"El caso de los repartidores de plataforma encierra una enorme contradicción. Una actividad realizada por trabajadores precarizados, desprotegidos y expuestos como nunca a una infinidad de riesgos, es considerada esencial en tiempos de pandemia", comienza el informe elaborado por el Centro interuniversitario de Estudios Metropolitanos (CEM).
Al tratarse de una relación laboral aún no regulada no existen estadísticas oficiales. Un relevamiento realizado durante 2019 por Cippec y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), calcula que existen cerca de 160.000 trabajadores de plataformas digitales en todo el país (1 por ciento de la población activa), de los cuales unos 60.000 son de reparto. El estudio afirma que los mismos cuentan con un nivel educativo mayor al de la población ocupada en general y se encuentran sobrecalificados respecto de las tareas que realizan. Casi 4 de cada 5 trabajadores de plataformas digitales son hombres, con una edad promedio de 38 años. Para el 60 por ciento de los encuestados, la plataforma es su principal fuente de ingresos.
Desde el 2018, cuando se comenzaron a multiplicar semana a semana los hombres y mujeres pedaleando con cajas rojas o amarillas en las calles y veredas de la Ciudad de Buenos Aires, el fenómeno no paró de crecer. Primero Uber, después Rappi, después Glovo: "Estas empresas comparten características en sus formas de inserción en el mercado, en el origen externo de sus capitales, en sus modalidades de organizar y el trabajo, así como en las formas de explotación y precarización de los trabajadores", explica el informe. "Con esta estrategia de que no hay empleador ni empleados, se implantaron en el mundo al margen de toda legalidad no solo laboral, sino fiscal y tributaria", traduce José Tribuzio, abogado de la Asociación Personal de Plataformas (APP).
"En otras partes del mundo ya existen sentencias reconociendo vínculos laborales , pero en Argentina un juicio dura entre 4 y 5 años. Hasta que se empiecen a reconocer estas relaciones las aplicaciones ya van a estar repartiendo con drones y el problema va a ser otro. Mientras tanto, estos pibes se mueren en la calle", explica el abogado de APP.
El informe realiza un repaso de los accidentes fatales que sufrieron los trabajadores: identifica al menos cinco nombres de jóvenes de entre 19 y 23 años que fallecieron realizando repartos y los paros que realizaron (el tercero y más actual fue durante la pandemia, el 29 de mayo).
Sin embargo, la capacidad de lucha "está en un estado de latencia, con un muy acotado margen de acción. En nuestro caso puntual, cuando creamos en 2018 el sindicato APP, las plataformas echaron a toda la comisión directiva", recuerda Tribuzio. Luego de enviar a las empresas una carta presentando el sindicato e informando que los trabajadores estaban sindicalizados, con los nombres y firmas de la comisión directiva, la sorpresa fue que las aplicaciones bloqueron (es decir, despidieron) a estos perfiles.
El informe menciona la reciente aprobación de la ley que regula la actividad el jueves 16 de julio en la legislatura porteña. Si bien cuenta con algunos beneficios como la obligatoriedad de entregar a los repartidores elementos de seguridad e higiene , Tribuzio explica que "se queda a mitad de camino de una manera muy peligrosa, porque legitima la condición de autónomo de los trabajadores cargándolos de obligaciones".
El Ministerio de Trabajo elaboró un proyecto de ley que prevé una norma estatutaria de reconocimiento de derechos a los trabajadores de plataformas. Establece derechos laborales que están en la Ley de Contrato de Trabajo adaptados a las particularidades de las plataformas, reconociendo la libertad que tiene el trabajador de disponer de su jornada laboral. "La idea de la plataforma gestionando el trabajo no es algo malo en sí, porque beneficia a usuarios y, si está regulado con derechos, también a los trabajadores porque es una forma fácil de acceso al mercado laboral", concluye Tribuzio.