El documento que se llevó ayer la jueza federal de Bahía Blanca María Gabriela Marrón luego de haber participado de la junta de catorce expertos que intervinieron en la autopsia de Facundo Astudillo Castro, en la sede del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en la ex Esma, consta de 72 páginas que ese prestigioso organismo internacional elaboró como informe integrado de los resultados que presentó cada perito. Según la síntesis que difundió luego el juzgado, los resultados "permiten aseverar, con el rigor científico necesario, que la muerte de Facundo José Astudillo Castro se produjo por asfixia por sumersión (ahogamiento)". Además, "el avanzado estado de esqueletización del cadáver impide determinar si fue accidente, homicidio o suicidio", dice el informe final. "Del estudio forense no surgen elementos que permitan suponer que los restos humanos hayan estado en otro ambiente distinto al del hallazgo durante el intervalo postmortem consignado", precisaron al establecer que Facundo habría muerto en el mismo cangrejal donde fueron encontrados sus restos óseos, junto con una zapatilla en buen estado similar a la que calzaba el día que desapareció. Para la familia del joven, el informe no cambia su hipótesis: "Esto recién empieza. Facundo no se suicidó, no tuvo un accidente, lo mató la Policía Bonaerense", dijo Cristina Castro en una conferencia de prensa posterior, donde cuestionó a una de las peritos que "se dio vuelta" (ver aparte).
"Facundo tuvo una muerte violenta, por asfixia por sumersión, tragó líquido. Facundo no tenía antecedentes suicidas, tenía un proyecto de vida, lazos con su comunidad y peleaba por los derechos humanos, descartamos también el accidente porque el cuerpo no tenía ningún otro tipo de lesión. Solo queda como hipótesis el homicidio para el fin de su vida, teoría que manejamos desde el día uno", dijo a Página/12 Virginia Creimer, la médica forense designada como perito por la familia Castro, luego de conocerse el informe. "A Facundo lo mataron, por eso firmé en disidencia parcial, fue una muerte violenta por asfixia por sumersión", insistió.
Además de los expertos y expertas que se reunieron a puertas cerradas --cinco forenses del EAAF (perito oficial), cinco del Cuerpo Médico Forense (CMF) de la Corte Suprema de Justicia, una perito del Conicet y tres de la Universidad Nacional del Sur, y Virginia Creimer, perito de las querellas y referente de la Consultora Pericial de Ciencias Forenses-- acudió a la ex Esma la jueza Marrón, la abogada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) Margarita Jarque, y el fiscal especial Horacio Azzolín.
Poco antes del mediodía, su juzgado emitió una síntesis de tres carillas sobre las conclusiones del análisis del cuerpo del joven, que desapareció el 30 de abril cuando dejó su casa de Pedro Luro, fue detenido por la policía por circular sin permiso en medio del ASPO, y cuyo esqueleto fue encontrado el 15 de agosto en un cangrejal de Villarino Viejo. El resumen no aclaró que la perito de parte firmó en disidencia parcial.
El punto central del informe pericial indicó que Facundo se ahogó: "Se trató de una muerte violenta, por no ser natural", señaló y sumó las siguientes consideraciones:
* No se pudo establecer el modo de esa "muerte violenta": si fue suicidio, homicidio o accidente.
* Se consideró que se ahogó en ese mismo lugar: "El hecho de que la identificación de los géneros y especies de diatomeas halladas en la médula sean coincidentes con las recuperadas en muestras de agua y de sedimentos recogidos en el lugar del hallazgo de los restos es altamente indicativo de que se trata del medio en el cual se produjo la muerte", señala el documento.
* Los restos no presentaban lesiones vitales, de origen traumático, ni otras previas a la muerte.
* No se encontraron señales de daños por proyectiles de arma de fuego o segmentos de arma blanca.
* No se observaron signos de participación de terceras personas sobre los restos.
* La desarticulación de partes del cuerpo fue producida posmortem por animales de la zona y las mareas.
* No hay elementos para suponer que los restos hayan estado en otro ambiente distinto al del hallazgo.
* El intervalo postmortem estimado, es decir el tiempo mínimo transcurrido entre la muerte y el hallazgo, sería no menor a 30 días determinados.
* Todas las lesiones y pérdida de algunas piezas dentales que presentaban los restos estudiados son posteriores a la muerte, producto de depredadores y exposición medioambiental.
* El fenómeno “Pink Teeth” (diente rosado o coloración rosada por transparencia del esmalte) observado en piezas dentales del joven "debe ser considerado orientador pero inespecífico para establecer causa de muerte".
La perito de la familia presentó disidencias parciales sobre el informe. "Hubo contradicciones importantes desde el punto de vista científico, que nos hablan de un entramado que se conecta con personas que se reúnen para una discusión pericial que debió incluir a todas las partes", indicó Creimer durante la conferencia de prensa que Amnesty Argentina organizó con su presencia, la de los abogados de la familia y Cristina Castro. "La odontóloga de un día para otro cambió sus dichos y ahora niega que el 'diente rosado' sea un evento en vida, quien además en el caso de Franco Casco determinó que sí era vital", agregó.
Respecto del punto que señala la ausencia de "terceras personas", su análisis no incluyó el hallazgo de la zapatilla ni tampoco de la huella de un vehículo tipo 4x4 a pocos metros del esqueleto. La forense precisó que esa fue otra disidencia: “Mi planteo fue que tampoco se puede afirmar lo contrario", señaló.
Para Creimer lo que pasó ayer "es grave desde lo institucional pero no para la causa porque lo que antes era la única prueba, el diente, pasó a ser una más, la coincidencia es la muerte violenta". La firma en disidencia es lo que va a permitir a las querellas seguir discutiendo en la causa por la desaparición y muerte de Facundo Castro y evitar que las conclusiones de la autopsia sean equiparadas a su cierre, como ocurrió en el caso de Santiago Maldonado.