La justicia federal rechazó el intento del expresidente Mauricio Macri de evitar que se realice un entrecruzamiento de sus llamados telefónicos en el marco de la causa que investiga una asociación ilícita que tuvo por objeto la persecución y acorralamiento del Grupo Indalo para el desguace de sus activos.
La jueza María Servini rechazó la nulidad planteada por el abogado de Macri, Pablo Lanusse quien en un duro escrito había “apelado” la decisión de la jueza de avanzar en el pedido de pruebas, algo imposible desde el punto de vista procesal ya que no se puede condicionar una investigación judicial cuestionando la recolección de pruebas ordenadas por un juez. Por eso, es que Macri siguió la estrategia de otros integrantes de la Mesa Judicial M que buscaron evitar que la justicia obtenga esos registros y pidieron la nulidad de la orden de Servini.
Fabián “Pepín” Rodríguez Simón, José Torello y Mario Quintana habían solicitado lo mismo. En base a los argumentos del fiscal Guillermo Marijuan y tras la decisión de Servini, avanzará el informe solicitado a la Dajudeco que busca echar luz respecto al circuito de comunicaciones e impacto en antenas telefónicas en determinados momentos clave del desarrollo del expediente administrativo de la AFIP sobre Oil Combustibles y en la causa penal que derivó en la prisión de los accionistas de Indalo Cristóbal López y Fabián De Sousa.
Mauricio Macri había pedido que no se lleve a cabo el entrecruzamiento de llamadas que había ordenado la magistrada federal María Servini. "Lo dispuesto carece de la debida fundamentación y vulnera los derechos, principios y garantías de la defensa en juicio, debido proceso, mínima intervención estatal, no injerencia indebida, intimidad, proporcionalidad, racionalidad, dignidad humana y porque compromete la seguridad nacional por las características desproporcionadas, exorbitantes y abusivas que presenta", sostuvo el exmandatario.
La jueza había ordenado el 6 de julio una serie de medidas de prueba, entre las que se destacaba un amplio entrecruzamiento de llamados entre Macri, los extitulares de la AFIP Alberto Abad y Leandro Cuccioli y otros imputados en la causa, a fin de establecer si había comunicaciones entre ellos en los días en los que los denunciantes afirmaron haber recibido presiones o en los que el Gobierno de Cambiemos dictó medidas que perjudicaron al Grupo Indalo
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El expresidente había reclamado además que su apelación tenga efectos "suspensivos" sobre las medidas dispuestas en la causa, en la que interviene el fiscal Guillermo Marijuan, porque podría generar "perjuicios irreparables".
Otra de las cosas que pidió Macri fue acceder a copias de todo el expediente y de la eventual documentación que se pudiera encontrar reservada y que se lo exima de la de tener que presentarse en los tribunales federales de Comodoro Py a ratificar presencialmente el escrito "por el estado de excepción" en el que se encuentra la Argentina debido al aislamiento social preventivo y obligatorio.
Macri sostuvo que la medida dispuesta por Servini precisa una "urgente e imperiosa fulminación por la Alzada" (en relación a la Cámara Federal porteña) y sostuvo que de llevarse a cabo se estaría violentando su "intimidad privada y familiar", la cual "se debe unir inescindiblemente" a su condición de expresidente de la Nación.
Cuando dispuso las medidas ahora cuestionadas, la jueza Servini sostuvo que se trataba de diligencias que "permitirán contribuir al avance de la investigación, en aras de descubrir la verdad", y además recalcó que, en lo que va de la pesquisa, "todas las reuniones, como así también las comunicaciones" denunciadas entre imputados "fueron ratificadas a lo largo del expediente por diferentes personas".
Servini había ordenado en primer lugar que se requieran los números telefónicos registrados a nombre de Macri, José María Torello, Nicolás Caputo, Fabián Rodríguez Simón, Mario Quintana, Javier Iguacel, Alberto Abad, Leandro Cuccioli, Martín Rappallini, Orlando Terranova e Ignacio Rosner entre enero de 2016 y agosto de 2019.
Posteriormente, solicitó los "registros de comunicaciones con activación de celdas en el período comprendido entre el 1 de enero de 2016 y 31 de agosto de 2019".
Con toda esta información -dispuso- se "deberá realizar un estudio temporal/espacial con el objeto de identificar el entramado de las comunicaciones de los abonados" y "sus interlocutores (comunes, frecuentes y los que surjan de los informes", y entrecruzarlos además con los teléfonos de quienes habrían recibido llamados vinculados a la situación del Grupo Indalo.
En la resolución, la jueza aludió sobre todo a comunicaciones a partir de eventos determinados que se iniciaron el 13 de marzo de 2016 con la publicación de una nota periodística sobre la "supuesta deuda de Oil Combustibles SA con el Fisco Nacional".
La causa
La causa a cargo de Servini se abrió en base a hechos denunciados por De Sousa inicialmente en el fuero comercial, en el expediente concursal de Oil Combustibles, donde relató presiones sobre él, su socio López y sus empresas por parte del gobierno de Macri y a través de la AFIP. Esto derivó en la apertura de una causa penal a cargo de Servini, donde fueron denunciados el propio ex Presidente, el asesor José Torello, el ex vicejefe de Gabinete Mario Quintana, el ex titular de la AFIP Alberto Abad, su sucesor, Leandro Cuccioli, el hombre de la mesa judicial Fabián “Pepín” Rodríguez Simón y el empresario Nicolás Caputo. A todos se les atribuye alguna participación en presiones sobre López y De Sousa para desapoderarlos de sus empresas.
Según los denunciantes el objetivo de fondo era ahogar a Indalo , Oil y los medios de comunicación del grupo, con un doble objetivo: por un lado encarcelar a la ex presidenta y, por el otro lado, para que todo el grupo termine en manos de amigos del actual gobierno o que quiebre y quede como un símbolo de lo que le pasa a los empresarios que no se sumaron a la guerra contra el gobierno anterior.