La Ley 8191, sumó un nuevo cuestionamiento en el ámbito de la Justicia, mediante la presentación de un recurso de amparo colectivo por parte de los referentes del Frente de Todos en Salta.
Dicha normativa derivó del Decreto de Necesidad de Urgencia 255, dictado en marzo por el gobernador Gustavo Sáenz, y que hacía referencia a las sanciones que se aplican a quienes incumplan las disposiciones obligatorias impuestas por el Comité Operativo de Emergencia durante la pandemia.
Si bien inicialmente los planteos sobre el 255 eran de índole formal asentados principalmente en la imposibilidad que tiene el Ejecutivo para legislar, la posterior aplicación del mismo lo convirtió en la herramienta que justificó diversos abusos por parte de la Policía.
Uno de los principales puntos cuestionados es que la resolución de las infracciones queda totalmente bajo la órbita de la Policía, ya que esa fuerza detiene, investiga y juzga dichas faltas. Por el contrario, el Código contravencional coloca a la policía solo como auxiliar de la investigación, la que estará a cargo de un fiscal y cuya sanción será dictada por un juez.
Según lo presentado por el FdT, solicitan al juez “que se haga lugar a la medida cautelar, se suspenda inmediatamente la aplicación del DNU 255”, y que luego el magistrado lo declare nulo.
Además mediante un comunicado los del FdT señalaron que el Gobierno “rehabilita prácticas propias de la dictadura, al otorgarle en esta cuarentena obligada poderes extraordinarios para la represión a una fuerza conducida por un ex jefe militar negacionista, que defiende el Terrorismo de Estado”.
También aseguraron que el "Gobernador (Gustavo Sáenz) ha desatado una cruel persecución y represión a los colectivos de pueblos originarios, de jóvenes, mujeres y vecinos de barrios pobres".
El DNU llegó a convertirse en ley luego de que se venció el plazo de 90 días que tienen para discutirlo en la Cámara de Diputados y rechazarlo o votarlo en forma positiva.
“Dotar a la Policía de la provincia de la facultad de detener, juzgar y aplicar sanciones, es transformarla virtualmente en juez y parte. Esto constituye una violación al debido proceso legal, en particular, del derecho de defensa en juicio, en los términos del art. 18 y 75, inc. 22 de la Constitución Nacional, así como de diversos tratados internacionales de derechos humanos", fundamentan en la iniciativa.
Por último expresan: “Estamos convencidos que la pandemia no justifica la negación de las libertades y el desconocimiento de los derechos de las personas. Nuestro único objetivo es defender la democracia”.
La presentación judicial lleva la firma de legisladores nacionales y provinciales, intendentes y concejales del Frente de Todos.
De esta manera se convierte en la tercera presentación judicial al respecto, ya que organismos de derechos humanos de Salta pidieron una cautelar en abril, que la Corte de Justicia salteña convirtió en una acción colectiva de inconstitucionalidad, que aún espera resolución.
Idéntica situación se dio con el hábeas corpus colectivo y preventivo presentado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, que también fue elevado a la Corte.
En tanto, el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) recomendó a las autoridades salteñas que deroguen la Ley 8191.
Pese a todos estos cuestionamientos, el Gobierno se negó a darla de baja. Tampoco prosperó el intento de los diputados de la oposición, quienes en tres sesiones intentaron tratar un proyecto de ley derogando dicha normativa, pero chocaron con los bloques mayoritarios del oficialismo.
Ni siquiera avanza en la Cámara Baja una iniciativa, que cuenta con media sanción del Senado, para crear juzgados contravencionales y que implícitamente representaría la derogación de la 8191.
En tanto, el Colegio de Abogados estaría por constituirse la semana entrante como amicus curiae de la primera presentación que hicieron los organismos de derechos humanos. Los letrados optaron por avanzar con esa figura judicial en virtud de agilizar la cancelación de la ley, ya que evalúan que un nuevo amparo podría dilatar aún más los tiempos del proceso.