El Gobierno nacional extendió hasta el 31 de diciembre próximo la vigencia del programa Ahora 12, e incorporó a las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito emitidas por entidades no financieras.
Lo hizo a través de la Resolución 201/2020
de la Secretaría de Comercio Interior publicada en el Boletín Oficial. La norma precisa que el programa mantendrá su vigencia para las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito emitidas por entidades financieras o no, y de plataformas de pago digital.
Por otra parte, se mantuvieron los plazos de cobro y las tasas de interés para proveedores y comercios, por las operaciones con tarjetas, que rigen para todos los plásticos, sean emitidos por una entidad financiera o no.
Los proveedores y comercios en las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito cobrarán en un plazo de hasta 10 días hábiles, para las ventas realizadas con la modalidad de tres cuotas, con la aplicación de una tasa máxima de descuento de 2,44%; y en seis cuotas, de hasta 4,75%.
En tanto, podrán elegir cobrar en un plazo de 60 días corridos con una tasa máxima de descuento del 7% directa o en hasta 10 días hábiles con una 9,15%, para las ventas realizadas en 12 cuotas.
Para las operaciones a 18 cuotas se podrá elegir entre cobrar a 60 días corridos con un descuento del 11,18% o hasta 10 días hábiles, con un descuento del 13,26%.
Con el programa Ahora12 se pueden adquirir:
-- Productos de "línea blanca": aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
-- Indumentaria: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.
-- Calzado y marroquinería: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
-- Materiales y herramientas para la construcción: arena, cemento, cal, yeso, ladrillos, hierro, chapa, aberturas, maderas, cerámicos, sanitarios, caños y tuberías, grifería, membranas, tejas, pintura, vidrios, herrajes, pisos de madera y herramientas de trabajo, entre otros.
-- Muebles para el hogar.
-- Bicicletas: inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.
-- Motos: comprende a todas aquellas cuyo precio final no sea superior a 180 mil pesos.
-- Turismo: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos de cabotaje, hoteles y otros alojamientos turísticos habilitados por el organismo provincial competente, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje habilitadas, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales.
-- Colchones y sommiers.
-- Libros: comprende textos escolares y libros de impresión nacional.
-- Anteojos: recetados, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a 10 mil pesos.
-- Artículos de Librería: artículos escolares como cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros.
-- Juguetes y Juegos de mesa.
-- Teléfonos celulares 4G.
-- Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
-- Instrumentos musicales.
-- Computadoras, notebooks y tabletas.
-- Artefactos de iluminación, incluyendo de tecnología LED.
-- Televisores.
-- Perfumería: productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.
-- Pequeños electrodomésticos.
-- Servicios de preparación para el deporte, comprendiendo gimnasios.
-- Equipamiento médico: electrocardiógrafos, desfibriladores, monitores para distintas señales fisiológicas, balanzas de grado médico, instrumental, elementos de esterilización.
-- Maquinaria y herramientas: taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.
-- Alimentos: productos informados en el Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA).
-- Medicamentos.
-- Lámparas y tubos de iluminación con tecnología LED, producidas dentro o fuera del Territorio Nacional, cuyo destino sea residencial, comercial o industrial, podrán ser adquiridos en 3 y 6 cuotas.