Un proyecto para garantizar el acceso a la gestación por sustitución -una de las técnicas de reproducción asistida a la que acuden aquellas personas o parejas que no pueden gestar- en condiciones de igualdad ingresó en el Congreso hoy, a diez años de la sanción de la ley de matrimonio igualitario. “Se trata de atender un vacío legal que existe y garantizar los derechos de las personas involucradas”, explicó la diputada cordobesa Gabriela Estévez (FdT), autora del proyecto que, dijo, “tiene que ver con un acompañamiento, además de apuntar a una mirada con más delicadeza por parte del poder judicial”. Establecer las condiciones para el acceso a la gestación por sustitución en condiciones de igualdad “es un derecho de la ciudadanía que hay que garantizar”.
“Hoy en día acceder a la gestación por sustitución es un privilegio de clase”, explicó la diputada, quien añadió que, además, “la mayoría de las gestaciones por sustitución tienen como protagonistas a parejas del mismo sexo que no tienen la posibilidad de gestar”.
El proyecto de ley "es parte del camino que estamos transitando hacia la profundización de derechos", de manera de "generar marcos legales para que esos derechos conquistados se cumplan", evaluó Estévez, en referencia, además de a la Ley de matrimonio igualitario, a normas como la Ley 26.862, de acceso a las técnicas de reproducción asistida, y la Ley de Identidad de Género.
El proyecto, que ingresó este miércoles y espera su tratamiento en las comisiones de Legislación general y Mujeres y diversidad, establece que el método de gestación por sustitución “debe ser autorizado por autoridad judicial”, antes de llevarse a cabo. En este sentido, la diputada explicó que existe un vacío legal cuando el proceso judicial se da posteriormente, para el reconocimiento legal del vínculo.
“En ese vacío pueden ocurrir situaciones de explotación en mujeres que se encuentran en condiciones vulnerables, que el Estado está desatendiendo”, afirmó Estévez.
“En ningún caso este proyecto se trata de alquilar vientres, sino de legislar para que eso no suceda”, advirtió Estévez. El texto, redactado por la diputada junto a la abogada Marisa Herrera, es resultado del análisis de 52 fallos judiciales, 26 de los cuales refieren a autorizaciones previas, es decir, la modalidad que propone el proyecto.
El peso del vínculo afectivo
El proyecto define a la gestación por sustitución como un procedimiento de técnicas de reproducción médicamente asistida para que una persona denominada gestante, sin ánimo de lucro, lleve adelante un embarazo para que “la persona nacida tenga vínculos de filiación con una persona o pareja con quien o quienes la gestante posee lazos afectivos”. El hincapié en la comprobación del vínculo afectivo entre la persona gestante y quien tiene la voluntad de ser madre o padre procura evitar “cualquier tipo de estipendio económico y garantizar que se trate de una situación de solidaridad de alguien que quiere acompañar la conformación de una familia”, advirtió la diputada. Así, según establece el proyecto, “la filiación queda determinada por la sentencia judicial que autoriza la gestación por sustitución, siempre sujeta al nacimiento con vida del niño o niña”.
Como parte de la regulación, el proyecto propone condiciones como que la persona gestante haya tenido un embarazo exitoso previamente y que no sea parte de más de dos gestaciones por sustitución.
La iniciativa también establece que la persona nacida a través de una gestación por sustitución “tiene derecho a acceder al expediente en el que consta toda la información sobre su origen gestacional”.
Por su parte, los futuros padres o madres deben dar cuenta de su incapacidad de gestar “por razones de salud, sexo, género, identidad de género u orientación sexual”. Además, deberán demostrar que tienen la posibilidad de contratar un seguro de vida y garantizar una compensación económica para los gastos que se deriven del embarazo. La cobertura del tratamiento médico, en cambio, está prevista por la ley, ya vigente, de reproducción asistida.
Informe: Lorena Bermejo