“Esto fue un asesinato, lo corrió sesenta metros, lo remató cuando estaba herido y desarmado”, le dijo a Página/12 María del Carmen Verdú, de Correpi, en referencia al caso del jubilado que asesino a Franco Martín Moreyra. “Lo que pasó es igual a lo que hizo el ingeniero (Horacio) Santos”, quien en 1990 asesinó a dos jóvenes que le habían robado el estéreo del auto. Otros dos abogados de larga experiencia en el fuero penal, coincidieron en que “esto no puede ser considerado un caso de legítima defensa”.
Por su parte, Gabriela Carpineti, directora nacional de Acceso a la Justicia del Ministerio de Jusicia y DDHH, le dijo a este diario que “desde el estado de derecho hay que trabajar para el desarme de la población civil”. Sostuvo que hay que “machacar sobre eso, porque la política de desarme de la población civil es una tarea pendiente de la democracia”. Subrayó que “el Estado tiene que tener claridad respecto de la cantidad de civiles que están armados en nuestro país y eso es lo que termina con casos de justicia por mano propia”. Precisó que “la diferencia está entre gobiernos que estimulan a que los civiles tengan armas fomentando la defensa propia y gobiernos como el actual que debe incentivar el desarme para contribuir a la paz social”.
Por su parte, dos abogados de larga trayectoria en el fuero penal, y en el campo de los derechos humanos, coincidieron en que todo indica que Jorge Adolfo Ríos, el jubilado que mató a Franco Martín Moreyra, no está en situación de alegar que actuó en “legítima defensa”. Se basan en lo que muestra el video incorporado a la causa y en lo declarado por el colectivero que vio a Moreyra tirado en el piso y a Ríos golpeándolo, con su 9 milímetros en la mano, ante alguien que “ya no significaba un peligro para su vida”.
Uno de los abogados consultados por Página/12 estimó que para calificar el hecho, serán fundamentales los peritajes destinadas a establecer desde qué distancia efectuó Ríos los dos disparos que recibió el joven. Sobre todo el que ingresó por la región abdominal y que le provocó la muerte.
Si el disparo mortal se hizo cuando Moreyra ya estaba en el piso, sin ofrecer resistencia alguna, “el caso tendría que ser calificado como homicidio agravado por alevosía”, opinó uno de los letrados. Los dos remarcaron que en el Código Penal “no se contempla la justicia por mano propia”.
Si bien dan por sentado que para cerrar la hipótesis del “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” hay que esperar el resultado de los peritajes balísticos “todo indicaría que el joven fue rematado cuando estaba en el piso”.