Acusada por abandono de persona tras el crimen de su bebé, a manos de su expareja, Aldana Muñoz fue absuelta por un tribunal que entendió que la causa en su contra fue un "exceso de punitivismo". Cuando escuchó el veredicto, la joven de 24 años y embarazada de siete meses, solo pudo llorar detrás del tapaboca. Al salir de la sala fue envuelta por un abrazo colectivo de integrantes de la Asociación de Abogadas Feministas (Abofem) que acompañaron el reclamo de absolución y aseguraron que fue un fallo "histórico". Franco López, quien era pareja de Aldana en marzo de 2017 fue condenado a 20 años de prisión. "Ahora sé que el culpable va a pagar y yo voy a poder estar con mis hijos", pudo decir la mujer, entre lágrimas, a este diario. El tribunal quiso dejar un mensaje: "Deberíamos reflexionar sobre la humanización del proceso y considerar los dramas personales en los conflictos penales".
"Nunca pensé que por irme a bañar cinco minutos iba a perder a mi hijo, sino nunca lo hubiese dejado", dijo Aldana cuando declaró ante los jueces Román Lanzón, Mariano Aliau e Ismael Manfrín, al inicio del juicio al que llegó en libertad. Ayer, ellos consideraron que "nadie en la sala podría poner en tela de juicio el dolor que detalló la imputada".
El debate comenzó hace dos semanas, tras el receso judicial por la pandemia de covid.19. La fiscal Georgina Pairola acusó a López por homicidio calificado, con pedido de prisión perpetua, al entender que golpeó en la cabeza al niño de seis meses, mientras la madre se bañaba. En tanto, a Aldana le endilgó abandono de persona y pidió 10 años de prisión. "La acusa bajo el estereotipo de la mala madre", recriminaron desde Abofem, ya que la fiscal le achacó haber dejado al bebé con un maltratador que ejercía violencia de género sobre ella. Incluso, el padre del niño se presentó como querellante y también acusó a la joven que tiene otros tres hijos.
Tras el debate, el juez Lanzón adelantó algunas consideraciones de los fundamentos. "No hay dudas de que la muerte de Mateo fue por un severo golpe en la cabeza, en la que especialistas descartan una caída casual". En ese sentido, reconstruyeron de voz de los testigos que cuando escuchó el llanto del bebé mientras se bañaba "Aldana salió del baño y Franco ya estaba con el nene en la vereda".
"Va a ser un fallo histórico: de ahora en más se va a tener en cuenta los lineamientos que no se pueden cruzar". Daiana Araya, Abofem
Para los jueces, el dolo (intención) del delito de abandono de persona "consiste en el conocimiento y la voluntad de que se produzca la situación riesgosa". Y recordaron que "López insistió a Muñoz para que ella le permitiera pasar más tiempo con su hijo, prometiendo que cambió y que quería demostrárselo. Ella descreía. Los testigos coinciden en que Aldana cuidaba a sus hijos". También consideraron "llamativo que los acusadores concluyan que la mañana del hecho, ella tenía intención de poner en riesgo a su hijo". Incluso, mencionaron un diálogo "en el que el acusado parece haber tenido una conducta amorosa con el niño, que persuadió a la madre para otorgarle algún grado de confianza". Y apuntaron a que "las víctimas no suelen tener la clarividencia que la Fiscalía y la querella estiman que debió tener Aldana. Es humano el intento de pugnar para salvar las relaciones. La de ellos era incipiente", dijeron. "Las acusaciones (contra la madre) se perciben como una simplificación extrema de la complejidad humana, endilgándole a Muñoz que no se alejó ante las primeras manifestaciones de violencia de López; y pretenden hacerla penalmente responsable por esa conducta", plantearon.
El tribunal consideró que "si ella pudo hacer un poco más o un poco menos, y que de ese comportamiento se configure el ilícito penal, es un exceso de punitivismo alejado de la realidad. Para quien solo tiene un martillo en sus manos -plantearon-, todos los problemas son clavos. Es un error mirar el mundo a través del prisma del Código Penal. Imaginemos las consecuencias de aplicar tan arbitraria vara punitiva a personas que atraviesan una situación vulnerable como la que atravesó Aldana", señalaron. Y reprocharon que "se exhibieron aspectos innecesarios de la vida personal de Muñoz. Para Aldana, tras perder a su hijo, esto fue una pesadilla difícil de imaginar".
Daiana Araya manifestó la sensación de todo el grupo de Abofem. "Nos emociona no solo la sentencia, sino lo que dijo el juez acerca del enfoque punitivista de la Fiscalía. Entendemos que va a ser un fallo histórico: de ahora en más se va a tener en cuenta los lineamientos que no se pueden cruzar. El caso fue acompañado desde adentro, con la cabeza de tres compañeras puesta en esta militancia y la empatía, sumado al trabajo para que la sociedad conozca el tipo de justicia que tenemos", dijo. "La humanización de la justicia es lo que venimos pidiendo. El derecho feminista pide eso; que empiecen a dejar de hacer ingresar en tipos penales cuestiones que no son delitos, que empiecen a escuchar a las personas", planteó. En el debate se vio "lo mismo que sucede siempre en estos casos, donde no hay nada para imputar y se basan en situaciones personales, sobre todo si se trata de una mujer. Se basaron en eso para ser punitivistas. Suele suceder que a las víctimas de violencia se les pida más, haber hecho más, plantear que se tendría que haber ido, que no se tendría que haber ido a bañar".
El defensor público de Aldana, Darío Pangrazi, se manifestó conforme con la resolución. "Se receptó lo que pedimos desde el inicio. Aldana fue acusada de manera injusta", dijo.