El juez Andrés Gallardo declaró nula la audiencia pública virtual que el oficialismo porteño llevó a cabo hace una semana para tratar la venta de más de 30 inmuebles
, a pesar de que el día anterior el magistrado había ordenado suspenderla por incumplir con los requisitos que establece la ley para su convocatoria. El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario 2 consideró que hubo “inobservancia deliberada respecto a la orden cautelar”, por lo cual remitió las actuaciones al fuero penal a fin de que se investigue la posible comisión del delito de desobediencia a la autoridad. Al mismo tiempo, reiteró la orden de suspensión de las audiencias que están programadas hasta el 7 de septiembre, salvo que se acredite en el expediente que se subsanaron los motivos que dieron origen a la medida cautelar.
La audiencia para avanzar con el tratamiento de la ley que permitirá vender inmuebles que el gobierno porteño considera innecesarios se desarrolló por Zoom el 12 de agosto pasado. El día anterior, el juez Gallardo ordenó suspenderla tras hacer lugar a un amparo colectivo presentado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) y la Cátedra de Ingeniería Comunitaria porque, entre otras cosas, no se habilitó un lugar físico para garantizar la participación de todos aquellos que no tienen dispositivos informáticos o wifi, como establece la modificación que se hizo por la pandemia a la ley que regula este tipo de reuniones públicas.
Sin embargo, el presidente de la Comisión de Presupuesto y encargado de llevar adelante la reunión, el legislador de Vamos Juntos Claudio Romero, dijo que no había sido notificado, y rechazó hacerlo cuando se lo solicitaron en reiteradas ocasiones quienes participaban de la audiencia.
En su relato, el magistrado señaló que fueron rechazadas "las mociones de pasar a un cuarto intermedio a efectos de verificar la existencia de la medida cautelar referida y su efectiva notificación", así como también "fueron desatendidos los avisos acerca de que la secretaria del Juzgado, Beatriz Campos, solicitaba permiso de ingreso a la reunión, quien finalmente pudo acceder 45 minutos antes de la finalización de la audiencia, más no intervenir pues el citado presidente no le habilitó el micrófono para hacer uso de la palabra".
Gallardo, quien consideró lo ocurrido como una situación de "gravedad institucional", detalló en el escrito que "se advierte con elocuencia la inobservancia deliberada respecto a la orden cautelar". Y explicó que "distintas y numerosas personas en sus respectivas intervenciones" le advirtieron a Romero "acerca del error que estaba cometiendo en llevar a cabo el evento desoyendo los términos de la medida cautelar y supeditando a las y los participantes a ser cómplices de tal eventual comisión delictiva".
Tras un repaso de todas las intervenciones que le solicitaron al legislador que suspenda la audiencia, el magistrado remarcó que "no deja de sorprender la actitud que adoptó Romero al afirmar entre otras cuestiones que “Hay una ley. A mí hasta que otra ley no me diga algo en lo contrario o me llegue una notificación personal, yo debo continuar por respeto, justamente, a la institucionalidad”. Ello, mientras que a la par presidía una audiencia que se daba de bruces con los requisitos previstos por la ley n° 6.306 para su convocatoria; norma que, irónicamente, él voto afirmativamente por la aprobación".
Al respecto, el abogado y titular del ODC, Jonatan Baldiviezo, remarcó que "la Legislatura aprobó las audiencias públicas virtuales siempre y cuando se garantice un espacio con internet y computadora para quienes no cuenten con estos bienes. Lo que se aprobó en mayo se borró con el codo una vez que se comenzaron a hacer las audiencias públicas ya que en ninguna de ellas se respetó este mecanismo incluyente".
Y consideró que "la Legislatura, a través de la autoridad de la audiencia pública, el oficialista Claudio Romero, escenificaron uno de los momentos más ejemplares de aversión a la democracia participativa e irrespeto por las instituciones. La forma de gobierno de la ciudad de acuerdo a su Constitución es la de una democracia participativa. El derecho a participar de las instancias de participación ciudadana es tan importante como el derecho a votar", remarcó, y advirtió que "la exclusión de la ciudadanía de las audiencias públicas se asemeja a impedir el voto".