La Ley 8191, que nació a partir del Decreto de Necesidad de Urgencia 255 dictado por el gobernador Gustavo Sáenz y apuntado desde su génesis por inconstitucional, sumó un nuevo cuestionamiento desde un organismo nacional.

En este caso fue el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) que recomendó a las autoridades de la provincia de Salta la derogación de esa norma, “que faculta al jefe de Policía provincial a imponer penas de arresto por un máximo de sesenta días y multas por igual término para personas encontradas en flagrante transgresión de las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria, sin intervención judicial ni garantías de acceso a una defensa técnica, apelable sin efecto suspensivo”, tal como lo expresaron en un comunicado.

Mediante la resolución 17/20, que fue notificada a las autoridades provinciales, el Comité afirmó que la ley 8191 “se encuentra en clara contradicción con las reglas del debido proceso legal, las garantías mínimas reconocidas en materia de derechos humanos y no se adecua a los estándares internacionales de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.

En otro párrafo señaló que sin bien puede existir una situación de excepcionalidad que restringa la circulación y las libertades personales, “el CNPT recuerda que los sistemas internacionales de protección de derechos humanos no permiten suspender garantías esenciales ni afectar derechos determinados. Además, las restricciones excepcionales deben ser previstas por una ley que no comprometa la esencia del derecho, utilice criterios precisos, no confiera discrecionalidad a las personas encargadas de su aplicación, se ajuste al principio de proporcionalidad, sea compatible con otros derechos y con los principios fundamentales de igualdad y no discriminación”.

Asimismo, invocó la comunicación conjunta “de expertos/as en derechos humanos de Naciones Unidas indicando que los Estados no deben abusar de las medidas de emergencia para reprimir los derechos humanos, e instándolos a evitar la extralimitación de las medidas de emergencia”.

En ese documento de Naciones Unidas, se recuerda urgentemente a los gobiernos que “cualquier respuesta de emergencia al coronavirus debe ser proporcionada, necesaria y no discriminatoria y que la declaración de emergencia no debe funcionar como una excusa para la acción represiva bajo pretexto de proteger la salud”.

Por último, el CNPT subrayó la importancia de poner en funcionamiento al Mecanismo Local de prevención de la tortura de Salta, creado por la Ley 8.024 sancionada en 2017, y que por cuestiones presupuestarias tiene tres de los cincos miembros designados, pero que aún no pueden ejercer funciones al carecer de recursos para tal fin.

El cuestionamiento del Comité se suma al habeas corpus presentado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación por la violencia institucional en la provincia, propiciada por el DNU. Anteriormente distintas organizaciones sociales e instituciones salteñas había explicitado su rechazo al decreto, que a pesar de todo alcanzó el status de ley, al no haber sido tratado en la Legislatura por la férrea negativa de los bloques del oficialismo, que por tener amplia mayoría numérica cuentan con dicha facultad de bloqueo. La Corte de Justicia de Salta todavía no se pronunció en un planteo realizado por organismos de derechos humanos de la provincia, que tachan esta normativa de inconstitucional. 

Legisladores nacionales con HIJOS

También con motivo de plantear su preocupación con respecto a la nueva Ley, integrantes salteños de la organización HIJOS mantuvieron sendos encuentros con los legisladores nacionales del Frente de Todos, Lucas Godoy y Nora Giménez.

Tras la reunión que mantuvieron con Godoy, el diputado expresó que “es inadmisible que el Estado sea responsable de ejercer violencia contra los ciudadanos y que además le de instrumentos de dudosa constitucionalidad a la Policía para controlar el cumplimiento de las disposiciones excepcionales tomadas por la pandemia, transformándose la jefatura de policía en juez y parte de contravenciones, lo que permitió que se lleven a cabo procedimientos que terminaron en verdaderos atropellos policiales contra los salteños”.

También hizo hincapié en que esa conclusión se fundamenta en el “minucioso informe que elaboraron desde HIJOS Salta y de la Asociación Pensamiento Penal, donde registraron los casos de violencia institucional que se dieron en Salta durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio”.

En ese sentido coincidieron en que se debe derogar la Ley 8191, y en avanzar a nivel nacional con la creación de herramientas para prevenir la violencia institucional, y fijar sanciones a quienes nieguen el terrorismo de Estado en todo el país.

En tanto la senadora Giménez expresó luego de su encuentro vía Zoom con HIJOS, que adhiere a la preocupación de esa organización y de Pensamiento Penal “por las violaciones a los derechos humanos registrados en la provincia al amparo de la ley provincial 8191 (ex decreto 255); y me comprometo a trabajar en una agenda en común para luchar contra todo acto de violencia institucional, lograr la derogación de la ley y garantizar el pleno estado de derecho en la provincia de Salta”.

Por otro lado, la legisladora señaló en que coincidieron “en la afrenta a la democracia que significa la designación en la Corte de Justicia del doctor Horacio Aguilar, quien fue el abogado defensor de Carlos Pedro Blaquier y otros acusados de crímenes de lesa humanidad en la vecina provincia de Jujuy”.