Cuatro hombres que fueron interceptados el 20 de mayo último regresando de una jornada de pesca, cuando la actividad estaba prohibida, y cuando la provincia se encontraba en aislamiento social preventivo obligatorio, y a quienes se les abrió una causa penal por violación al artículo 205 del Código Penal, acordaron con el fiscal federal Ricardo Toranzos que realizarán donaciones y trabajos comunitarios en el Valle de Lerma.
Esta forma de resolución de conflictos está prevista en el nuevo Código Procesal Penal Federal, que instaura el sistema acusatorio. Salta es una de las pocas provincias donde ya se aplica este sistema, desde hace poco más de un año.
Los cuatro hombres fueron interceptados por policías de la Sección Seguridad Vial Talampaya, de Chicoana, cuando realizaban un control de prevención sobre la ruta nacional 68. Los pescadores no tenían autorización de circulación, y sus elementos de pesca estaban a la vista en la camioneta en la que andaban, que llevaba varios peces.
La Fiscalía abrió una investigación por infracción al artículo 205 del Código Penal, de aplicación respecto a la violación a las medidas sanitarias previstas en el DNU nacional 297/20 y disposiciones locales en el marco de prevención contra la pandemia.
En esa investigación la defensa de los pescadores presentó una propuesta de acuerdo. Propuso que los hombres donarán mercadería por $8.000 mensuales durante cuatro meses, a razón de $2.000 mensuales cada uno. Estas donaciones serán para el Hogar de Ancianos Rural Las Moras de la localidad de Chicoana; el Hospital San Rafael, de El Carril; Bomberos Voluntarios, de El Carril, y el Hospital Rafael Villagrán, de Chicoana.
Además, acordaron realizar tareas comunitarias hasta cubrir 48 horas durante tres meses, es decir, 16 horas mensuales, consistentes en el arreglo del mobiliario y tareas de limpieza en dos instituciones educativas de El Carril, lo que tienen que hacer antes de la reanudación del ciclo lectivo. Se dispuso que los trabajos se realicen en las escuelas Sagrada Familia y Manuel José Castilla.
El fiscal consideró que el acuerdo “se condice con los principios de proporcionalidad y razonabilidad, no resultando ilegítimo o ilegal”.
Destacó que “en el nuevo paradigma del sistema de enjuiciamiento penal, las soluciones alternativas tienen un rol destacado como herramientas para resolver el conflicto penal como concepto que aparece reemplazando la noción de ‘infracción penal o normativa’”. Y señaló que este “hecho objeto de investigación no revistió circunstancias agravantes especiales que puedan significar una situación socialmente alarmante y como tal disuasiva de la admisibilidad de la conciliación”.
El "acuerdo conciliatorio" es una de las herramientas previstas en el Código Procesal Penal Federal.
La Unidad Fiscal Salta, indicó que el artículo 22 del CPPF insta tanto a los jueces y fiscales a procurar resolver “el conflicto surgido a consecuencia del hecho punible, dando preferencia a las soluciones que mejor se adecuen al restablecimiento de la armonía entre sus protagonistas y a la paz social”. Con es fin, el fiscal Toranzos interpretó que el acuerdo conciliatorio no solo comprende a los “casos de delitos con contenido patrimonial cometidos sin grave violencia sobre las personas”, sino que también está habilitado a conciliar sobre otros ilícitos, como la infracción a las normas sanitarias dictadas ante la pandemia.
Una vez que en el trámite se acredita el cumplimiento del acuerdo, se "extingue la acción penal”, pero hasta que eso no ocurra el legajo queda reservado y puede ser reabierto, si hay un incumplimiento.
En este caso el fiscal y los cuatro pescadores presentaron el acuerdo al juez federal de Garantías Miguel Medina, quien en una audiencia realizada el 3 de este mes, homologó esta solución.