El Gobierno nacional aclaró la forma en la que las distintas fuerzas de seguridad actuarán ante quienes circulen sin su permiso
o realicen actividades en incumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Las alternativas incluyen:
- Orden inmediata de regreso al lugar de origen de parte del infractor de acuerdo al tipo de anomalía detectada.
- Demora del infractor a la espera de la decisión del Poder Judicial.
- Detención del infractor de acuerdo al incumplimiento del artículo 239 del Código Penal.
- Secuestro del vehículo del infractor por incumplimiento de los artículos 205 y 239 del Código Penal. La decisión de los pasos siguientes respecto del vehículo es competencia del Poder Judicial.
- En el caso de andenes de trenes, se labra el acta de infracción y se informa al Poder Judicial que dispone los pasos a seguir respecto de lo informado por la autoridad policial.
- En caso que se detecten síntomas compatibles con covid-19, se ordena el regreso al lugar de origen para el cumplimiento de la cuarentena, siguiendo las indicaciones del Poder Judicial.