El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, dipuso que una Unidad Fiscal llevará adelante una investigación en el marco de una averiguación preliminar sobre los "supuestos beneficios penitenciarios concedidos a los condenados Francisco Terrón Villagrán y Aldana Leiseca, por parte del Juzgado de Ejecución N° 1", a cargo del juez Rodolfo Quinteros. "La Ley 7.138 establece la posibilidad de remoción de magistrados por mal desempeño", recordó el Ministerio Público Fiscal en el comunicado sobre la creación de la constitución de la Unidad Fiscal para realizar estas averiguaciones.

El MPF indicó que el procurador consideró necesario abrir una investigación ante la "noticia criminis referida a supuestos beneficios penitenciarios concedidos al Francisco Terrón Villagrán y Aldana Leiseca, y que podrían constituir anomalías o irregularidades en su otorgamiento". La Unidad estará integrada por los fiscales penales Rodrigo González Miralpeix y Ramiro Ramos Ossorio.

González Miralpeix ya venía actuando en relación a Terrón Villagrán. Hace tres días apeló la libertad condicional otorgada al abogado, quien fue condenado en agosto de 2016 por abuso sexual y distribución de pornografía infantil. Entre las principales razones, el fiscal argumentó que para otorgar este beneficio, el juez Quinteros tuvo en cuenta un informe del perito de la propia defensa del condenado, que consideró  que  hay una evolución psicológica sostenida y favorable, y en cambio pasó por alto lo expresado por los profesionales del Gabinete de Psicología del Poder Judicial y del Servicio Penitenciario, quienes no descartaron la posibilidad de que incurriera nuevamente en conductas iguales o similares a las que llevaron a su detención.

Estos peritos también advirtieron en su informe que Terrón Villagrán establece relaciones asimétricas en las que se ubica en un lugar de control y superioridad con respecto a la figura femenina. Y advirtieron que “en situaciones de tensión pueden manifestarse comportamientos impulsivos y eventualmente agresivos” en lo relativo a su conducta sexual.

El fiscal consideró que estos informes evidencian claramente que Terrón Villagrán no está aún en condiciones de reinsertarse a la vida social.

Además, subrayó que el juez no valoró "en absoluto" la opinión del Consejo Correccional, que por unanimidad, dictaminó desfavorablemente sobre la posibilidad de otorgarle la libertad condicional. Asimismo, los padres de la niña víctima indicaron que no están de acuerdo con que se le diera este beneficio al agresor. 

Además, el fiscal González Miralpeix sostuvo que para la obtención de la libertad condicional, no resulta suficiente cumplir con el requisito temporal, ni tampoco con la observancia de los reglamentos carcelarios, sino que “resulta de fundamental importancia tomar en cuenta la evolución que el condenado ha tenido en el tratamiento penitenciario y, en consecuencia, su pronóstico de reinserción social”, que en el caso resulta insuficiente.

Sin informe a la víctima

Aldana Leiseca fue condenada a ocho años de prisión en septiembre de 2015, por el homicidio de Sabrina Berton, cometido el 14 de marzo de 2008, alrededor de las 21.30. Las dos jóvenes iban en el grupo "La banda del camión", camino a la cancha del Club Gimnasia y Tiro, donde el equipo local se enfrentaba con a Central Norte. Cuando iban por la esquina de la avenida Belgrano y la calle 25 de Mayo, hubo un momento de confusión en el que Berton recibió un disparo en la cabeza. 

Desde sus inicios, la causa avanzó con muchas dificultades y la acusada recién llegó a juicio siete años después del hecho. Fue condenada a cumplir 8 años de prisión efectiva, condena que recién comenzó a cumplir el 5 de mayo de 2016. Esta semana se supo que el juez Rodolfo Quinteros había decidido darle la semilibertad porque ya cumplió el 50% de su pena y porque tiene buena conducta. La madre de la joven fallecida, Roxana Belbruno, informó que no había sido informada de esta novedad

Tras la difusión de su disconformidad, el juez Quinteros la notificó de su decisión, e incluso, de una aclaración, que por su contenido más parece una corrección, de su primera resolución, que data del 3 de julio. La cédula notificatoria fue difundida por Belbruno, con el aviso de que le llegó como respuesta "Por mi pública queja de no haber sido notificada de la salida de Leiseca".

La notificación a la madre de la víctima es del 14 de julio. En ella se informa que el 3 de julio resolvió “conceder el beneficio de semilibertad a la interna penada Leiseca, Aldana Alejandra", se indica el régimen que seguirá: “sale y regresa al Penal, bajo tuición indistinta de sus referentes sociales, Sr. Lucas Tognolini (concubino)” o su madre Claudia Noemí Sandoval, “para desempeñarse laboralmente en el Concejo Deliberante de la ciudad de Salta", de lunes a viernes, de 8 a 13 y de 16 a 20. Además, le concedió "el beneficio de salidas transitorias” para "estrechar vínculos con los referentes familiares”, lo que podrá hacer un domingo al mes, de 8 a 20.

El juez le notificó también que el 8 de julio dictó otra resolución aclaratoria de la primera, en la que se le impone a Leiseca la "prohibición de acercamiento a los familiares de la víctima", a menos de 200 metros de distancia, a su domicilio u otros lugares que frencuenten y "la prohibición de mantener contacto" por cualquier otra vía, "bajo apercibimiento de revocarse la presente libertad”. Recién en esta segunda resolución dispone que se informe a los familiares de la víctima. 

En declaraciones a FM Capital, Belbruno aseguró que trabajadores municipales le informaron que Leiseca iría a prestar servicios en la Municipalidad, donde ya se desempeñó mientras estaba acusada. "Llaman la atención los apoyos políticos que le dan", sostuvo la madre, quien enfatizó que le preocupa "el juez que otorga estos permisos", en este sentido destacó que la ley 6068, del estatuto del empleado municipal, "específicamente dice que no podrán ingresar o reingresar quienes tengan causas o condenas penales graves".