Concejales de la Comisión de Servicios Públicos, Actividades Comerciales y Privatizaciones consultaron ayer a la subsecretaria de Habilitaciones Comerciales, Lucía Zapata, sobre las modificaciones que se quieren introducir en la ordenanza de habilitaciones comerciales.

El proyecto de ordenanza enviado por el Ejecutivo Municipal propone modificar 9 artículos y derogar el artículo 13 y el inciso E, del artículo 18 de la norma vigente.

Las modificaciones apuntan a resolver los trámites de habilitación con mayor fluidez, sin reiteración de circuitos administrativos y requisitos similares en lapsos breves y reducir el número de habilitaciones o permisos provisorios.

Zapata explicó que “un cambio importante, es en la naturaleza jurídica que tiene la solicitud de habilitación, que actualmente tiene carácter de declaración jurada y lo que se propone es darle el valor de autorización provisoria por 90 días”. Precisó que así se adaptarán "a la realidad, ya que los comercios primero inician con la actividad y luego realizan los trámites, dilatando su regularización”.

Otro de los puntos es el vinculado al plazo para la renovación del Certificado de Habilitación. Actualmente, la norma indica que la obtención del certificado se inicia cuando se venció la documentación; la propuesta es que el trámite se pueda realizar durante los 60 días antes del vencimiento.

Respecto a los cambios previstos referidos a la cantidad de permisos de habilitación provisoria que se otorgan, Zapata dijo que “la Solicitud de Habilitación posibilita trabajar de manera legítima dando una autorización provisoria, pero el proyecto busca reducir la cantidad de permisos provisorios".

En ese sentido el proyecto establece que el Permiso de Habilitación Provisoria podrá ser otorgado por la autoridad de aplicación por única vez, por el plazo de 30 días corridos, una vez vencido el plazo de vigencia de la Solicitud de Habilitación.

Ese plazo será la última instancia para que el interesado cumplimente con la documentación y con los requisitos exigibles para obtener el Certificado de Habilitación. Vencido el plazo de 30 días corridos, el Permiso de Habilitación Provisoria caducará de pleno derecho y se procederá a la clausura del local comercial.