En las últimas horas del miércoles se conoció la resolución 140 del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de Salta que disponía la vuelta al trabajo y los protocolos a seguir por el personal administrativo ante la toma de exámenes para la terminalidad educativa. Sin embargo, la decisión generó el rechazo de los trabajadores de la educación porque imponía responsabilidades a los directivos de los establecimientos eduactivos en materia de prevención por el coronavirus.
El enojo de los gremios docentes se hizo sentir de tal manera que pasadas las 20 de ayer lograron una rectificación a través de la resolución 145, por la que el Gobierno tuvo que asumir la responsabilidad como principal actor de garantía y cuidado de la comunidad educativa ante el retorno del personal administrativo y de maestranza que debe volver al trabajo presencial, para posibilitar la realización de los exámenes en el caso de los últimos cursos de los distintos niveles. Además, lograron incorporar puntos que ya habían sido conversados y no estaban en la primera resolución.
“La resolución 140 fue rechazada por los gremios porque no tenía los aportes que se estaban trabajando”, manifestó a Salta/12 el secretario general de la Asociación de Magisterio de Enseñanza Técnica (AMET), Eloy Vidal Alcalá. Pasado el mediodía de ayer, los gremios docentes presentaron una nota dirigida al ministro, Matías Cánepa, en la que expresaron su desacuerdo y señalaron puntos que no habían sido considerados en la 140. Horas más tarde fueron citados por las autoridades provinciales para una reunión.
Uno de los puntos más cuestionados en la resolución fue su artículo 7, que ponía en los directivos escolares la obligación de exigir a cada concurrente al establecimiento una declaración jurada consignando que no presenta síntomas de la Covid-19. “Eso no lo determina una declaración jurada sino los estudios correspondientes”, cuestionó Vidal Alcalá. Con la 145 este artículo fue dejado sin efecto.
Además, recién en la nueva resolución, que según Educación es “complementaria” a la 140, se incorporó la excepción de asistir a los lugares de trabajo a las personas que están dentro de los grupos de riesgo. Esta incluye a los docente, administrativos y ordenanzas. En esa línea se aclaró que “no deberán retornar a las actividades las unidades educativas donde no pueda garantizarse el cumplimiento de los protocolos aprobados", "ni aquellas que se encuentren en zona de riesgo por coronavirus”.
Vidal Alcalá señaló que debe ser el Estado el encargado de proveer los insumos que se necesitan para un efectivo retorno de las actividades administrativas. Y que los docentes y directivos solo deberían tomar la responsabilidad de hacer cumplir los protocolos, y no señalarlos como el principal actor de garantía como se asumía anteriormente.
El protocolo para el funcionamiento administrativo y la toma de exámenes regirá tanto para instituciones públicas como para las privadas, las cuales deberán funcionar en horarios y jornadas reducidas.
“Los funcionarios provinciales se comprometieron a continuar trabajando sobre la estructura edilicia, el abastecimiento de agua, el acondicionamiento áulico y la provisión de insumos necesarios”, se señaló en un comunicado difundido por la cartera de Educación. De la reunión participaron la secretaria de Planeamiento Educativo, Analía Guardo, y la secretaria de Gestión Educativa, Roxana Celeste Dib.
El titular de AMET manifestó que las escuelas "no abrirán hasta que el Estado cumpla con las condiciones de los edificios, los insumos de prevención y el personal necesario”. Además, “si el avance de la pandemia crece, el Ministerio se compromete a volver atrás” con esta decisión, expresó.
Otro de los puntos que no contempla la cuestionada resolución era la cobertura de las aseguradoras de riesgo de trabajo (ART) ante un posible contagio de la Covid-19. En la nueva disposición “se establece que quedan cubiertos todos los accidentes de trabajos, acontecimientos, enfermedades y hechos ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo”. Además, Educación se comprometió a gestionar las habilitaciones necesarias para el uso del transporte público, tanto para el personal como para los alumnos que deban rendir los exámenes.
Exámenes recién en agosto
La resolución ministerial 145 rectificó el artículo 2 de la 140 y dejó constancia de que por un “error involuntario de tipeo” se consignó el 29 de junio como la vuelta de los administrativos al trabajo presencial cuando se tendría que haber indicado el 29 de julio, fecha última en la que el personal deberá abrir las inscripciones a exámenes para los estudiantes que terminan carreras.
Por consiguiente, se comunicó que para los exámenes del nivel secundario la inscripción para el primer llamado será desde el 29 al 31 de julio, y las evaluaciones del 3 al 7 de agosto. Para el segundo llamado, se podrán inscribir desde el 10 al 12 de agosto y los exámenes irán del 13 al 20. En tanto, para el tercer y último llamado ordinario las inscripciones serán del 21 al 24 y los estudiantes tendrán la posibilidad de rendir del 25 al 31 de agosto.
También se establecieron las fechas de exámenes para el nivel superior. En este caso se consensuaron dos turnos extraordinarios. El primero, del 1 al 11 de julio, y el segundo, del 29 de julio al 4 de agosto; mientas que los turnos ordinarios serán del 10 al 14 de agosto y del 19 al 25 de agosto.