanamientos realizados en septiembre de 2018 en Fisherton Sur, vinculados a la venta de estupefacientes, detuvieron a Matías F. de 36 años. El muchacho estuvo preso una noche y fue procesado porque en el patio común del inmueble que comparte con otros vecinos había una planta de cannabis de 10 centímetros, que además no era suya si no de una casa vecina. A fines del mes pasado, y a casi dos años de haber sido procesado y embargado, la Cámara de Apelaciones Federal revocó la resolución y lo sobreseyó. El caricaturesco caso refleja el aciago costado de las investigaciones por narcotráfico, que malgasta recursos para perseguir penalmente a usuarios y a pequeños vendedores, mientras se apilan miles de expedientes por tenencia simple. En su último informe, la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) reveló que casi el 40 por ciento de las causas iniciadas en 2019 por estupefacientes en los Tribunales Federales de Rosario son por tenencia para consumo personal.

En el 2018, año en el que detuvieron y procesaron a Marías F. en su domicilio ubicado en Teros al 9100, fueron iniciadas 1243 causas por estupefacientes en los Tribunales Federales de Rosario, 343 por tenencia simple y por tenencia para consumo personal. Al muchacho lo llevaron detenido en el marco de una veintena de allanamientos por una causa caratulada Nasuti, en la que se buscaba probar una organización de venta de estupefacientes. En algunos de los domicilios allanados los agentes encontraron medio ladrillo y 20 bochitas de cocaína envueltas para la venta. 

"También allanaron el domicilio de mi cliente, que no tenía nada que ver con esa banda. El inmueble tiene un patio común y ahí secuestraron una plantita de 10 centímetros de marihuana, que era de una vecina. Como era una persona mayor, pensaron que la macetita era de mi cliente, y por su juventud se lo llevaron detenido", relató el abogado Marcelo Martorano. 

"Al otro día quedó en libertad, pero cuando resuelven la situación procesal del resto de la banda, que a la mayoría no pudieron relacionarla con Nasuti, el juez Marcelo Vera Barros lo metió en el mismo combo por la plantita y lo procesó por el delito de tenencia simple de estupefacientes, ni para comercialización ni para consumo, que eventualmente tiene una pena de prisión efectiva", agregó el abogado. 

Martorano apeló la resolución manifestando que el consumo personal no se encuentra prohibido por ley; en realidad el artículo existe, pero ha sido declarado inconstitucional en más de una oportunidad. "Por suerte, la Cámara lo terminó resolviendo, pero tuvo la apelación en trámite más de un año", indicó que el letrado, quien recordó que el mismo día en que procesaron a su cliente, en Buenos Aires hicieron una movida por la legalización del autocultivo para producir aceite de cannabis, regalando plantines como la que le secuestraron a Matías F. En el recurso de apelación, el abogado acompañó la foto de esa jornada en Plaza de Mayo.

Tan cortita como la planta, que en realidad no le pertenecía, fue la argumentación del integrante de la sala B de la Cámara Federal de Apelaciones, Aníbal Pineda para inferir su destino: "Teniendo en cuenta la escasísima cantidad de material incautado –una pequeña planta de marihuana de diez centímetros–, no surgiendo tampoco ningún elemento que posibilite inferir un destino distinto que el de consumo que tendría la misma". En orden a la calificación de ese hecho, el camarista sostuvo que la figura que corresponde aplicar en el caso es la prevista por el artículo 14, segundo párrafo de la ley 23.737 y, en consecuencia, disponer el sobreseimiento de Matías F. en base al criterio sostenido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el antecedente “Arriola”.

De acuerdo a los datos de la Plataforma Interactiva de Información Estadística de la Procunar, de las 1768 causas judiciales por estupefacientes iniciadas en Rosario el año pasado, 381 fueron por tenencia y 280 por tenencia simple para consumo personal. si bien el informe advierte que "estas causas rara vez prosiguen su trámite a partir del criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “Arriola”, y aunque no se cuenta con datos precisos, es posible afirmar que la gran mayoría de estas son archivadas inmediatamente después de su ingreso al sistema de justicia, tanto federal como provincial", también plantea el "elevado volumen de causas iniciadas en las que sólo se investigan conductas de tenencia para consumo personal".